N.º 186, martes 24 de septiembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
4405
DECRETO 250/2024, de 10 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el barrio Demiku de Bermeo, en el municipio de Bermeo.
El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el barrio Demiku de Bermeo», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.
Con fecha 7 de noviembre de 2023, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 241, de 19 de diciembre de 2023, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 29 de abril de 2024, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo.
Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados por las siguientes circunstancias formuladas por el solicitante:
«En la actualidad, la red de abastecimiento cercana al depósito de Demiku dispone de tramos tubería de PEAD que presentan importantes deficiencias debido al prolongado uso desde su instalación hace más de 40 años. Esto ha provocado reiteradas averías y, por consiguiente, pérdidas de presión y falta de caudal a los usuarios de la red y generado la necesidad de realizar cortes para solucionar.
Además, repercute en otro tipo de consecuencias tales como: medioambientales (pérdidas de agua), daños a terceros y empeoramiento del servicio prestado a los abonados.
Ante los antecedentes previamente descritos, el CABB considera que la red de abastecimiento existente en el barrio se encuentra en una situación que no garantiza un suministro continuado a los abonados de la zona.
La problemática se acentúa al ser una red próxima aguas abajo a un elemento crítico en el sistema de abastecimiento, como es el depósito de Demiku, que abastece a todo el barrio de Demiku.
Las reiteradas roturas en las conducciones hacen necesario plantear su renovación para asegurar un abastecimiento correcto en términos de calidad y cantidad a los abonados de todo el barrio del CABB.
Mediante la mejora de la red se evitarán las molestias a los abonados además de evitar también las pérdidas de agua que se producen en las fugas.»
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud a propuesta del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de septiembre 2024,
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el barrio Demiku de Bermeo».
DISPOSICIÓN FINAL
Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 10 de septiembre de 2024.
El Lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
El Consejero de Vivienda y Agenda Urbana,
DENIS ITXASO GONZÁLEZ.