N.º 243, lunes 16 de diciembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
5745
RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2024, del Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental, por la que se corrigen los errores detectados en la Resolución de 17 de agosto de 2022, por la que se revisa y modifica autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, en el término municipal de Legutio (Álava).
HECHOS
Mediante Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental se revisó y modificó la autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, en el término municipal de Legutio.
Con fecha de 26 de agosto de 2022, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificaciones no sustanciales de su autorización, consistentes en eliminar la etapa de depuración y trasladar una tolva+vibro, confirmadas como no sustanciales por este Órgano con fecha de 7 de septiembre de 2022.
Con fecha de 29 de agosto de 2022, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización, consistente en la instalación de una aspiración adicional, foco n.º 11, en la zona de las etapas de corte, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 25 de noviembre de 2022.
Con fecha 16 de septiembre de 2022, Reydesa Recycling, S.L. presenta recurso de alzada contra la Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos en el término municipal de Legutio (Álava).
Mediante Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental por la que corrigen los errores detectados en la Resolución de 17 de agosto de 2022, por la que se revisa y modifica autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, en el término municipal de Legutio (Álava).
Con fecha 8 de noviembre de 2022, Álava Agencia de Desarrollo presenta alegaciones a la Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental por la que se revisa y se modifica la autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos en el término municipal de Legutio (Álava).
Con fecha de 15 de diciembre de 2022, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización, consistente en eliminar la máquina de separación granulométrica junto con la demolición del edificio sobre el que se asienta, y traslado de la tolva de alimentación de dicha etapa a la nave 1, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 19 de diciembre de 2022.
Con fecha de 20 de diciembre de 2022, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización, consistente en desclasificar el foco n.º 2 que pasa a ser no sustancial, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 4 de enero de 2023.
Con fecha de 23 de enero de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización, consistente en eliminar el molino de Hoffman de la línea 1 de menudos y puesta en marcha de las líneas de menudos 3 y 4, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 26 de enero de 2023.
Con fecha 17 de febrero de 2023, Álava Agencia de Desarrollo solicita la incorporación de ciertas consideraciones en la Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental por la que se revisa y se modifica la autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos en el término municipal de Legutio (Álava).
Con fecha de 10 de marzo de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización, consistente en eliminar la caseta de la fragmentadora 3 y su línea magnética asociada, y eliminar tanto la edificación como la línea de separación densimétrica de densidad controlada (Separación de gomas), confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 13 de marzo de 2023.
Mediante Orden de 24 de marzo de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente se resuelve el recurso de alzada interpuesto por Reydesa Recycling, S.L. contra la Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos en el término municipal de Legutio (Álava). En su resuelvo segundo se ordena a la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental que proceda a la modificación de la Resolución de 17 de agosto de 2022, a fin de subsanar los errores materiales registrados.
Con fecha de 24 de marzo de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización, consistente en el replanteamiento del Proyecto Contra Incendios de Reydesa San Antolín cuya consecuencia en un aumento en la excavación necesaria que asciende a 1.401,40 m3, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 27 de marzo de 2023.
Con fecha 28 de marzo de 2023, Álava Agencia de Desarrollo solicita la corrección de las consideraciones remitidas a fecha 17 de febrero de 2023.
Con fecha de 26 de mayo de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización, consistente en con el fin de incrementar la capacidad de almacenamiento bajo techo, actuar sobre la fachada de la nave 2 (actualmente de chapa y que no permite acopiar materiales cobre ella) prolongando el muro de troje por el lado contrario de la nave, haciendo que todo el perímetro (menos las puertas) permita el almacenamiento de materiales, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 31 de mayo de 2023.
Con fecha de 22 de septiembre de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización consistente en, el desmantelamiento de la fragmentadora 2 y su foco asociado, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 25 de septiembre de 2023.
Con fecha de 29 de septiembre de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización consistente en incorporar un nuevo foco no sistemático n.º 12, extracción de gases de soldadura en el taller de mantenimiento, confirmada como no sustancial por este Órgano con fecha de 29 de septiembre de 2023.
Verificados por los servicios técnicos de esta Viceconsejería los errores comunicados por Reydesa Recycling, S.L. en la Resolución de referencia, procede acordar la subsanación de dichos errores señalando correctamente los apartados Primero y Segundo de la citada resolución.
Con fecha 3 de octubre de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización consistente en instalar un centro de transferencia de residuos no peligroso en la cubrición dos.
Con fecha 24 de octubre de 2023, en aplicación del artículo 40 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, se remitió propuesta de resolución a Reydesa Recycling, S.L. para que en el plazo de diez días emitiera trasladara cuantas observaciones alegaciones considerara oportunas.
Con fecha 30 de octubre de 2023, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización consistente en establecer un nuevo área de almacenamiento de RAEEs en espera de descontaminación en la nave 2.
Con fecha 7 de noviembre de 2023, Reydesa Recycling, S.L. remitió escrito mediante el que se presenta alegaciones que de forma resumida se recogen en el Anexo II de la presente Resolución junto con las observaciones de este Órgano respecto a las mismas.
Con fecha 23 de febrero de 2024, Reydesa Recycling, S.L. solicita modificación no sustancial de su autorización consistente en desclasificar el foco n.º 5 correspondiente a la fragmentadora 4.
Asimismo, habiéndose registrado alegaciones durante el citado trámite de audiencia, con fecha 8 de abril de 2024, en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, se ha dado traslado de las mismas, junto con la propuesta de resolución, a los órganos que hayan emitido los informes sobre los que se hayan formulado alegaciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, determina que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.»
Considerando la competencia de este órgano ambiental para el dictado de la presente Resolución, de conformidad con lo previsto en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi y el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Vistos el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre; la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
RESUELVO:
Primero.– Corregir los errores detectados en la Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Viceconsejera de Sostenibilidad Ambiental por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos en el término municipal de Legutio (Álava).
Segundo.– Considerar como modificaciones no sustanciales de la instalación que requiere modificación de la autorización ambiental integrada los proyectos de modificación comunicados por Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos en el término municipal de Legutio (Álava).
Tercero.– Modificar la autorización ambiental integrada concedida a Reydesa Recycling, S.L. para la actividad de gestión residuos peligrosos y no peligrosos en el término municipal de Legutio concedida inicialmente mediante Resolución de 21 de mayo de 2015 y en este sentido los apartados Primero, Segundo y Cuarto.
Cuarto.– Modificar, en los términos determinados en el Anexo I a la presente Resolución, los apartados Primero y Segundo de la autorización ambiental integrada de continua mención.
Quinto.– Ordenar la publicación de la presente autorización ambiental integrada en el Boletín Oficial del País Vasco.
Sexto.– Notificar la presente Resolución a Reydesa Recycling, S.L.
Séptimo.– Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Legutio, a Álava Agencia de Desarrollo, a la Junta Administrativa de Urrunaga y a la Junta Administrativa de Goiain, para su conocimiento y a los efectos oportunos y, en particular, el de posibilitar la obtención de otras licencias, autorizaciones, declaraciones responsables y/o comunicaciones concurrentes y legalmente exigibles.
Recursos:
Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de junio de 2024.
El Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental,
AITOR ALDASORO ITURBE.