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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 180, lunes 16 de septiembre de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD
4273

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2024, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de parque eólico de Cantoblanco e infraestructuras asociadas, promovido por Euskal Haizie, S.L.U., en los Términos Municipales de Añana, Ribera Alta, Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz (Álava).

ANTECEDENTES DE HECHO

Mediante Resolución de 28 de diciembre de 2021, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, se formula el documento de alcance del estudio de impacto ambiental del proyecto de parque eólico Cantoblanco en los términos municipales de Añana y Ribera Alta (Álava).

Con fecha 25 de abril de 2023, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava, somete al trámite de información pública el proyecto del parque eólico Cantoblanco (49,6 MW) e infraestructuras asociadas, promovido Euskal Haizie, S.L.U., en los Términos Municipales de Añana, Ribera Alta, Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz (Álava) y su correspondiente estudio de impacto ambiental, conforme a lo indicado en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimaran oportunas. El anuncio correspondiente a este trámite se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco número 85, del 8 de mayo de 2023 y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava número 54, del 10 de mayo de 2023. Una vez culminado el trámite de información pública, el órgano sustantivo hace constar que se han recibido alegaciones.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, simultáneamente al trámite de información pública, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el resultado que obra en el expediente.

Con fecha 14 de septiembre de 2023, se recibe en la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco la solicitud de la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava para la emisión de la declaración de impacto ambiental del proyecto de parque eólico Cantoblanco e infraestructuras asociadas, promovido por Euskal Haizie, S.L.U., en los Términos Municipales de Añana, Ribera Alta, Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz (Álava).

Con fecha 9 de octubre de 2023 y con fecha 16 de octubre de 2023, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava, incorpora documentación complementaria.

Una vez realizado un análisis formal de la documentación obrante en el expediente, el órgano ambiental remite al órgano sustantivo, el 6 de noviembre de 2023, un requerimiento de subsanación de la documentación presentada y se notifica la suspensión del plazo para la emisión de la declaración de impacto ambiental.

Con fecha 9 de noviembre y 10 de noviembre de 2023 y 11 de diciembre de 2023 la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava incorpora documentación complementaria.

Tras un análisis formal de la documentación obrante en el expediente, el órgano ambiental remite al órgano sustantivo, el 10 de enero de 2024, un requerimiento de subsanación de la documentación presentada y se notifica la suspensión del plazo para la emisión de la declaración de impacto ambiental.

Con fecha 19 de enero de 2024 y con fecha 5 de febrero de 2024 la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava incorpora documentación complementaria.

Una vez realizado un análisis técnico de la documentación obrante en el expediente, el órgano ambiental remite al órgano sustantivo, el 13 de febrero de 2024, un requerimiento de subsanación de la documentación presentada y se notifica la suspensión del plazo para la emisión de la declaración de impacto ambiental.

Con fecha 4 y 5 de marzo de 2024, el órgano sustantivo completa ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco la solicitud de declaración de impacto ambiental del parque eólico de Cantoblanco.

Una vez completada, la solicitud contiene la siguiente documentación:

– Proyecto de ejecución parque eólico de Cantoblanco. Junio de 2022.

– Estudio de Impacto Ambiental refundido del proyecto de parque eólico Cantoblanco. Febrero 2024.

– Resultado del trámite de información pública (periodo de información pública, relación de alegaciones recibidas, copia literal de las mismas y respuesta del promotor a las alegaciones).

– Resultado del trámite de consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas (relación de organismos de administraciones públicas que se han consultado, copia literal de los informes recibidos y consideraciones del promotor en relación con el contenido ambiental de dichos informes).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el artículo 60 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, constituye el objeto de la misma establecer las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando un elevado nivel de protección ambiental con el fin de promover un desarrollo sostenible.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 de la citada Ley 10/2021, de 9 de diciembre, deben someterse al correspondiente procedimiento de evaluación de impacto ambiental los planes, programas y proyectos que, pretendiéndose llevar a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se detallan en el Anexo II de esta Ley. El proyecto de parque eólico Cantoblanco se encuentra incluido en el epígrafe 3.j del grupo D.3 del Anexo II.D de la citada norma.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 35 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava, como órgano sustantivo, ha dispuesto lo necesario para llevar a cabo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, mediante la incorporación al expediente de un estudio de impacto ambiental, mediante la celebración de consultas públicas y mediante la participación en el procedimiento de las administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas.

Examinada la documentación técnica y los informes que se hallan en el expediente de evaluación ambiental del proyecto, y a la vista de que el estudio de impacto ambiental se ajusta a los aspectos previstos en la normativa en vigor, la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco, órgano competente de acuerdo con el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, procede a dictar la presente declaración de impacto ambiental.

Vistos la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y demás normativa de aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Formular, a los solos efectos ambientales, declaración de impacto ambiental desfavorable del proyecto de parque eólico Cantoblanco e infraestructuras asociadas, promovido por Euskal Haizie, S.L.U., en los términos municipales de Añana, Ribera Alta, Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz (Álava) de acuerdo al análisis ambiental realizado que se expone a continuación:

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor del referido proyecto, que comprende las siguientes actuaciones:

– Parque eólico de Cantoblanco y sus accesos e infraestructura eléctrica de Media Tensión en 30 kV en subterráneo.

– Subestación eléctrica de transformación elevadora (SET) San Tuste 30 kV / 66 kV.

– Línea aérea de evacuación desde la SET San Tuste hasta la subestación eléctrica de transformación reductora (SET) Ariñez 66 kV/30 kV. Longitud total de 17.095 m, de los cuales 16.150 m discurrirán de forma aérea y 808 m discurrirán de modo subterráneo.

– Subestación eléctrica de transformación reductora (SET) Ariñez 66 kV/30 kV.

– Conexión con la subestación existente de Jundiz en subterráneo con una longitud total de 1.217,37 metros.

1.– Descripción y localización del proyecto.

1.1.– Promotor y órgano sustantivo.

El promotor del proyecto es Euskal Haizie, S.L.U.

El órgano sustantivo es la Delegación Territorial de Administración Industrial de Álava, del ahora Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad (antes Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente) del Gobierno Vasco.

1.2.– Localización.

El parque eólico Cantoblanco proyectado, compuesto de 8 aerogeneradores, se instalará a lo largo de casi 6 km de cresta del cordal de Cantoblanco, a cotas que van desde 800 m.s.n.m. hasta los 1.000 m.s.n.m en el término municipal de Ribera Alta.

Las zonas habitadas más próximas a las infraestructuras proyectadas son los núcleos urbanos de Ormijana, Escota, Artaza, Barrón y Atiega. Los dos accesos al parque parten de las localidades de Ormijana y Atiega.

La línea electrica aérea de 66 kV y 17 km de longitud discurre entre la SET San Tuste (Ormijana), donde se conecta la línea de media tensión subterránea de 30 kV procedente del parque eólico, hasta el punto de acceso y conexión en la SET situada en el polígono de Jundiz, en Vitoria-Gasteiz.

1.3.– Alternativas analizadas.

Además de la alternativa 0 o no realización del proyecto, el promotor ha considerado alternativas de configuración de aerogeneradores, alternativas con relación a los accesos y alternativas para la línea de evacuación.

Asimismo, a lo largo del procedimiento de evaluación ambiental, teniendo en cuenta los informes de las administraciones públicas afectadas, desde el órgano ambiental se ha requerido al promotor la valoración de otras alternativas, relativas a los accesos al parque, la línea de alta tensión y las subestaciones eléctricas, tal y como se detalla en el apartado 3.1 de esta Resolución.

El promotor justifica que la alternativa de emplazamiento elegida es idónea porque se encuentra fuera de la Red de Espacios Naturales Protegidos de la CAPV; además, tampoco está incluido entre los espacios núcleo de la Red Vasca de Infraestructura Verde, ni entre los del Catálogo Abierto de Espacios Naturales Relevantes de la CAPV, ni en ninguna de las áreas consideradas por los Planes de Gestión de la fauna o la flora catalogada aprobados en la CAPV. Por otra parte, el promotor ha considerado que el emplazamiento tiene en su proximidad una buena red de carreteras y abundancia de pistas en las laderas de esta sierra.

En relación con las alternativas de ubicación de los aerogeneradores el promotor ha descartado la configuración de 9 aerogeneradores respecto a la configuración de 8 aerogeneradores. Asimismo, para la propuesta de las ubicaciones señala que ha considerado aspectos técnicos y ambientales.

En relación con las alternativas de acceso, el promotor valoró 3 opciones: la opción 1 parte desde la carretera A-4319 a la altura de la localidad de Atiega, mientras que las opciones 2 y 3 lo hacen desde la A-3318, a la altura de las localidades de Escota y Ormijana, respectivamente. Finalmente, la alternativa seleccionada corresponde con las opciones 1 y 3, con entrada en Atiega y salida hacia Ormijana.

El promotor también ha planteado dos alternativas para la evacuación de la energía desde la zona de la cumbre a la SET elevadora. Ambas alternativas son soterradas y la SET elevadora se emplazaría en ambos casos en parcelas agrícolas. La alternativa 1, la seleccionada, aprovecha el camino de acceso proyectado desde Ormijana y se conecta con la SET de San Tuste. La alternativa 2 se apoya en un camino que desciende por la ladera Este de la sierra, pero tras un estudio arqueológico se identificó una posible interferencia con el recinto Fortificado de Fuentepudia que desaconsejó la realización de excavaciones en el entorno.

No se plantean alternativas para el tramo de línea eléctrica de 66 kV, que se requerirá construir hasta la nueva subestacion Ariñez, ni en el tramo siguiente, que se plantea en subterráneo hasta la subestación existente en Jundiz.

1.4.– Descripción de la alternativa seleccionada.

El proyecto consiste en la construcción del parque eólico Cantoblanco y de su infraestructura de evacuación asociada, en los términos municipales de Añana, Ribera Alta, Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz (Álava). El diseño del parque cuenta con 8 aerogeneradores, denominados CA-01, CA-02, CA-03, CA-04, CA-05, CA-06, CA-07 y CA-08, a lo largo de casi 6 km de cresta del cordal de Cantoblanco, a cotas que van desde 800 m.s.n.m. hasta los 1.000 m.s.n.m, en el término municipal de Ribera Alta. Se prevé que la instalación tenga una producción anual neta de unos 149 GWh.

El proyecto incluye, además de los accesos y caminos internos, las infraestructuras asociadas. La electricidad generada por el parque se conducirá, mediante circuitos subterráneos en 30 kV en paralelo al camino de acceso hacia la subestación transformadora (elevadora) San Tuste, que se construirá al inicio del acceso Norte del parque, en los alrededores de Ormijana. En la subestación transformadora (elevadora) San Tuste se elevará la tensión a 66 kV. La línea eléctrica de 66 kV tendrá una longitud total de 17.095 metros, de los cuales 16.150 metros discurrirán de forma aérea y 808 metros discurrirán de modo subterráneo. Puesto que una sección del tendido eléctrico intercepta con la línea de Alta Velocidad Madrid-Vitoria, 136 metros de su recorrido podrán ser subterráneos o aéreos. La línea eléctrica está compuesta por 70 apoyos, finalizará en la subestación reductora de tensión 66/30 kV denominada Aríñez, donde se reducirá la tensión a 30 kV y se conectará mediante una línea subterránea a la subestación existente Jundiz, donde se efectuará la conexión de la instalación a la red de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U.

Aproximadamente 2,3 ha de terreno se verían afectadas permanentemente por los aerogeneradores (áreas de cimentaciones y plataformas). La alineación completa del parque eólico (cimentaciones, plataformas, caminos internos y caminos de acceso) afectará permanentemente a unas 8,6 ha. La superficie de afección temporal asciende a 22 ha, una superficie extensa corresponde con masas forestales.

La siguiente tabla recoge las coordenadas U.T.M. de los aerogeneradores.

(Véase el .PDF)

En síntesis, el parque eólico conlleva los siguientes componentes y actuaciones:

Aerogeneradores.

El modelo de aerogenerador seleccionado es SG170 de 6,2 MW de potencia, con altura de buje de 115 m y rotor tripala de 170 m de diámetro. El área de barrido es de 22.692 m2. Las distancias entre aerogeneradores oscilan entre 548 m y 830 m.

A grandes rasgos, para el montaje del aerogenerador se ensamblan los tramos de la torre sobre la base de anclaje; a continuación, se colocan los diversos accesorios de la torre (escaleras, plataformas, cable de seguridad anticaídas, etc.) y se procede al ensamblaje del rotor, sobre el terreno, acoplando las palas al buje y montaje individual de cada pala.

Cimentaciones y plataformas de montaje.

Cada aerogenerador precisa de la ejecución de una cimentación de hormigón armado de base circular, de 24,90 m de diámetro y 3 m de canto y un pedestal de unos 6,4 m de diámetro.

Además, junto a cada torre, se acondicionará una plataforma horizontal compuesta de diferentes áreas de trabajo para que puedan situarse la grúa o grúas que se precisan para elevar los equipos. Estas áreas sumarían una superficie de 1.376 m2 aproximadamente. La definición de las plataformas se basa en la realización de «Just In Time» de tramos y palas; los componentes que se almacenarán cerca del aerogenerador (buje, nacelle y tren de potencia) se acopiarán directamente encima de la cimentación.

Zona de acopio temporal.

Se habilitará una plataforma de acopio de componentes, con ocupación temporal de aproximadamente 12.300 m2, desbrozada y nivelada. La capacidad de almacenaje aproximada es la correspondiente a las palas y a los tramos de torre requeridos para cuatro aerogeneradores. La plataforma se ubicará cerca de la subestación San Tuste.

Accesos y caminos internos.

Para acceder al parque eólico se utilizarán dos caminos principales ya existentes, que habrá que acondicionar debidamente. En total se deberá acondicionar 5.707 m de caminos y, además, será necesario ejecutar 5.495 m de viales nuevos.

Se partirá desde el entorno de Pobes-Subijana, a pie de la autopista AP-68, y se tomará la carretera A-3318, que se dirige a Escota y Barrón, tras el cual hay un enlace con la carretera A-4319 que conduce a Atiega y Tuesta.

A partir de este punto, se realizará un acceso desde Atiega hasta el área cercana a la cumbre en el entorno de la posición prevista para el CA-01, desde donde irá enlazando sucesivamente con las posiciones propuestas hasta el CA-08.

Existirá un segundo acceso que se basará en los caminos existentes que parten desde los alrededores de Ormijana, donde estará ubicada la subestación elevadora de San Tuste y el área de acopio temporal para componentes de aerogeneradores, y que ascenderá hasta las inmediaciones del CA-06.

Como consecuencia, se podrá establecer una vía de entrada (desde Atiega) y otra de salida (hacia el Norte, hacia Ormijana) durante la fase de obras que evitará que se crucen los transportes. Una vez finalizadas las obras, se mantendrá únicamente el acceso desde Atiega, por ser el que mejor cumple con los requisitos de transporte.

El acceso a la subestación reductora Aríñez se realizará a través de carreteras existentes que parten desde los alrededores de la localidad de Aríñez, tomando la Autovía del Norte A-1 para conectar luego con la carretera N-102, desde donde se tomará la carretera urbana A-3304 en proximidad de la cual estará ubicada dicha subestación.

Subestación San Tuste.

La subestación transformadora estará situada aproximadamente a 300 m al Sur del núcleo de Ormijana, en el suelo no urbanizable del término municipal de Ribera Alta. La entrada de la línea de media tensión en 30 kV se realizará en subterráneo, procedente del parque eólico Cantoblanco. La salida de los circuitos de alta tensión en 66 kV se realizará en aéreo. La superficie de ocupación previstas es de 12.000 m2.

Línea eléctrica de evacuación de la energía y punto de conexión.

Los circuitos subterráneos en 30 kV partirán desde los aerogeneradores y discurrirán en paralelo al camino de acceso hacia la subestación transformadora (elevadora) San Tuste. Se proyectan tres circuitos subterráneos para la interconexión de los aerogeneradores y de estos con la citada subestación.

