N.º 192, miércoles 2 de octubre de 2024
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
4529
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 30 de julio de 2024, del Director General de la Academia de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para ascenso a la categoría de Oficial y Oficiala de la escala de Inspección de la Ertzaintza.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008 de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto no constituyen modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya modificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución de 30 de julio de 2024, del Director General de la Academia de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para ascenso a la categoría de Oficial y Oficiala de la escala de Inspección de la Ertzaintza, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 165, de 26 de agosto de 2024, se procede a su corrección:
En la página 2024/4024 (4/18), base quinta, apartado 1, segundo párrafo, donde dice:
«De conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 28 de febrero, en su composición existirá una representación equilibrada de mujeres y hombres.»
Debe decir:
«De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, en su composición existirá una representación equilibrada de mujeres y hombres.»
En la página 2024/4024 (5/18), base séptima, apartado 1, donde dice:
«PCmax = puntuación convertida máxima prueba (Puntuación máxima alcanzable en la prueba según las Bases de la Convocatoria: 100,00 puntos).»
Debe decir:
«PCmax = puntuación convertida máxima prueba (Puntuación máxima alcanzable en la prueba según las Bases de la Convocatoria: 60,00 puntos).»
En la página 2024/4024 (6/18), base séptima, apartado 2, donde dice:
«PCmax = puntuación convertida máxima del ejercicio (puntuación máxima alcanzable en el ejercicio según las Bases de la Convocatoria: 10,00 puntos).»
Debe decir:
«PCmax = puntuación convertida máxima del ejercicio (puntuación máxima alcanzable en el ejercicio según las Bases de la Convocatoria: 40,00 puntos).»
En la página 2024/4024 (10/18), base undécima, apartado 2, donde dice:
«a) La Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres.»
Debe decir:
«a) El Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.»
En la página 2024/4024 (16/18), apartado 2 del Anexo, donde dice:
«Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de hombres y mujeres:
Título Preliminar.
Título I: competencias, funciones, organización y financiación.
Título II medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de los poderes y las administraciones públicas vascas.»
Debe decir:
«Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres:
Título Preliminar.
Título I: competencia, funciones, organización y financiación.
Título II: medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de poderes y las administraciones públicas vascas.
Título III: Medidas para promover la igualdad en diferentes áreas de intervención.»