N.º 214, lunes 4 de noviembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
LEHENDAKARITZA
5014
RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2024, del Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior, por la que se convocan prestaciones económicas a centros vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las colectividades vascas en el extranjero, para el año 2024.
El Decreto 222/2003, de 30 de septiembre (Boletín Oficial del País Vasco número 198, de 10 de octubre de 2003), regula el régimen de prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero. De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto, procede convocar las prestaciones para el ejercicio 2024.
La presente convocatoria se encuentra recogida en el Plan Estratégico Cuatrienal de Subvenciones de Lehendakaritza 2024-2027, aprobado mediante Resolución de 12 de febrero de 2024, del Secretario General de Coordinación y Comunicación Social, publicado en sede electrónica: https://www.euskadi.eus/proyecto/plan-estrategico-de-subvenciones-de-lehendakaritza-2024/web01-s2lehen/es/
Atendiendo a lo establecido en el artículo 5.2 del Decreto 5/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, modificado por el Decreto 39/2023, de 28 de marzo, corresponde a las Secretarías Generales convocar y conceder las subvenciones en las materias propias de sus áreas de actuación. En tal sentido, y atendiendo a la materia objeto de la convocatoria, corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior.
En su virtud,
RESUELVO:
Artículo único.– Convocatoria.
Convocar, por un importe de 212.000 euros, prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero para el año 2024, con arreglo a las bases que se aprueban en el anexo (Bases de la convocatoria de prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las colectividades vascas en el extranjero).
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 23 de octubre de 2024.
El Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior,
ANDER CABALLERO BARTUREN.