A partir de la subestación San Tuste se configura un sistema de evacuación hasta el punto de conexión en la subestación de Jundiz. Desde la subestación San Tuste se llevará la energía mediante una línea eléctrica en 66 kV de carácter aéreo-subterráneo. La línea eléctrica proyectada discurrirá por los términos municipales de Ribera Alta, Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz, componiéndose de tres tramos aéreos y dos tramos subterráneos y un total de 70 apoyos. La línea de evacuación San Tuste-Aríñez tendrá una longitud total de 17.095 metros, de los cuales 16.150 metros discurrirán de forma aérea y 808 metros discurrirán de modo subterráneo. Puesto que una sección del tendido eléctrico intercepta con la línea de Alta Velocidad Madrid-Vitoria, 136 metros de su recorrido podrán ser subterráneos o aéreos. La calle de seguridad bajo la línea tendrá una anchura máxima de 30 m y, puesto que en las contadas ocasiones en las que sobrevolará vegetación arbórea, el tendido superará holgadamente la altura de las copas, no se contempla la realización de talas ni de podas. En concreto, la línea tiene las siguientes características:

– Tramo aéreo I, cuya longitud es de 2.954 metros, que tiene su origen en la Subestación San Tuste hasta la conversión aéreo-subterráneo en el apoyo n.º 12. Este tramo contará con 12 apoyos y discurrirá a lo largo del valle de Lacozmonte, por el TM de Ribera Alta.

– Tramo subterráneo I, que tiene una longitud de 549 metros desde la conversión aéreo- subterráneo en el apoyo n.º 12 hasta la conversión subterráneo-aéreo en el apoyo n.º 13. Este tramo discurrirá en el TM de Ribera Alta. En este tramo se cruza el río Baia.

– Tramo aéreo II, cuya longitud es de 7.223 metros desde su origen en la conversión subterránea-aéreo en el apoyo n.º 13 hasta la conversión aéreo-subterráneo realizada en el apoyo n.º 44. Este tramo contará con 32 apoyos y discurrirá por los TM de Ribera Alta e Iruña de Oca.

– Tramo subterráneo II, que presenta una longitud de 259 metros desde la conversión aéreo- subterráneo en el apoyo n.º 44 hasta la conversión subterráneo-aéreo en el apoyo n.º 45. Este tramo discurrirá en el TM de Iruña de Oca. En este tramo se atraviesa el río Zadorra.

– Tramo aéreo III, cuya longitud es de 6.109 metros desde su origen en la conversión subterráneo-aéreo n.º 45 hasta la Subestación Aríñez. Este tramo discurrirá por los TM de Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz. El cruce con la línea de Adif, aún no está definido si será en aéreo o en subterráneo, por tanto, los apoyos n.º 54 y n.º 54 bis serán tipo PAS en caso de realizarse el cruce con la línea de AVE en subterráneo. Contará con 27 apoyos.

Los apoyos que componen la línea son de celosía con cimentaciones monobloque y tetrabloque. Los apoyos tendrán una configuración tal que los conductores de las tres fases se encuentren al tresbolillo y cada fase estará constituida por un único conductor. La altura de dichos apoyos dependerá de la orografía y variará de 9 a 35 metros.

La línea eléctrica en 66 kV proyectada finalizará en la subestación reductora de tensión 66/30 kV denominada Aríñez, donde se reducirá la tensión a 30 kV y se conectará mediante una línea subterránea a la subestación existente Jundiz, donde se efectuará la conexión de la instalación a la red de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. La línea subterránea de conexión Ariñez-Jundiz contará con una longitud total de 1.217,37 metros y transcurrirá paralela a los caminos existentes mediante zanjas ejecutadas a un lado de los mismos.

Subestación Ariñez.

La Subestación Aríñez estará situada en el suelo no urbanizable del término municipal de Vitoria-Gasteiz, aproximadamente a 170 m al Norte del núcleo de Aríñez. La entrada de la línea de alta tensión en 66 kV se realizará en aéreo, procedente de la SET San Tuste. La salida de los circuitos de media tensión en 30 kV se realizarán subterráneamente hacia la subestación existente Jundiz.

Plazo de ejecución.

La duración total prevista de las obras es de diecisiete meses.

1.5.– Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

El emplazamiento del proyecto de parque eólico de Cantoblanco, así como sus instalaciones asociadas presenta notables valores naturalísticos y en concreto, altos valores paisajísticos y avifaunísticos. Por el buen estado de conservación del cordal y de sus valles asociados, es un hábitat ideal para la nidificación, campeo y alimentación de las aves. Este cordal montañoso se localiza en una posición central y elevada entre numerosos ámbitos protegidos por su interés medioambiental y paisajístico, por lo que ejerce una función de nexo conector vital para el mantenimiento de los procesos ecológicos entre los espacios naturales protegidos y la conservación de la fauna silvestre, con presencia de varias especies amenazadas.

De acuerdo con los valores señalados y conforme al «Mapa de Sensibilidad para las energías renovables. Energía eólica» (Gobierno Vasco, 2021), trabajo realizado para el desarrollo de las energías eólica y fotovoltaica y su compatibilización con la conservación del patrimonio natural en la CAPV, la mitad occidental del cordal de Cantoblanco y sus laderas es una zona con alta y máxima sensibilidad para la instalación de parques eólicos, mientras que la mitad oriental presenta una sensibilidad máxima. Los factores para atribuir la indicada sensibilidad a esta sierra son los siguientes: presencia de bosques naturales, proximidad a roquedos, zona de protección de aves y quirópteros, paisaje catalogado y el coste ambiental, teniendo en cuenta en este caso factores como la pendiente y la naturalidad. Las categorías de alta y máxima sensibilidad se corresponden con áreas que presentan gran vulnerabilidad a la afección de proyectos eólicos o fotovoltaicos de cierta envergadura, pues acogen valores ecológicos y a especies de fauna muy valiosas que requieren ser conservadas y que serían perjudicadas gravemente por instalaciones de este tipo.

1.5.1.– Fauna y vegetación.

El proyecto se localiza en una zona de alto interés desde el punto de vista de la avifauna. En su entorno hay una concentración de puntos de nidificación y el cordal es frecuentado por varias especies amenazadas e incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves (águila real, alimoche, halcón peregrino, culebrera europea, búho real, aguilucho pálido, aguilucho cenizo, buitre leonado, milano real y águila de Bonelli). Además, el emplazamiento de Cantoblanco destaca como área de campeo y alimentación para numerosas parejas de aves rapaces que nidifican en escarpes próximos al emplazamiento y en los roquedos de Arkamo.

El promotor ha señalado que la alternativa del proyecto elegida es idónea porque no se encuentra en ninguna de las áreas consideradas por los Planes de Gestión de la fauna o la flora catalogada aprobados en la CAPV. Sin embargo, conforme al artículo 16 del Plan Conjunto de Gestión de las aves necrófagas de interés comunitario de la CAPV, el cordal de Cantoblanco es Zona de Protección de Alimentación para las aves necrófagas. Estas zonas se localizan tanto en el interior como en el exterior o en las proximidades de los espacios protegidos y su interés radica en que forman parte del dominio vital de estas especies. En este sentido, conforme al citado Plan de Gestión, la instalación de los aerogeneradores se sitúa próxima a varias Áreas de Interés Especial (AIE) para este grupo de especies, que destacan por la abundancia y diversidad de estas aves y, por lo tanto, se consideran fundamentales para el mantenimiento a largo plazo de sus poblaciones. Estas áreas coinciden con la ZEC ES211004 Arkamu-Gibillo-Arrastaria, la ZEPA Sierra Sálvada (ES0000244) y ZEC-ZEPA Valderejo_Sobrón-Sierra de Arcena (ES21110024).

El ámbito en el que se localiza el proyecto es frecuentado por el águila de Bonelli, tal y como se desprende de las actuaciones de radioseguimiento realizadas en el marco de diferentes proyectos LIFE en los que ha participado la Diputación Foral de Álava conjuntamente con otras Administraciones. Esta especie, catalogada en la CAPV en Peligro de Extinción, cuenta con Plan de Gestión en el Territorio Histórico de Álava (Orden Foral 612/2001).

A una distancia de 630 m de la ubicación del aerogenerador más próximo y de 4,5 km del trazado de la línea eléctrica se localiza la IBA (Important Bird Areas) 32 Valdegovía - Sierra de Árcena y a 2,1 km de la línea de evacuación de energía y de 3,1 km del aerogenerador más cercano está la IBA 33 Montes de La Peña – Sierra Sálvada – Sierra de Arcamo.

El ámbito del parque eólico recae asimismo sobre Zonas de Protección de la Avifauna frente a tendidos eléctricos identificadas mediante Orden, de 6 de mayo de 2016 de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial. Tal y como indica el título de la citada Orden, se trata de las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves amenazadas y en las mismas resultan de aplicación las medidas para la salvaguarda contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión. Las Zonas de Protección de Avifauna se corresponden, por una parte, con las ZEPAs y las Áreas de Interés Especial de las especies amenazadas y, por otra, incluyen determinadas Zonas de Protección para la Alimentación de las aves necrófagas, así como zonas con elevada concentración de zonas de cría de águila real, halcón peregrino y búho real, y de dormideros invernales de milano real. El entorno de Cantoblanco se ha incluido como Zona de Protección de Avifauna al cumplir con varios de los anteriores criterios.

El entorno de Cantoblanco y sus tierras inmediatas (Arkamo, Olvedo, Barrio, zona de Astulez-Caranca) destaca por una diversidad muy elevada de especies de murciélagos. A unos 6 km hay un refugio prioritario, en la sierra de Tuyo, identificado en el trabajo realizado para el Plan Conjunto de Gestión de quirópteros que habitan refugios subterráneos y edificaciones en la Comunidad Autónoma del País Vasco (Gobierno Vasco y Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, 2018). Los aerogeneradores CA-04, CA-05, CA-06, CA-07 y CA-08 se sitúan dentro del radio de 10 km en torno a este refugio prioritario, radio mínimo establecido por la Guía de Secemu (Directrices básicas para el estudio del impacto de instalaciones eólicas sobre poblaciones de murciélagos en España, 2012) para realizar una prospección de estos refugios respecto a la ubicación de los aerogeneradores. Asimismo, en el marco del trabajo «Colonias y principales refugios de quirópteros de la Zona de Especial Conservación de Arkamu-Gibillo-Arrastaria» (asociación Salvagoro 2022) y con la información disponible de estudios anteriores, en dicha ZEC se han identificado 19 especies de quirópteros, un número alto si tenemos en cuenta que en el País Vasco habitan 23 especies, todas ellas recogidas en el Catálogo Vasco de Especies Protegidas. Las especies detectadas en ambos trabajos se relacionan más adelante.

Algunas de las comunidades presentes en el ámbito de afección del proyecto constituyen hábitats naturales de interés comunitario prioritario, tales como el hábitat 6210: Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (*parajes con notables orquídeas), y el hábitat 6220*: «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero – Brachypodietea». Asimismo, están presentes los hábitats 4090: «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga» y 8210: «Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica». Además, se localizan en la zona de posible afección del proyecto importantes superficies de comunidades vegetales pertenecientes a la serie evolutiva de los carrascales (hábitat 9340, Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia) y de los pinares de pino albar, con zonas de vegetación madura bien conservada. En el entorno del proyecto se localizan poblaciones de flora amenazada y de interés (Sideritis ovata y numerosas especies de orquídeas).

1.5.2.– Espacios protegidos, corredores ecológicos y otros espacios de interés naturalístico.

Los espacios protegidos más cercanos al emplazamiento son:

– ZEC ES2110004 Arkamu-Gibillo Arrastaria, que a su vez es una reserva de biodiversidad de la red de infraestructura verde de la CAPV. Situado a algo más de 1 km de distancia al Norte de la alineación.

– ZEPA Sierra Sálvada (ES0000244) situado a unos 17 km al Noroeste de la alineación.

– ZEC Lago de Caicedo Yuso y Arreo (ES2110007) situado a unos 6 km al Sur de la alineación.

– Biotopo protegido Diapiro de Añana (B007), igualmente incluido como reserva de biodiversidad de la red de infraestructura verde de la CAPV y que contiene además el Lago de Caicedo-Suso (a su vez ZEC ES2110007) y Salinas de Añana, humedales de importancia internacional (Ramsar). A una distancia de unos 4 km al Sur de la alineación.

– ZEC ES2110006 Río Baia, situado a algo más de 2 km de distancia de la alineación.

– ZEC ES2110005 Río Omecillo-Tumecillo, a 3 km de distancia aproximadamente desde el acceso de Atiega.

– ZEC-ZEPA Valderejo_Sobrón-Sierra de Arcena (ES21110024) situado a unos 8 km al Suroeste de la alineación.

El emplazamiento de Cantoblanco forma parte de dos corredores ecológicos de la red de infraestructura verde definida en las Directrices de Ordenación Territorial de la CAPV y la sección occidental del mismo está considerada «Área de enlace de importancia suprarregional» de acuerdo con la Red de Corredores Ecológicos de la Comunidad Autónoma de Euskadi de 2005. Según la «Estrategia de Conectividad Ecológica y Paisajística del TH de Álava», el ámbito de posible afección del proyecto coincide con el corredor de enlace «Valderejo-Montes Altos de Vitoria» y su área de amortiguación, tratándose de un corredor de gran importancia, tanto desde el punto de vista de la conectividad ecológica como de la continuidad paisajística.

1.5.3.– Geomorfología y paisaje.

En lo que respecta a la geomorfología y climatología, el emplazamiento del proyecto presenta una orografía compleja, con grandes desniveles tanto en las laderas como a lo largo de las cumbres que conforman esta sierra, por lo que la obra civil para instalar un parque eólico requiere la ejecución de desmontes y rellenos de gran envergadura. Por otra parte, debido a la orografía de la zona, el cordal de Cantoblanco es una zona de frecuentes nieblas, cuestión que adquiere especial relevancia en un proyecto de estas características.

Próximo al ámbito de actuación se encuentra el Paisaje Cultural del Valle Salado de Añana, calificado como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, por el Decreto 185/2013 (BOPV n.º 70, de 12-04-2013). Tanto el Valle de Lacozmonte como los Montes de Cantoblanco figuran como Áreas de Especial Interés Paisajístico en el Catálogo del Paisaje del Plan Territorial Parcial (PTP) de Álava Central. La mitad occidental de esta sierra se incluye en el área denominada Sierras de Añana y Bóveda (IV7) y se contempla la protección de este paisaje natural en relación a la infraestructura verde y sus servicios ecosistémicos. La mitad oriental de la sierra se incluye en el área Sierra de Tuyo y Montes de Pobes (P6) y el PTP contempla actuaciones de protección visual por su alta calidad y fragilidad. Asimismo, en el Catálogo de paisajes singulares y sobresalientes del Territorio Histórico de Álava se considera como paisaje sobresaliente con código n.º 3 Basquiñelas-Paúl.

El emplazamiento propuesto se localiza sobre Montes de Utilidad Pública denominados n.º 566-1 «Sopeña», n.º 647-1 «Bajo Sopeña», n.º 583, denominado «Cabo y Vallecilla» y n.º 607 «Maniana y Peñamil». Conforme a la normativa en la materia, se trata de montes de titularidad pública catalogados por los importantes beneficios ambientales y sociales que generan (protección frente a la erosión, regulación del régimen hidrológico, contribución a la biodiversidad, entre otros).

Destaca la presencia en el entorno de Lugares de Interés Geológico: diapiro de Añana (LIG n.º 116), calizas de Subijana (LIG n.º 29) y conglomerados de Pobes (LIG n.º 54).

En el entorno en el que se desarrollará el parque existen abundantes puntos de agua, algunos de ellos incluidos en el Registro de Zonas Protegidas del Plan Hidrológico del Ebro como captaciones para abastecimiento.

2.– Resumen del resultado del trámite de información pública y de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

En el anexo a esta Resolución se resume el resultado de los trámites de información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas iniciado en abril de 2023, conforme a lo establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En el expediente constan los documentos de contestación del promotor a las alegaciones, así como un documento donde se describe como se ha tenido en cuenta los informes de las administraciones públicas afectadas.

3.– Análisis técnico del expediente.

De acuerdo con la información que obra en el expediente, incluyendo la recogida en el estudio de impacto ambiental (texto refundido) y la que figura en los informes emitidos por las administraciones públicas afectadas y las personas interesadas, así como de las alegaciones recibidas en el trámite de información pública, se pueden destacar, en síntesis, los siguientes aspectos relevantes de la evaluación.

3.1.– Análisis ambiental para selección de alternativas.

3.1.1.– Alternativas de localización de los aerogeneradores.

En el estudio de impacto ambiental (EsIA), además de contemplarse la alternativa cero, o de no actuación, se contemplan dos posibles propuestas técnicas de ubicación de las poligonales de emplazamiento del parque eólico, la alternativa 1 y la alternativa 2. La alternativa 1 contempla un total de 9 aerogeneradores y la alternativa 2 contempla los 8 aerogeneradores finalmente proyectados. El promotor ha descartado la posibilidad de localizar un aerogenerador en la cima de Peñamil, en el extremo NW del cordal de Cantoblanco, por su proximidad a un punto de nidificación de águila real con una presencia prácticamente continua de esta especie en época de cría.

3.1.2.– Alternativas de acceso.

El promotor analiza tres opciones técnicamente viables, las tres opciones utilizan caminos existentes que hay que adecuar a los requisitos técnicos exigidos para el transporte de las palas.

La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco, en relación con la alternativa elegida, indica que la construcción de dos accesos, uno desde Atiega y otro desde Ormijana, el primero como vía de entrada y el segundo como vía de salida durante la fase de obras, podría duplicar las afecciones en cuanto a la afección a la vegetación, movimientos de tierras, molestias a la fauna, etc. Por su parte, el Servicio de Montes del Departamento de Sostenibilidad, Agricultura y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava no considera necesarios los dos accesos y solicita que se seleccione como alternativa el de menor impacto. Señala que «en el caso del acceso desde Ormijana, la adecuación del camino existente supone en torno al 20 % del movimiento de tierras de todo el proyecto, en menos de 1 km de recorrido, creando unos taludes desproporcionados, que serían visibles desde todo el valle de Lacozmonte».

Por su parte, el Servicio de Carreteras de la Diputación Foral de Álava, en un primer informe solo considera autorizable el acceso desde Ormijana.

A la vista de los citados informes, desde el órgano ambiental se ha requerido al promotor el análisis de 3 alternativas de acceso: la alternativa 1 que prevé los dos accesos, uno de entrada desde Atiega y otro de salida hacia Ormijana (alternativa seleccionada inicial y finalmente por el promotor); la alternativa 2 que consiste en la ejecución de un único acceso desde Atiega, propuesta por la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco, y la alternativa 3 que consiste en la ejecución de un único acceso desde Ormijana, propuesta inicialmente por el Servicio de Carreteras de la Diputación Foral de Álava.

Posteriormente, en un segundo informe, el Servicio de Carreteras permite la ejecución de dos accesos durante la fase de obras, si bien el acceso desde Atiega debe restituirse al finalizar las mismas, lo que puede condicionar la ejecución del proyecto, que prevé la utilización de los dos accesos en fase de obras y el acceso desde Atiega en fase de explotación.

El promotor concluye que la construcción de dos accesos es la más adecuada ambientalmente porque acorta el tiempo de obras y no será necesario construir apartaderos adicionales y zonas de giro para que los transportes puedan cruzarse en sus trayectorias, por lo que no modifica el proyecto y mantiene la alternativa seleccionada de ejecutar y mantener los dos accesos.

Con relación a la zona de acopio temporal de los componentes de los aerogeneradores, ha sido rediseñada para respetar la distancia de 15 metros al arroyo de Eskota requerida en el PTS de Ordenación de las Márgenes de los Ríos y Arroyos de la CAPV tal y como indicaba la Agencia Vasca del Agua.

3.1.3.– Alternativas para la evacuación de la energía y las subestaciones eléctricas de transformación.

En respuesta a las consideraciones realizadas por la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco y la Agencia Vasca del Agua con relación a los apoyos de la línea eléctrica de evacuación a construir se presentan los siguientes cambios:

– El apoyo número 8 se podría desplazar máximo 30 m en dirección sur para alejarse del pozo de abastecimiento de emergencia de Vitoria-Gasteiz y entorno Subijana-B.

– El apoyo número 14 se desplaza para evitar la afección a formaciones vegetales de interés y se ubica en una zona de cultivo.

– El apoyo número 45 se ha desplazado unos 68 m en la dirección que sigue la línea área. Esos 68 m se han previsto en trazado subterráneo mediante zanja enterrada bajo tubo, con una profundidad mínima de 1,27 m, de esta forma se consigue alejarla casi 100 m del borde del rio Zadorra.

Para evitar las interferencias del trazado de la línea de Alta Velocidad Madrid-Vitoria se reubican los apoyos 51, 52, 53 y 54. En relación al cruce con la línea de AVE el promotor indica que se podría realizar tanto en aéreo como en subterráneo. Los apoyos n.º 54 NEW y n.º 54 NEW bis serán tipo PAS en caso de realizarse el cruce con la línea de AVE en subterráneo.

Desde el órgano ambiental se ha requerido al promotor el análisis de la alternativa de soterramiento del tramo de la línea eléctrica de 66 kV que discurre por el valle de Lacozmonte, desde la subestación eléctrica de San Tuste hasta el apoyo n.º 13, al objeto de evitar su impacto en un ámbito de especial interés paisajístico, tal y como ya había solicitado el Ayuntamiento de Ribera Alta en su informe. El promotor descarta esta opción en base a las pérdidas asociadas al transporte en soterrado y a hipotéticos inconvenientes de carácter territorial, urbanístico y del medio físico, si bien no ha analizado estos factores sobre el terreno. Considera en definitiva que no supondrá un cambio significativo del paisaje del valle. Por lo tanto, mantiene la previsión de ejecutar la línea eléctrica aérea de 66 kV desde la subestación de San Tuste hasta la nueva subestación Ariñez en un tramo de 17 km.

