N.º 211, jueves 5 de noviembre de 2015
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OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
4700
EDICTO dimanante del procedimiento 43/2013 seguido sobre responsabilidad patrimonial del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Habiendo sido infructuosas cuantas gestiones se han realizado por Osakidetza-Servicio vasco de salud para notificar en el domicilio señalado por el interesado, la Resolución 784/2015, de 31 de marzo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se resuelve el procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial n.º 43/2013, iniciado por D. Mikel Reguero Cid, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59, párrafo 5, y 61, de la Ley 30/1992, se le notifica que la precitada Resolución 784/2015, del Director General del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, se encuentra a su disposición en las dependencias de la Subdirección de Asesoría Jurídica del Ente Público, calle Álava, 45 (01006) Vitoria-Gasteiz, y que podrá ser retirada en horas de oficina, en el plazo de diez días, contado a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
(Véase el .PDF)
Y contra dicha Resolución n.º 784/2015, del Director General del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 142.6 de la Ley 30/1992, pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de este anuncio en el BOE.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de octubre de 2015.
Secretaria del procedimiento 43/2013.
La Subdirectora de Asesoría Jurídica,
SUSANA LÓPEZ ALTUNA.