N.º 14, viernes 22 de enero de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8 DE VITORIA-GASTEIZ
314
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 290/2015 seguido sobre medidas hijos no matrimoniales contencioso.
Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: medidas de hijos no matrimoniales contencioso 290/2015.
Parte demandante: Blessing Odemwingie.
Parte demandada: Alama Hakin Babatunde.
Sobre: relaciones paterno filiales.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución siguiente:
Sentencia n.º 674/2015 dictada en el procedimiento de Medidas de hijos no matrimoniales contencioso MHC 290/2015, entre la demandante Blessing Odemwingie y el demandado Alama Hakin Babatunde, seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Vitoria-Gasteiz.
En atención al actual desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Alama Hakin Babatunde, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días hábiles.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de diciembre de 2015.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.