Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 219, lunes 11 de noviembre de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Cursos de formación y perfeccionamiento

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5126

RESOLUCIÓN 1462/2024, de 29 de octubre, del/de la Director/a del Instituto Vasco de Administración Pública y de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan cursos de euskera para el personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud y el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi adscrito al mismo, durante el segundo cuatrimestre del curso académico 2024-2025.

La Ley básica 10/1982 de Normalización del Uso del Euskera, de 24 de noviembre, establece que los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para la progresiva euskaldunización del personal adscrito a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con el fin de hacer efectivo el derecho que se reconoce a los ciudadanos a relacionarse con la misma tanto en euskera como en castellano.

En desarrollo de lo dispuesto en la Ley, se aprobó el Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Recientemente ha sido derogado por el Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el Sector Público Vasco.

No obstante, la Disposición Transitoria Cuarta del nuevo Decreto establece que el Instituto Vasco de Administración Pública dispondrá hasta el 1 de enero de 2025 para adaptarse a las previsiones contenidas en el mismo. Por ello, el IVAP adaptará progresivamente su actuación a las previsiones normativas que le afecten con anterioridad a dicha fecha.

Asimismo, se tendrá en cuenta el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud (en adelante Osakidetza), el III Plan de Euskera (aprobado el 27 de enero de 2022) y el Convenio de colaboración entre el Instituto Vasco de Administración Pública y Osakidetza en materia de formación y normalización lingüística.

En su virtud,

RESOLVEMOS:

Artículo único.– Aprobar la convocatoria complementaria de cursos dirigidos al personal de Osakidetza de acuerdo con lo dispuesto en los Anexos I y II. Esta convocatoria regula el segundo cuatrimestre del curso 2024-2025, y en ella se ofrecen cursos de euskera que abarcan la formación correspondiente a los perfiles lingüísticos uno, dos y tres.

El Instituto Vasco de Administración Pública publicará el próximo de mes de noviembre la Resolución por la que se establecerá la convocatoria complementaria de cursos de euskera para el segundo cuatrimestre del 2024-2025 para el personal de los entes públicos con convenio de colaboración con el IVAP.

En caso de que exista discrepancia entre las previsiones contenidas en la presente convocatoria y la citada Resolución del IVAP, prevalecerá lo dispuesto en esta última.

Asimismo, se aplicará la Resolución del IVAP en todas aquellas cuestiones no previstas expresamente en la presente convocatoria.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de octubre de 2024.

Firma por vacancia de la Dirección del IVAP (artículo 6.3 º y 8.2.F) del Decreto 133/2021, de 4 de mayo)

La Secretaria de Coordinación y Gestión del IVAP,

NAGORE ALBERDI BERASALUZE.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

SUSANA LÓPEZ ALTUNA.

ANEXO I
BASES

Primera.– Objetivo.

Promover e impulsar la capacitación lingüística en euskera del personal de Osakidetza.

Segunda.– A quién va dirigida la presente convocatoria.

2.1.– La convocatoria está destinada al personal de Osakidetza, cualquiera que sea su relación de empleo, que se encuentre en situación de servicio activo, excedencia para el cuidado de familiares o servicios especiales durante el periodo comprendido entre la fecha de la Resolución 734/2024 que reguló la convocatoria general de los cursos de euskera del año escolar 2024-2025 (27 de marzo de 2024) y el fin del plazo de presentación de solicitudes correspondiente a cada modalidad de curso de la presente convocatoria.

2.2.– El IVAP financiará la formación lingüística ofertada en esta Resolución dentro de su disponibilidad presupuestaria.

2.3.– Asimismo, la formación del personal que no sea financiado por el IVAP por no disponer de saldo en el crédito horario, será financiada por Osakidetza mediante la dotación presupuestaria disponible a tal fin. Para que el personal pueda acceder a la ayuda de Osakidetza, deberá cumplir los requisitos establecidos en la Instrucción 1/2024, de 14 de marzo, de la directora de Recursos Humanos. Cuando los recursos económicos fueran insuficientes, Osakidetza aplicará los criterios de prioridad establecidos en la citada Instrucción 1/2024, sobre la ayuda extraordinaria para el aprendizaje de euskera una vez agotado el crédito horario asignado.

2.4.– Las organizaciones de servicios concederán la autorización para la formación lingüística en euskera dentro del horario laboral, aplicando los criterios establecidos en el punto 8.1.2. del III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza y en la Instrucción que la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza fijará al respecto.

Tercera.– Normas generales y condiciones para realizar los cursos.

3.1.– Normas generales.

