N.º 252, lunes 30 de diciembre de 2024
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DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
5994
ANUNCIO relativo a la resolución del trámite de información pública y aprobación definitiva del Plan de Acción para la Mejora de la Calidad Sonora de las carreteras forales de Bizkaia, período 2024-2029.
Orden Foral 917/2024, de 10 de diciembre, por la que se resuelve el trámite de información pública y se aprueba definitivamente el Plan de Acción para la Mejora de la Calidad Sonora de las carreteras forales de Bizkaia, Período 2024-2029.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 18,19 y 30.1 del Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante la Orden Foral de referencia se ha dispuesto lo siguiente:
Primero.– Resolver el trámite de información pública del Plan de Acción para la Mejora de la Calidad Sonora de las carreteras forales de Bizkaia. Periodo 2024-2029, según el tenor literal del Informe-Propuesta elaborado por la Sección de Sostenibilidad Ambiental del Departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, que se asume en su integridad en esta Resolución quedando incorporado al texto de la misma como Anexo y sirviendo, por tanto, de motivación en virtud de lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.– Aprobar definitivamente el Plan de Acción para la Mejora de la Calidad Sonora de las carreteras forales de Bizkaia. Periodo 2024-2029.
Tercero.– Publicar la presente Orden Foral en el «Boletín Oficial del País Vasco» y en el «Boletín Oficial de Bizkaia», indicándose expresamente que el contenido del Plan de Acción para la Mejora de la Calidad Sonora de las carreteras forales de Bizkaia. Periodo 2024-2029, se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.bizkaia.eus/es/tema-detalle/-/edukia/dt/12354
Cuarto.– Comunicar la presente Orden Foral, junto con una copia digitalizada del Plan de Acción para la Mejora de la Calidad Sonora de las carreteras forales de Bizkaia. Periodo 2024-2029, al Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 del Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como para su remisión a la Comisión Europea, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, dando de esta manera respuesta a la Directiva 2002/49/CE, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental.
Quinto.– Comunicar expresamente al ayuntamiento que ha presentado alegaciones al Plan de Acción para la mejora de la calidad sonora de las carreteras forales de Bizkaia. Periodo 2024-2029, la respuesta a las mismas, con indicación expresa de que contra la misma podrá interponerse, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de que pueda interponerse, con carácter potestativo y previo a la vía contencioso-administrativa, recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la presente Resolución en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, de Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia; en los artículos 114 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 8.2, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Bilbao, a 17 de diciembre de 2024.
El Diputado Foral del Departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial,
CARLOS ALZAGA SAGASTASOLOA.