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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 192, miércoles 2 de octubre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
4533

RESOLUCIÓN 93/2024, de 19 de septiembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por el que se establece la prórroga de la vigencia de los acuerdos que regulan las condiciones de trabajo del personal que presta servicios en los centros penitenciarios.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 28 de mayo de 2024, el Acuerdo por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por el que se establece la prórroga de la vigencia de los acuerdos que regulan las condiciones de trabajo del personal que presta servicios en los centros penitenciarios, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por el que se establece la prórroga de la vigencia de los acuerdos que regulan las condiciones de trabajo del personal que presta servicios en los centros penitenciarios, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de septiembre de 2024.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 93/2024, DE 19 DE SEPTIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBA EL ACUERDO DE MESA SECTORIAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI POR EL QUE SE ESTABLECE LA PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LOS ACUERDOS QUE REGULAN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS VASCOS

El Real Decreto 474/2021, de 29 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria, establece en su apartado F) que el personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a las funciones y servicios objeto de traspaso, pasarán a depender de la Comunidad Autónoma del País Vasco en los términos legalmente previstos en el Estatuto de Autonomía del País Vasco y demás normas en cada caso aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en sus expedientes de personal.

Mediante Decreto 169/2021, de 6 de julio, se aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma de País Vasco, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de funciones y servicios sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria con efectividad a partir del 1 de octubre de 2021.

Asimismo, con la efectividad de la transferencia se inicia el proceso para la aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de los Servicios Penitenciarios de Euskadi, como instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios, y en la que concretarán los requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo.

En la medida que la Administración penitenciaria estará integrada en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sus condiciones laborales deben ser negociadas en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y con la finalidad de garantizar la continuidad en la adecuada prestación de un servicio público esencial, una vez que se hizo efectivo el traspaso de la competencia en materia de administración penitenciaria, se estableció un régimen jurídico excepcional en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi que transitoriamente sea de aplicación al personal empleado público que presta servicios en la misma.

No obstante, debido a la especialidad del sector, se constituyó la Mesa Delegada para Instituciones Penitenciarias de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la que se negociaron los temas relacionados con Administración Penitenciaria, sin perjuicio de que toda su actividad deba contar con la aprobación correspondiente de la Mesa sectorial para su validez y aplicabilidad.

Fruto de este periodo transitorio se adoptaron tres Acuerdos en Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi aprobados por los Acuerdos de Consejo de Gobierno que se citan a continuación:

1.– Acuerdo de 2 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el preacuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi en relación con las condiciones de trabajo transitorias y excepcionales aplicables al personal empleado (publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 5 de enero de 2022).

2.– Acuerdo de 12 de julio de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la mesa sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por el que se regulan aspectos específicos del personal empleado público que presta servicios en la Administración Penitenciaria Vasca (publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 22 de julio de 2022).

3.– Acuerdo de 20 de septiembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la mesa sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi en relación con las condiciones de trabajo aplicables a las personas funcionarias que han obtenido destino por concurso de traslados en la Administración Penitenciaria Vasca (publicado en el Boletín Oficial Público del País Vasco el 19 de octubre de 2022).

El plazo de vigencia de los Acuerdos del Consejo de Gobierno se extendía hasta el 31 de diciembre de 2023 y, por ello, resultaba imprescindible adoptar un acuerdo de prórroga teniendo en cuenta además que aún no ha finalizado el expediente de aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo, cuya existencia, así como la determinación de las retribuciones de cada puesto de trabajo del personal de centros penitenciarios, es necesaria para el proceso negociador.

Por lo expuesto, en la Mesa Delegada para Instituciones Penitenciarias del 20 de diciembre de 2023 se acordó prorrogar los tres acuerdos anteriormente referidos con fecha de efectos desde el 1 de enero de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2024, acuerdo que fue ratificado por la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi el día 21 de diciembre de 2024.

En su virtud, en base al artículo 17.2.i) de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco, y en el ejercicio de las competencias atribuidas, a propuesta conjunta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno y de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero.– Aprobar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo al presente acuerdo, por el que se prorroga la vigencia de los 3 acuerdos arriba indicados con fecha de efectos desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, y se determina que durante la vigencia de la prórroga se negociarán las condiciones específicas y definitivas de trabajo del personal de centros penitenciarios.

Segundo.– Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco del texto del Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco.

