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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 209, viernes 25 de octubre de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, TRABAJO Y EMPLEO
4908

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2024, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión paritaria de seguimiento y garantía del convenio colectivo de empresas de colectividades en comedores escolares de gestión directa dependientes del Departamento de Educación, en relación a la actualización de las tablas salariales del año 2024 (+2,0 %). Código del convenio 86002235012003.

ANTECEDENTES

Primero.– El día 10 de octubre de 2024 se ha presentado en REGCON la documentación referida al acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo citado, suscrito por las representaciones empresariales y sindicales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El artículo 2 del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos crea el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo y en su artículo 7 establece entre sus funciones la ejecución de la legislación laboral en materia de relaciones laborales.

De conformidad con la Disposición Transitoria Primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, mencionado más arriba, conservarán su vigencia las normas orgánicas que determinan la estructura y funciones de Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno y de los Departamentos del Gobierno. Por consiguiente, según indica el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, modificado por el Decreto 167/2021, de 6 de julio, en su artículo 10.1.i), corresponde a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social dirigir y gestionar el Registro telemático de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos y Planes de Igualdad del País Vasco, en los términos previstos en el Decreto que lo regula y demás normativa vigente.

Segundo.– El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Tercero.– El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo. Analizada la solicitud de inscripción y la documentación anexa, se ha comprobado que la misma reúne los requisitos legalmente exigidos, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 9/2011, de 25 de enero (modificado por el Decreto 20/2023, de 14 de febrero) del Registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de planes de igualdad del País Vasco, por la presente,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y de Planes de Igualdad del País Vasco, con notificación a las partes.

Segundo.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de octubre de 2024.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ANGEL LAPUENTE MONTORO.

Asier Aldaiturriaga Berriozabal, en virtud de la autorización conferida por la Comisión paritaria de seguimiento y garantía del convenio colectivo de empresas de colectividades en comedores escolares de gestión directa dependientes del Departamento de Educación,

Hace constar: que reunida dicha Comisión el día 10 de octubre de 2024, se examinó la cuestión que se indica a continuación y se resolvió respecto de ella como seguidamente se transcribe del acta de dicha sesión.

Cuestión formulada: actualización de las tablas salariales del año 2024 (+2,0 %).

Resolución de la Comisión: la Comisión adopta por unanimidad el acuerdo siguiente:

«Los miembros de la comisión paritaria por unanimidad aprueban las tablas salariales con la subida del 2,0 % aplicable desde el 1 de enero de 2024 y que se adjuntan como anexo a la presente acta.

Así mismo, en este mismo acto, se acuerda autorizar a Dña. Emilia M. Málaga Pérez, Presidenta del Consejo de Relaciones Laborales, a realizar los trámites necesarios a fin de que estas tablas sean registradas en el Registro de Convenios Colectivos (REGCON) y su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.»

Lo que certifica en Bilbao a los efectos oportunos a 10 de octubre de 2024.

ANEXO
TABLAS SALARIALES AÑO 2024
(INCREMENTO 2 % – RESOLUCIÓN 83/2024, DE 31 DE JULIO, CAPV)
(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental