N.º 196, martes 8 de octubre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR, JUVENTUD Y RETO DEMOGRÁFICO
4633
DECRETO 277/2024, de 24 de septiembre, por el que se declara de interés social a Gureak Inklusio Fundazioa.
El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.
El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.
A su amparo, Gureak Inklusio Fundazioa, ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.
Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, Gureak Inklusio Fundazioa es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 2004 con el nombre Fundación Zeharo, que cambió al actual en escritura autorizada ante notario el 3 de septiembre de 2015. Tiene como objeto los siguientes fines fundacionales:
a) Potenciar la inserción laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social especialmente frágiles o vulnerables en el acceso y mantenimiento en el empleo, mediante el estudio y mejora de su empleabilidad, la orientación profesional, la formación, la intermediación y el acompañamiento en el puesto de trabajo.
Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde 2018. El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus funciones comprende el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 24 de septiembre de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1.– Declarar de interés social a Gureak Inklusio Fundazioa por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.
Artículo 2.– Reconocer a Gureak Inklusio Fundazioa los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de septiembre de 2024.
El Lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
La Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,
NEREA MELGOSA VEGA.