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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 209, viernes 25 de octubre de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
4916

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2024, de la Directora de la Administración de Justicia, por la que se procede a la apertura de las bolsas de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de personal al servicio de la Administración de Justicia, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Orden de 11 de julio de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se aprueba la normativa sobre gestión de listas de personas candidatas para la cobertura de necesidades temporales de personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco, prevé, en su artículo 8, la apertura de las bolsas de trabajo para integrar a aquellas personas que habiendo participado en la última oposición, hubieran obtenido una puntuación igual o superior al 40 por ciento de la nota de corte en el primer ejercicio de la oposición, y deseen incorporarse a las mismas.

En base a la citada Orden de 11 de julio de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, esta Dirección de la Administración de Justicia ha resuelto la apertura de las bolsas de trabajo creadas para cubrir puestos de trabajo de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, ajustándose a las siguientes bases:

1.– Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene como objeto la ampliación de las bolsas de trabajo para aquellas personas que no sean ya integrantes de las bolsas de los cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial y que cumplan los requisitos del artículo dos de la presente convocatoria.

2.– Quienes podrán tomar parte en la presente convocatoria.

Podrán solicitar la admisión en las bolsas de trabajo, aquellas personas que habiendo participado en las últimas pruebas selectivas finalizadas (OPE 2019-20-21), que se convocaron para el ingreso en alguno de los Cuerpos citados en el punto anterior, hubieran obtenido una puntuación igual o superior al 40 por ciento de la nota de corte en el primer ejercicio de la oposición.

Se entenderá que unas pruebas selectivas han finalizado con la publicación en el BOE de la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas que han superado el proceso.

Las ofertas de referencia son las siguientes:

Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Orden JUS/1287/2022, de 22 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.

3.– Requisitos de las personas aspirantes.

Las personas que soliciten entrar en las bolsas de trabajo deberán cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 11 de julio de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

4.– Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

4.1.– El personal que desee tomar parte en esta convocatoria deberá realizar por medios electrónicos los siguientes trámites:

a) La presentación de la solicitud. Si se desea acceder a más de una bolsa de trabajo, la persona participante deberá presentar una solicitud por cada cuerpo.

b) La presentación de la documentación que se acompañe en su caso.

4.2.– Para la presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de la documentación que se acompañe a la misma, se utilizará el formulario electrónico elaborado al efecto, que estará disponible en http://www.euskadi.eus/servicios/1091008

4.3.– La presentación tanto de la solicitud como de cualquier otro documento relacionado con la convocatoria por medios no electrónicos se tendrá por no presentado.

4.4.– El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, por un periodo de 15 días hábiles.

5.– Documentación a adjuntar a la solicitud.

– Certificación oficial u homologación del título acreditativo del perfil lingüístico de euskera alegado, excepto si se autoriza a esta Administración a su comprobación en el Registro Unificado de Títulos y Certificaciones de Euskera. En caso de no constar en dicho Registro deberá acreditarse.

– Exención de la acreditación por estudios oficiales realizados en euskera.

– Certificación oficial de la titulación exigida para el acceso al Cuerpo, u otras titulaciones oficiales, excepto si se autoriza a esta Administración a su comprobación en el Registro de títulos del Ministerio de Educación, tanto universitarios como no universitarios.

Si los títulos alegados se hubieran obtenido con anterioridad a 1992 (títulos universitarios oficiales), o se hubieran expedido con anterioridad a 1991 (títulos no universitarios oficiales), y no se hubiera solicitado su inscripción en alguno de dichos registros, deberán aportarse.

– Certificación expedida por la autoridad competente que acredite la superación de los tres primeros cursos de la Licenciatura en Derecho o la obtención de 180 créditos del Grado en Derecho.

6.– Forma de presentación de solicitudes.

Para realizar estos trámites el personal candidato deberá disponer de uno de los medios de identificación y firma electrónicos admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, siendo estos los que se recogen en https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/ y, entre ellos:

a) Los certificados de persona física emitidos por Izenpe, incluida la B@kQ.

b) Los certificados (de persona física) de firma electrónica en formato software de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

c) DNI electrónico.

7.– Listas provisionales.

Una vez elaboradas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas se publicarán en la sede electrónica Mi carpeta.

Contra la resolución provisional de personal admitido y excluido, cabrá formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación.

8.– Listas definitivas.

Una vez resueltas las alegaciones, se publicarán las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas a través de la sede electrónica Mi carpeta.

Contra la resolución definitiva, cabrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

9.– Recursos.

La presente convocatoria no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Vicenconsejería de Justicia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de octubre de 2024.

La Directora de la Administración de Justicia,

MARÍA DOLORES MOVILLA RIVAS.


Análisis documental