ANEXO
ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI POR EL QUE SE ESTABLECE LA PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LOS ACUERDOS QUE REGULAN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS VASCOS
ANTECEDENTES

El Real Decreto 474/2021, de 29 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria, establece en su apartado F) que el personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a las funciones y servicios objeto de traspaso, pasarán a depender de la Comunidad Autónoma del País Vasco en los términos legalmente previstos en el Estatuto de Autonomía del País Vasco y demás normas en cada caso aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en sus expedientes de personal.

El Decreto 169/2021, de 6 de julio, se aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de funciones y servicios sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria con efectividad a partir del 1 de octubre de 2021.

En la medida que la Administración penitenciaria estará integrada en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sus condiciones laborales deben ser negociadas en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, no obstante debido a la especificidad del sector, en fecha 27 de septiembre de 2021 se constituyó una mesa delegada de la mesa sectorial, en la que se negociarán los temas relacionados con Administración penitenciaria, sin perjuicio de que toda su actividad deba contar con la aprobación correspondiente de la Mesa Sectorial para su validez y aplicabilidad.

Así, con la finalidad de garantizar la continuidad en la adecuada prestación de un servicio público esencial una vez hecho efectivo el traspaso de la competencia en materia de administración penitenciaria, mediante la aprobación de tres Acuerdos en la Mesa Sectorial de la Administración General de la CAE se estableció un régimen jurídico excepcional en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi que transitoriamente ha sido de aplicación al personal empleado público que presta servicios en la misma.

Acuerdos aprobados:

1.– Por Resolución 74/2021, de 21 de diciembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo que aprueba el preacuerdo de la mesa sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi en relación con las condiciones de trabajo transitorias y excepcionales aplicables al personal empleado (publicado en el BOPV de 5 de enero de 2022).

Vigencia del acuerdo: desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, excepto en aquellas previsiones en las que expresamente se contemple un plazo distinto.

Objeto: inamovilidad, jornadas y horarios, permisos, sistema retributivo, salud laboral y prevención de riesgos laborales, elaboración de un acuerdo que regule las condiciones específicas del personal de la Administración penitenciaria vasca, aplicación transitoria de la normativa de segunda actividad, créditos horarios de los representantes sindicales, viviendas ubicadas en los centros penitenciarios de Bizkaia y Gipuzkoa, atenciones sociales, normativa de aplicación en relación con cualesquiera otras condiciones de trabajo, jubilación forzosa del personal participante del concurso de traslados.

2.– Acuerdo de 12 de julio de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la mesa sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por el que se regulan aspectos específicos del personal empleado público que presta servicios en la Administración Penitenciaria Vasca.

Vigencia del acuerdo: desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Objeto: adecuación de la normativa de la Administración General de la CAE reguladora del procedimiento para provisión en comisión de servicios de puestos de trabajo, del procedimiento para adscripción provisional de puestos de trabajo y de la selección de personal para prestación de servicios de carácter temporal. El acuerdo contiene 3 anexos que establecen los procedimientos concretos adaptados a las especiales circunstancias que concurren en la prestación del servicio público que se realiza en los centros penitenciarios.

3.– Resolución de 7 de octubre de 2022, del Director de Relaciones Laborales, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi en relación con las condiciones de trabajo aplicables a las personas funcionarias que han obtenido destino por concurso de traslados en la Administración Penitenciaria Vasca (publicado en el BOPV el 19 de octubre de 2022).

Objeto: en relación con el personal que ha obtenido destino en la Administración Penitenciaria Vasca por concurso de traslados: normativa de aplicación, jornada y horarios, vacaciones y permisos, retribuciones, e inamovilidad (entendiéndose por inamovilidad la garantía para el personal de continuidad en el puesto que desempeña hasta que no se lleve a efecto la integración en la estructura corporativa vasca).

A la vista de todo ello, y considerando que la vigencia de los acuerdos está próxima a expirar, teniendo en cuenta que todavía no se ha aprobado la Relación de Puestos de Trabajo, cuya existencia, así como la determinación de las retribuciones de cada puesto de trabajo, es clave para el proceso negociador de las condiciones específicas de trabajo del personal de centros penitenciarios, se adopta el siguiente,

ACUERDO

Artículo único.– Prorrogar la vigencia de los 3 acuerdos arriba indicados con fecha de efectos desde el 1 de enero de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2024. Durante la vigencia de la prórroga se negociarán las condiciones específicas y definitivas de trabajo del personal de centros penitenciarios, creando para ello un grupo de trabajo que desde febrero de 2024 se reunirá con la periodicidad precisa que permita agilizar lo máximo posible la negociación.


Análisis documental