Para regular los aspectos recogidos a continuación se aplicarán las bases de la convocatoria general para el curso 2024-2025 (Resolución 734/2024 de 27 de marzo, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 18 de abril de 2024), en base al calendario del segundo cuatrimestre del curso escolar 2024-2025:

– Prueba de nivel (base 5.1.) Si fuera necesario el IVAP requerirá a la persona interesada la realización de una prueba de nivel destinada a determinar su conocimiento de euskera. El IVAP comunicará a la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza la relación de las personas que han de realizar la prueba de nivel, así como el lugar y la fecha en la que se realizarán dichas pruebas.

– Organización de los grupos de la administración (base 5.2.) El calendario escolar se distribuirá antes del inicio de los cursos y en él se indicarán los días festivos y puentes.

– Escolarización mediante la hoja de matrícula, matriculación, abono y coste de la misma (bases 5.3 y 6.3.).

– Personal liberado. Obligaciones y retribuciones (base 5.4.).

– Comienzo de las clases e incorporación tardía a los cursos (bases 7.1.).

– Normas de asistencia a los cursos en horario laboral (base 7.2.).

– Renuncia al curso (base 8.ª).

– Abandono definitivo de los cursos (base 9.ª).

– Régimen de aplicación del crédito horario (bases 10.ª y 11.ª).

– Módulos ofertados (2/3 horas diarias, intensivos e internados).

A los efectos de la conformación de los grupos de la administración, en esta convocatoria complementaria se realizará una única prueba de nivel.

3.2.– Régimen de admisión a los cursos.

En la presente convocatoria se podrá solicitar la escolarización de febrero a junio o de un mes en el caso de los internados bajo los siguientes condicionantes:

a) Quienes no hayan iniciado el curso en octubre no podrán iniciar un curso de dos horas en febrero, ni en horario laboral ni fuera de horario laboral. Por lo tanto, quienes no hayan iniciado el curso en octubre, en febrero únicamente podrán solicitar cursos de cinco horas o de internado en horario laboral.

b) Las personas que iniciaron el curso en horario laboral en octubre podrán solicitar cambio en febrero, siempre en horario laboral: tanto de un curso intensivo a uno de 2 horas como de uno de 2 horas a un curso intensivo.

c) Las personas que iniciaron el curso intensivo fuera del horario laboral en octubre son las únicas que pueden solicitar el curso intensivo fuera del horario laboral en esta convocatoria.

Por lo tanto, en esta convocatoria no se podrá iniciar un curso de autoaprendizaje ni se podrán realizar cursos fuera de horario laboral.

Es requisito indispensable que los cursos sean módulos reglados por HABE y tengan una duración de febrero a junio, salvo los cursos de internado de un mes.

Cuarta.– Plazos y tramitación de solicitudes.

La solicitud debe realizarse electrónicamente para un único módulo y horario en la convocatoria.

Será la Dirección de cada organización de servicios, teniendo en cuenta el interés del servicio, la encargada de realizar la tarea de selección entre los solicitantes.

Las direcciones de personas de las organizaciones de servicios, junto con la ayuda de los servicios de euskera, analizarán las solicitudes presentadas y las autorizarán o denegarán conforme a las prioridades y criterios de selección establecidos por la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza y el III Plan de Euskera. Las solicitudes realizadas las gestionará cada dirección de personas por medio de la aplicación informática que la Dirección de Recursos Humanos ha preparado a tal efecto.

Osakidetza comunicará al IVAP las solicitudes autorizadas a través de la aplicación informática Solaskidegune del IVAP y una vez analizadas, el IVAP comunicará por la citada aplicación a Osakidetza las solicitudes rechazadas.

4.1.– Dónde y cómo realizar las solicitudes.

Los interesados e interesadas en participar en cursos de euskera deberán cumplimentar la solicitud para esta convocatoria por vía electrónica, a través de la intranet corporativa de Osakidetza.

www.osakidetza.eus (Profesionales > Euskera > Aprende euskera > Cursos dentro del horario laboral > Solicitud).

https://ce.osakidetza.eus/home_ce.html (Entrar > Cursos de euskaldunización).

Para los casos en los que no sea posible realizar la solicitud telemática, las personas interesadas podrán presentar la solicitud en las direcciones de personas de las organizaciones de servicios.

Para ser admitido/a en la convocatoria es imprescindible presentar la solicitud en plazo y forma, en cualquiera de las modalidades previstas.

4.2.– Solicitudes para cursos en horario laboral.

Plazo de presentación de solicitudes: del 13 al 27 de noviembre de 2024, ambos inclusive.

La relación de las solicitudes autorizadas y denegadas deberá hallarse en la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza el 11 de diciembre de 2024.

La Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza podrá realizar las adecuaciones que estime pertinentes y comunicará la relación definitiva del personal trabajador seleccionado al IVAP para el 13 de diciembre de 2024. Fuera de los plazos señalados no se admitirán nuevas solicitudes ni modificaciones.

El personal interesado será informado mediante notificación escrita por la dirección de las organizaciones de servicios sobre la autorización o desestimación de su solicitud antes del 20 de diciembre de 2024. En caso de desestimación, la dirección correspondiente hará mención expresa de las causas y hará pública la lista de las personas admitidas y no admitidas en los medios de mayor difusión de la organización de servicios (correo electrónico, intranet, tablón de anuncios...).

La relación definitiva del personal trabajador seleccionado constituirá la base sobre la que se organizarán los cursos y los grupos.

4.3.– Solicitudes para cursos fuera de horario laboral.

Plazo de presentación de solicitudes: del 13 al 27 de noviembre de 2024, ambos inclusive.

Todas las solicitudes admitidas y denegadas deberán hallarse en la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza el 11 de diciembre de 2024.

La Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza deberá comunicar al IVAP la relación de solicitudes admitidas para el 13 de diciembre de 2024. A partir de esa fecha, no se admitirán nuevas solicitudes ni modificaciones.

4.3.1.– Comunicación de los listados de las solicitudes autorizadas y excluidas.

La Dirección de la organización de servicios notificará por escrito a los interesados y las interesadas la aceptación o denegación de su solicitud, en este último caso haciendo mención expresa de la causa de denegación. La notificación se realizará antes del 18 de diciembre de 2024. Asimismo, la dirección correspondiente dará publicidad a la lista del personal autorizado y no autorizado a través de los medios de mayor difusión (correo electrónico, intranet, tablón de anuncios...).

A partir del día siguiente al de la notificación, el personal interesado dispondrá de un plazo de 10 días naturales para presentar la reclamación que consideren oportuna ante la dirección de personas de su organización de servicios.

Las reclamaciones se entregarán en los registros de cualquiera de las direcciones de las organizaciones de servicios de Osakidetza, o por cualquiera de las formas indicadas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta.– Régimen de admisión para los cursos en horario laboral.

La Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza regulará periódicamente los criterios y procedimientos de selección e introducirá las modificaciones y adaptaciones que a la luz del proceso de normalización del uso del euskera resulten oportunos.

Los criterios de selección para los cursos dentro de horario laboral serán establecidos por la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza. Será la Dirección de cada organización de servicios la encargada de realizar la tarea de selección entre los y las solicitantes.

Sexta.– Cursos en horario laboral.

Los cursos en horario laboral que se pueden realizar acogiéndose a la presente convocatoria son los expresados en el Anexo II.

Esta convocatoria es la segunda del curso 2024-2025, y la oferta que en ella se realiza es limitada; tal y como queda establecida en la Resolución 734/2024, de 27 de marzo, anteriormente citada.

Las fechas de comienzo y finalización de las clases y los horarios son los especificados en el Anexo II. No obstante, el IVAP está facultado para realizar las adecuaciones que estime pertinentes tanto en las fechas de comienzo y fin de curso como en los horarios especificados en el Anexo II.

Séptima.– Cursos fuera de horario laboral.

7.1.– Oferta de cursos y requisitos a cumplir.

Los requisitos para solicitar cursos fuera de horario laboral se establecen en el punto 2.º de la base tercera de la presente convocatoria.

La especificación de los cursos que financiará el IVAP mediante la hoja de matrícula se recoge en el Anexo III.

Los cursos a realizar fuera de horario laboral deberán ser módulos de cursos reglados por HABE, con una duración de febrero a junio. Quedan excluidos de esta oferta los cursos de autoaprendizaje e internado.

7.2.– Matriculación en cursos fuera de horario laboral.

Una vez analizada por el IVAP, y en su caso, admitida la solicitud realizada, remitirá la hoja de matrícula correspondiente a la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza, que la hará llegar a la persona solicitante.

Mediante dicha hoja de matrícula la persona interesada podrá matricularse en el euskaltegi público o privado homologado que elija.

Para realizar la matriculación será indispensable entregar la hoja de matrícula en el euskaltegi.

Aquellas personas que no se matriculen en ningún curso deberán devolver la hoja de matrícula cuanto antes a Osakidetza para que registre la baja en la aplicación Solaskidegune. El procedimiento para la tramitación de la devolución de la hoja de matrícula está recogido en la base novena de la Resolución 734/2024, de 27 de marzo.

El IVAP se encargará del pago del coste completo de la hoja de matrícula siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

1) La hoja de matrícula deberá presentarse en el euskaltegi antes del inicio del curso.

2) Cumplir con requisitos establecidos en la base 7.1.

Cuando no se cumplan estas condiciones, el IVAP no realizará el pago de la matrícula.

Octava.– Normas generales sobre el inicio del curso.

Los y las solicitantes que han sido aceptados deberán incorporarse a clase el primer día del curso. El IVAP dará de baja las solicitudes de aquellas personas que no se hayan incorporado a los cursos al inicio de los mismos.

En el caso de aquellas personas que en este cuatrimestre se incorporen a un módulo diferente, el curso intensivo será la referencia de la fecha de incorporación, de tal manera que:

– Aquellas personas que estén realizando un curso intensivo y que soliciten cursos de 2 horas, primero tendrán que finalizar el curso intensivo y posteriormente incorporarse a los cursos de 2 horas.

– Aquellas personas que estén realizando cursos de 2 horas y que soliciten un curso intensivo, permanecerán en los cursos de 2 horas hasta la fecha de inicio del curso intensivo.

Novena.– Información sobre protección de datos personales.

En cumplimiento del artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/ 679 del Parlamento Europeo y del Consejo –de 27 de abril de 2016– relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos, se informa que en el ámbito de la presente convocatoria, el tratamiento de los datos personales para la gestión de los cursos se realizará, por una parte, bajo la responsabilidad de Osakidetza y, por otra, bajo la responsabilidad del IVAP:

Se informa a la persona interesada de que sus datos personales serán tratados por Osakidetza y que se incorporarán a la actividad de tratamiento denominada Gestion Integrada de Recursos Humanos. La finalidad de dicho tratamiento es la gestión del personal de Osakidetza, conforme al cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Pueden realizarse comunicaciones de datos a terceras organizaciones. La persona interesada tiene derecho de acceso, rectificación, supresión de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento.

Podrá ampliar información en materia de protección de datos en la siguiente dirección web:

https://www.osakidetza.euskadi.eus/protecciondatos

Asimismo, se informa a la persona interesada de que sus datos serán tratados por el IVAP y que serán incorporados al tratamiento denominado Euskaldunización del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de la CAV. La finalidad de dicho tratamiento es la gestión y evaluación y, en su caso, la programación y el control de asistencia de cursos de capacitación lingüística del personal al servicio de las administraciones públicas de la CAE; y la gestión de crédito horario asignado por capacitación lingüística, conforme al cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Pueden realizarse comunicaciones de datos a terceras organizaciones. La persona interesada tiene derecho de acceso, rectificación, supresión de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento.

Podrá ampliar información en materia de protección de datos en la siguiente dirección web:

https://www.euskadi.eus/registro-de-actividades-de-tratamiento-rat/web01-aprat/es/es/contenidos/informacion/rat/es_def/adjuntos/0215_es.html

ANEXO II
CURSOS DE INTERNADO Y GRUPOS FORMADOS POR PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN.

1.– Cursos en régimen de internado.

Los cursos de internado se podrán realizar en el barnetegi Aurten Bai de Zornotza y en el euskaltegi Maizpide de Lazkao, según el siguiente calendario:

– Maizpide (Lazkao): 17 de febrero – 25 de junio.

– Aurten Bai /Zornotza): 17 de febrero – 25 de junio.

Los cursos en régimen de internado se adecuarán al horario y al calendario de estos euskaltegis.

El IVAP se hará cargo de los gastos de matrícula y estancia.

2.– Cursos de cinco horas.

Este módulo tendrá, en todo caso, una duración cuatrimestral. Este módulo precisa una liberación laboral de jornada completa, dado que a las horas lectivas hay que añadir el tiempo que necesita el alumnado para el trabajo personal.

El IVAP se hará cargo de los gastos de matrícula.

Las fechas de inicio y finalización de este módulo son las siguientes: 17 de febrero-27 de junio de 2025.

El calendario concreto del curso se facilitará antes del inicio del curso y cualquier modificación en el mismo se comunicará con la debida antelación.

3.– Cambios de módulo.

3.1.– Cambio de módulo de cinco horas a dos horas:

Las personas provenientes de un curso de 5 horas que se integren en un grupo de 2 horas del IVAP, se ajustarán al calendario siguiente: 17 de febrero al 20 de junio de 2025.

El horario en los grupos del IVAP será de 08:00 a 10:00 en Bilbao, Donostia y Vitoria-Gasteiz.

El calendario concreto del curso se facilitará antes del inicio del curso y cualquier modificación en el mismo se comunicará con la debida antelación.

Las personas que se matriculen mediante hoja de matrícula en un euskaltegi, seguirán el calendario y el horario del euskaltegi.

3.2.– Cambio de módulo de dos horas a cinco horas:

Las personas provenientes de un curso de 2 horas se integrarán, preferentemente, en un grupo del IVAP, y seguirán el calendario señalado en el punto dos de este anexo.

Las personas que se matriculen mediante hoja de matrícula seguirán el calendario y el horario del euskaltegi.

ANEXO III
CURSOS QUE SE FINANCIARÁN MEDIANTE HOJA DE MATRÍCULA DEL IVAP
Cursos dentro de horario laboral:
(Véase el .PDF)
Cursos fuera de horario laboral:

1) Cursos presenciales intensivos (PL1, PL2 y PL3):

(Véase el .PDF)

Análisis documental