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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 187, miércoles 25 de septiembre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
4422

RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2024, del Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior, por la que se acepta la renuncia a una beca de formación de jóvenes en el área de Unión Europea y Acción Exterior.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 12/2019, de 29 de enero, por el que se regulan las becas de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior, por Resolución de 30 de agosto de 2023, de la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior, se convocaron las becas destinadas a impulsar la formación de personas en el área de Unión Europea y Acción Exterior, para 2023-2024.

Por Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Secretaria General de Unión Europea y Acción Exterior, se adjudicaron las becas de formación de jóvenes en el área de Unión Europea y Acción Exterior, para 2023 y 2024.

D. Andoni Iriondo Otxotorena resultó adjudicatario de una beca con destino en Bruselas, en la Delegación de Euskadi ante la Unión Europea, por un período de 12 meses, y ha presentado su renuncia formal con efecto a partir del 1 de septiembre de 2024.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto 12/2019, de 29 de enero, en caso de renuncia y, a propuesta de la Comisión de Selección, debe concederse la beca a la persona designada como suplente en la Resolución de adjudicación, por el tiempo que resta de la beca y por el importe equivalente a dicho período.

La referida Resolución de 20 de diciembre de 2023, establece en su Anexo II las dos personas suplentes para las becas en la Delegación de Euskadi ante la Unión Europea, en Bruselas. Siguiendo el orden de prelación en ella establecido, ninguna de las dos está disponible como adjudicataria para la cobertura de la beca.

Por lo expuesto, de acuerdo con las competencias que me son conferidas,

RESUELVO:

Primero.– Aceptar la renuncia de D. Andoni Iriondo Otxotorena a la beca de formación de jóvenes en el área de Unión Europea y Acción Exterior con destino en la Delegación de Euskadi ante la Unión Europea, con sede en Bruselas, con efecto a partir del 1 de septiembre.

Segundo.– Declarar desierta la sustitución de la beca al no haber personas suplentes disponibles.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición, ante la Secretaría General de Unión Europea y Acción Exterior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de septiembre de 2024.

El Secretario General de Unión Europea y Acción Exterior,

ANDER CABALLERO BARTUREN.


Análisis documental