N.º 184, viernes 20 de septiembre de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO
4363
ORDEN de 1 de agosto de 2024, de la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, por la que se inscriben en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Virtualware Labs.
El 16 de octubre de 2023, tuvo entrada en el Registro Electrónico General del departamento, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la extinción acordada por el patronato de la fundación denominada Fundación Virtualware Labs. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente administrativo.
El acuerdo de extinción fue adoptado por el patronato de la fundación el 15 de noviembre de 2022, y ratificada su causa por el Protectorado de Fundaciones del País Vasco mediante Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos.
El 29 de febrero de 2024, por su lado, fue adoptado el acuerdo aprobatorio de las operaciones llevadas a cabo durante el periodo de liquidación iniciado tras la adopción del acuerdo de extinción.
El remanente sobrante de la liquidación ha sido destinado a la asociación denominada Asociación contra el Despilfarro de Alimentos «Banco de Alimentos de Bizkaia». Dicha asociación figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de Registro AS/B/05273/1995, y fue declarada de utilidad pública mediante Decreto 78/2001, de 2 de mayo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 97 en fecha 25 de mayo de 2001.
Los acuerdos de extinción y liquidación, y el resto de la documentación preceptiva, han sido formalizados mediante escritura pública otorgada el 21 de marzo de 2024, en Bilbao, ante el notario D. Francisco Regalado Marichalar (número de protocolo: 279), que fue subsanada por otra posterior otorgada el 4 de junio de 2024, ante el mismo notario, bajo el número de protocolo 582, en cumplimiento del requerimiento notificado por el Registro de Fundaciones el 22 de mayo de 2024. Además, esta última escritura fue completada mediante diligencia de incorporación de documentos de fecha 19 de junio de 2024.
Finalmente, el 30 de julio de 2024, el Protectorado de Fundaciones ha emitido informe preceptivo previo a la inscripción registral.
Corresponde a la Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, en el artículo 9.1.n) del Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.
Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 40, 41, 42, 43 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y en los artículos 48 y 49 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco los acuerdos de extinción y liquidación de la fundación denominada Fundación Virtualware Labs, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en las escrituras de extinción y liquidación otorgadas el 21 de marzo de 2024 y el 4 de junio de 2024, en Bilbao, ante el notario D. Francisco Regalado Marichalar (números de protocolo 279 y 582, respectivamente), para la cancelación de los asientos registrales referentes a la fundación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y notificar la misma a las personas interesadas.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de julio de 2024.
La Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,
MARÍA UBARRECHENA CID.