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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 243, lunes 16 de diciembre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
5742

DECRETO 437/2024, de 11 de diciembre, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Mediante Decreto 44/2007, de 20 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración General de la Comunidad Autónoma, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal eventual. Dicho Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones posteriores, estando actualmente vigente la relación de puestos de trabajo de personal eventual aprobada por Decreto 391/2024, de 26 de noviembre.

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 7 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de julio de 2002 que aprueba la Propuesta de regulación general y estructural del régimen jurídico del personal eventual al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en relación con el artículo 45 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de diciembre de 2024,

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal eventual, que se contienen en el Anexo al presente Decreto, aprobadas mediante Decreto 391/2024, de 26 de noviembre.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.

Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de diciembre de 2024.

El Lehendakari,

IMANOL PRADALES GIL.

La Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,

MARÍA UBARRECHENA CID.

(Véase el .PDF)

Análisis documental