N.º 12, miércoles 18 de enero de 2017
- Otros formatos:
- PDF (224 KB - 1 Pág.)
- EPUB (195 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE BARAKALDO
282
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 822/2014 seguido sobre divorcio contencioso.
Juzgado de Primera Instancia n.º 5 (Familia) de Barakaldo.
Juicio: divor. contenc. 822/2014.
Demandante: L. J. S. S.
Abogado/a: Juan Jose Perez Sanchez.
Procurador/a: Rebeca Angulo Izaguirre.
Demandado/a: Narcisa Dolores Tamayo Orellana.
Sobre: divorcio.
En el referido juicio se ha dictado el 15-12-2016 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por don L. J. S. S. contra doña Narcisa Dolores Tamayo Orellana, debo decretar y decreto la disolución del vínculo conyugal existente entre las partes por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a referido pronunciamiento.
Firme que fuere la presente Resolución comuníquese de oficio al Registro Civil central al objeto de extender la oportuna anotación al, sin realizar expreso pronunciamiento en cuanto a las costas causadas en la instancia.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Narcisa Dolores Tamayo Orellana y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de/l País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Barakaldo (Bizkaia), a 16 de diciembre de 2016.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.