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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 238, lunes 9 de diciembre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
5623

RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2024, del Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental, por la que se resuelve la concesión de subvenciones a personas, asociaciones, fundaciones y empresas que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación del Patrimonio Natural para el año 2024.

Primero.– Mediante Orden de 23 de abril de 2024, (BOPV n.º 86 de 3 de mayo de 2024), de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones a personas, asociaciones, fundaciones y empresas que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación del Patrimonio Natural para el año 2024.

Segundo.– De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas, asociaciones, fundaciones y empresas que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación del Patrimonio Natural para el año 2024, se reúne la Comisión de Valoración constituida al efecto, mediante Resolución de 8 de agosto de 2024, (BOPV n.º 164 de 23 de agosto de 2024) del Director de Patrimonio Natural y Cambio Climático.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Con base en el artículo 14.1 de la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, las subvenciones contempladas en la Orden se adjudicarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme al artículo 19 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

Segundo.– De acuerdo con el artículo 15.1 de la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la Comisión de Valoración, constituido al efecto, ha elaborado la oportuna propuesta de resolución que, ajustándose a los límites presupuestarios, determina los proyectos que son susceptibles de obtener una subvención en aplicación del citado Decreto, así como la cuantía de la misma, y las solicitudes desestimadas y los motivos de su desestimación.

Tercero.– El artículo 15.2 de la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente establece que la resolución determinará, por un lado, las subvenciones concedidas, expresando la entidad beneficiaria, proyecto financiado, puntuación obtenida e importe concedido, con desglose por anualidades; seguida de la relación de suplencias, dejando constancia de tal carácter y ordenadas siguiendo el orden descendente de puntuación obtenida en la fase de valoración con indicación igualmente de entidad, proyecto e importe máximo, y de las solicitudes denegadas expresando el motivo de denegación o excluidas indicando el motivo de exclusión.

Cuarto.– El Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental es competente para la emisión de la presente Resolución, que determina las personas beneficiarias y las cuantías de las subvenciones a conceder, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Orden de 23 de abril de 2024 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Vistos la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas, asociaciones, fundaciones y empresas que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación del Patrimonio Natural para el año 2024; el Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos; Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.– Conceder subvención a las entidades recogidas en el Anexo I de la presente Resolución para los proyectos y por los importes que en el mismo se detallan.

Segundo.– Denegar la subvención solicitada, conforme a lo establecido en el artículo 13.2 de la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, a las entidades señaladas en el Anexo II de la presente Resolución, por los motivos que en el mismo se detallan.

Tercero.– Ordenar el primer pago del 20 % del importe concedido a cada entidad beneficiaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Cuarto.– El segundo pago de la subvención queda supeditado a la acreditación por parte de la persona beneficiaria de la documentación requerida en el artículo 17.1 de la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

El abono de la subvención se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Orden de 23 de abril de 2024, previa Resolución de la persona que ocupa el cargo de Directora o Director de Patrimonio Natural y Cambio Climático.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, al objeto de notificar la misma a los interesados según el artículo 15.1 de la Orden de 23 de abril de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad en el plazo de un mes a contar desde su notificación, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de noviembre de 2024.

El Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental,

JOSU BILBAO BEGOÑA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental