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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 187, miércoles 25 de septiembre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

ELANKIDETZA-AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD
4428

RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2024, del Director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad, por la que se sustituye a integrante de la Comisión de Selección encargada de la valoración de las solicitudes de becas de especialización y formación de profesionales para 2024, en el área de cooperación para el desarrollo.

El Decreto 62/2017, de 21 de marzo (Boletín Oficial del País Vasco n.º 59 de 24 de marzo de 2017), regula las becas de especialización y formalización de profesionales en el área de cooperación para el desarrollo.

Mediante Resolución de 28 de mayo de 2024, del Director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad (Boletín Oficial del País Vasco n.º 115 de 13 de junio de 2024) se han convocado cuatro becas de especialización y formación de profesionales para 2024, en el área de cooperación para el desarrollo.

La citada convocatoria, en el artículo 6 de sus bases reguladoras, designa la composición de personas que integran la Comisión de Selección que valorará las solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 62/2017, de 21 de marzo.

Procede sustituir a una persona integrante de la Comisión de Selección encargada de realizar el análisis técnico y valoración de las solicitudes de becas de especialización y formación de profesionales para 2024, en el área de cooperación para el desarrollo.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Sustituir a D. Santiago Ramirez Cameno por Dña. Begoña Dorronsoro Villanueva (Técnica de Cooperación de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad) como vocal de la Comisión de Selección encargada de realizar el análisis técnico y valoración de las de las solicitudes de becas de especialización y formación de profesionales para 2024, en el área de cooperación para el desarrollo.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de septiembre de 2024.

El Director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental