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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 211, martes 29 de octubre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
4960

DECRETO 299/2024, de 15 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto para la implantación de una compuerta automática en el colector perimetral de Erandio, en el municipio de Erandio.

El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto para la implantación de una compuerta automática en el colector perimetral de Erandio», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha 19 de diciembre de 2023, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 23, de 1 de febrero de 2024, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 28 de mayo de 2024, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado dos alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados por las siguientes circunstancias formuladas por el solicitante:

«En septiembre 2011 se redacta un informe que analiza las opciones para garantizar la estanqueidad del Colector Perimetral. Se pretende solucionar el problema de la clapeta situada en el punto de descarga del Colector Perimetral. Posteriormente han sucedido algunos episodios en los que debido a obstrucciones en el clapeta, no cerró adecuadamente y con niveles altos de marea sucedieron problemas de reboses en la zona intermedia del Colector Perimetral a la altura de la calle Tartanga.

En 2018 se realizó un nuevo estudio del Colector Perimetral y en marzo del 2022, se redacta un Estudio de Alternativas que analiza la implantación de la compuerta aguas abajo de la clapeta existente, en el pozo PRT-1 o en una nueva ubicación y se redacta un Informe sobre el anterior Estudio de Alternativas que además analiza el tipo de accionamiento de la compuerta, concluyéndose que la mejor opción es ubicar una compuerta motorizada de accionamiento eléctrico en un nuevo pozo subterráneo ubicada entre los pozos existentes PRT-1 y PRT-2.

En noviembre 2022 se encarga la redacción de una memoria valorada y en base a esta, en mayo 2023 el CABB redacta un proyecto constructivo cuya solución técnica consiste en instalar una compuerta tajadera automática estanca a cuatro lados entre el pozo PRT-1 y PRT-2.

Con posterioridad se ha aprobado el "Proyecto de trazado del eje peatonal y ciclable de la Ría. Tramo: Altzaga-Lamiako". Este proyecto incluye una remodelación total de la franja libre desde la línea de edificación hasta la ría en el tramo que abarca Altzaga y Lamiako, que resulta en un redimensionamiento de la acera existente actual dentro de la cual se implanta la arqueta que alojará la compuerta proyectada por el CABB.

En enero 2024 se reubica la implantación de la nueva arqueta proyectada por el CABB acorde a la futura urbanización de la acera diseñada por la DFB, lo que facilitará la realización de labores de explotación, conservación y mantenimiento, minimizando las afecciones producidas al tráfico rodado.»

«El objeto de este proyecto es la definición de las actuaciones necesarias para la ejecución de una compuerta eléctrica motorizada, que proteja al Colector Perimetral de Erandio ante el influjo de la marea. En la actualidad existe una clapeta que no cierra correctamente ni tampoco aporta estanqueidad.»

«La necesidad de una pronta ejecución es doble, por una parte para mejorar la garantía de operación de la clapeta, evitando riesgo de reboses y los daños que generan; y por otra parte para simultanear la ejecución de las obras con las de la bici pista promovida por la DFB en el mismo entorno, pretendiendo limitar las afecciones.»

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de octubre 2024,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto para la implantación de una compuerta automática en el colector perimetral de Erandio».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 15 de octubre de 2024.

El Lehendakari,

IMANOL PRADALES GIL.

El Consejero de Vivienda y Agenda Urbana,

DENIS ITXASO GONZÁLEZ.


Análisis documental