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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 204, viernes 18 de octubre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
4798

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2024, del Director de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad, por la que se convoca el Premio «René Cassin» 2024.

El Decreto 427/2013, de 16 de octubre de 2013, regula el Premio «René Cassin» de Derechos Humanos, cuya finalidad es reconocer públicamente la actuación destacada, en el ámbito de los Derechos Humanos, de aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro que, con su actuación y trayectoria personal o profesional, dan testimonio de su compromiso en la promoción, defensa y divulgación de los Derechos Humanos.

El artículo 3 del mencionado Decreto prevé que, anualmente, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos, se procederá a convocar el Premio, y que dicha convocatoria establecerá la cantidad dineraria que conlleva el Premio, así como el plazo y lugar de presentación de las candidaturas.

Asimismo, el artículo 6.1 del precitado Decreto establece que para la elección de la persona o personas merecedoras del Premio se constituirá un Jurado, compuesto por 9 personas de reconocido prestigio vinculadas con los Derechos Humanos, que serán designadas mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos.

En base a lo establecido en la Disposición Adicional Decimosegunda del Decreto 18/2024, de 23 de junio, el Departamento de Justicia y Derechos Humanos estará integrado por los órganos y unidades del extinto Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, con excepción de la Viceconsejería de Políticas Sociales.

Uno de los órganos integrados en el Departamento de Justicia y Derechos Humanos es la Dirección de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad, entre cuyas funciones se encuentran las siguientes: impulsar una política pública de promoción de los Derechos Humanos y de fomento de una cultura de convivencia, coordinar programas de actuación centrados en la respuesta a los retos emergentes de los derechos humanos y la convivencia.

Tales funciones son establecidas por el artículo 20 del Decreto 12/2021, de 19 de enero, en vigor, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de estos.

Por todo ello, y en base a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 12/2021, de 19 de enero, corresponde al Director de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad realizar la convocatoria del Premio en el ejercicio 2024, y designar a las personas que compondrán el Jurado.

La presente convocatoria se incluye en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales 2024-2027, aprobado mediante la Orden de 8 de febrero de 2024, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas, todo lo cual ha sido objeto de publicación en la página web del mencionado departamento y en el portal web Legegunea.

Se deja constancia, que la presente convocatoria se adecúa a las prescripciones establecidas en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre Reguladora del Régimen de Subvenciones, para la concesión de premios, artículo 3.b) y artículo 7.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Objeto.

El objeto de la presente Resolución es convocar el Premio «René Cassin» para 2024.

Segundo.– Cantidad dineraria.

La cantidad dineraria que conlleva el Premio es de 25.000 euros.

Tercero.– Tramitación presencial o electrónica.

1.– Las personas jurídicas interesadas en presentar candidaturas, deberán consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos.

2.– Las personas físicas interesadas en presentar candidaturas, podrán emplear el canal presencial o electrónico. El uso de cualquiera de estos canales no obliga a su uso en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento.

3.– Las especificaciones sobre cómo presentar las candidaturas, están disponibles en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: https://www.euskadi.eus/servicios/0027009

4.– Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizarán a través de https://www.euskadi.eus/micarpeta

5.– Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos

Cuarto.– Plazo, presentación y formalización de las candidaturas.

1.– El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

2.– La presentación de candidaturas por medios electrónicos se hará accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi a través del siguiente enlace: https://www.euskadi.eus/servicios/0027009

3.– La presentación de candidaturas por medios presenciales, podrá realizarse en cualquiera de los lugares fijados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.– La presentación de solicitudes en el Servicio Zuzenean será exclusivamente con cita previa accediendo a la dirección https://www.euskadi.eus/cita-previa-zuzenean, o a través del teléfono exclusivo para solicitar o anular su cita previa 945 01 90 00.

Quinto.– Candidaturas y documentación requerida.

1.– La candidatura, dirigida al Director de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad, se cumplimentará en el impreso normalizado, conforme al modelo que se recoge en el Anexo a la presente Resolución, y que estará disponible en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2.– Dicha candidatura se acompañará de:

– Dossier con la documentación que acredite la contribución de la persona candidata al Premio.

– En su caso, avales o adhesiones a favor de la persona propuesta, presentados por quienes formalicen la candidatura.

Sexto.– Jurado.

La composición del Jurado será la siguiente:

Presidente: D. Alfredo Retortillo Paniagua, Viceconsejero de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación del Gobierno Vasco.

Vocal: Dña. Silvia Escobar Moreno, Embajadora de España en Misión Especial para las cuestiones referentes a los Derechos Humanos hasta 2011.

Vocal: D. Jon Mirena Landa Gorostiza, Director de la Cátedra de Derechos Humanos y Poderes Públicos de la UPV/EHU.

Vocal: Dña. María Oianguren Idígoras, Directora de Gernika Gogoratuz, premio René Cassin 2010.

Vocal: D. Juan José Alvarez Rubio, Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV y Doctor en Derecho.

Vocal: Dña. Miren Elgarresta Larrabide, Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer (en funciones).

Vocal: D. Mikel Mancisidor de la Fuente, miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.

Vocal: Dña. Manuela Mesa, Directora de CEIPAZ-Centro de Educación e Investigación para la Paz.

Vocal: D. Carlos Martín Beristain, experto en Derechos Humanos, Premio René Cassin edición 2020.

Secretario: D. Jagoba Álvarez Ereño, Director de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad del Gobierno Vasco.

Séptimo.– Régimen.

El premio al que se refiere la presente Resolución de convocatoria se sujeta a lo dispuesto en el Decreto 427/2013, de 16 de octubre de 2013, por el que se regula el Premio «René Cassin» de Derechos Humanos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 20/2023, de 21 de diciembre Reguladora del Régimen de Subvenciones; y la regulación básica recogida en la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de esta última.

Octavo.– Recursos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Derechos Humanos, Memoria y Cooperación, en el plazo máximo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Noveno.– Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de octubre de 2024.

El Director de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad,

JAGOBA ALVAREZ EREÑO.


Análisis documental