En relación a la subestación de San Tuste, el Ayuntamiento de Ribera Alta solicita que se modifique la ubicación a una nueva parcela a una distancia de unos 750 metros de la localidad de Ormijana. El promotor considera que por razones técnicas (aumento de pérdidas eléctricas) y razones económicas no es posible la reubicación de la subestación. Como medida para evitar un impacto visual plantean en su diseño la plantación de pantallas vegetales. Posteriormente, desde el órgano ambiental se ha requerido al promotor que valore esta alternativa al objeto de alejar la subestación del núcleo de Ormijana y reducir su impacto visual.

En relación a la subestación de Aríñez la Junta Administrativa de Aríñez solicita, asimismo, que se traslade la ubicación prevista a una parcela del polígono industrial de Subillabide para evitar que aumente la magnitud de los impactos previsto con el trazado aéreo y soterrado de la línea hasta el polígono industrial de Júndiz. Por su parte el Servicio de Zona Rural del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz también ha propuesto el traslado a suelos con calificación urbano-productivo. El promotor justifica la imposibilidad de trasladar la ubicación por razones técnicas, pero en respuesta a la Dirección de infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Álava la subestación de Aríñez se desplaza ligeramente y, debido a dicho desplazamiento, el trazado de la línea en 30 kV desde SET Ariñez a la SET Jundiz se modifica. Al igual que en el caso de la subestación de San Tuste, desde el órgano ambiental se ha requerido al promotor que valore la alternativa de trasladar la subestación a una parcela de suelo urbano industrial en Subillabide o en el mismo polígono de Jundiz, al objeto de reducir su impacto visual desde el núcleo y el consumo de suelo no urbanizable (de alta capacidad agrológica).

Finalmente, el promotor ha descartado el traslado de ambas subestaciones al considerar que los cambios en el paisaje no serán relevantes y que existe la posibilidad de ocultar estas instalaciones con barreras vegetales.

3.2.– Tratamiento de los impactos significativos de la alternativa elegida.

De acuerdo con la documentación analizada y los informes remitidos por las administraciones públicas y personas interesadas consultadas, los impactos del proyecto más relevantes son los relacionados con los aspectos del medio que se relacionan a continuación:

3.2.1.– Fauna y vegetación.

Los factores más relevantes que se verán afectados por el proyecto son la vegetación, la fauna, en concreto la avifauna y los quirópteros, y sus hábitats.

De acuerdo con el estudio de avifauna presentado por el promotor, correspondiente a un ciclo anual completo entre la segunda quincena de enero de 2022 y la primera de enero de 2023, se ha detectado 119 especies diferentes. En el entorno de los aerogeneradores se han detectado 71 especies y en el entorno de la línea de evacuación de energía se han registrado 107 especies de aves diferentes. Concretamente se han detectado las siguientes especies que se encuentran en alguna categoría de amenaza del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina (CVEA), del Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (LESRPE) o especies incluidas dentro del Anexo I de la Directiva Comunitaria relativa a la conservación de las aves silvestres, Directiva del Consejo 2009/147/CE (Directiva Aves).

(Véase el .PDF)

En el entorno del parque eólico se han registrado 4.138 contactos, de los cuales, 431 han sido identificados como vuelos en situación de riesgo potencial, lo que supone un 10,4 % del total. El 35,5 % de las situaciones registradas alrededor del CA-04 fueron vuelos en situación de riesgo potencial, los CA-03, CA-05, CA-06 y CA-08 han registrado más de un 10 % de situaciones de riesgo potencial. La mayoría de estas situaciones ha sido protagonizada por especies de aves rapaces y planeadoras, representando un 85,8 % del total de los vuelos en situación de riesgo. En el entorno del parque eólico se han detectado 44 especies de rapaces y planeadoras.

Entorno de la línea de evacuación de energía se han registrado 5.303 contactos. En este caso, el porcentaje de vuelos potencialmente peligrosos corresponde a 1,1 % (59). Las aves rapaces y planeadoras han efectuado el 84,7 % de estos vuelos.

El estudio realiza un análisis de riesgo de colisión utilizando el índice de sensibilidad para aves, índice de vulnerabilidad espacial y uso del espacio aéreo de las aves más vulnerables. Los aerogeneradores que mayor índice de vulnerabilidad espacial tienen son el CA-02, CA-03, CA-04, CA-05 y CA-06. Este índice tiene la finalidad de sectorizar la zona de estudio en áreas con diferente nivel de riesgo por colisión para las aves, para ello se utiliza el número de observaciones de cada especie en la zona y el grado de sensibilidad de cada especie a la instalación del proyecto.

De acuerdo al informe del Servicio de Sostenibilidad Ambiental y del Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava en el entorno directamente afectable por el proyecto hay presencia destacada de especies rupícolas y necrófagas amenazadas muy relevantes; entre otras especies se destacan las siguientes: águila real, alimoche, halcón peregrino, buitre leonado, milano real, milano negro, búho real y otras rapaces forestales nocturnas, cernícalo común, águila culebrera, águila calzada o gavilán. Además, debido a la presencia de campos de cereal, se observan el aguilucho cenizo y el aguilucho pálido. Asimismo, la rapaz rupícola águila de Bonelli viene territorializando durante los últimos años el entorno de Arkamo y Cantoblanco, tal y como se puede ver en los radioseguimientos realizados. Además, en este informe se destaca que muchas de estas especies, en particular las de gran tamaño como necrófagas y águilas, tienen una baja tasa reproductora.

En concreto, cabe destacar y analizar las siguientes especies de avifauna:

– Águila real (Aquila chrysaetos): especie incluida dentro del Anexo I Directiva Aves, como vulnerable en el CVEA e incluida en el Listado de especies en régimen de protección especial. Con relación a la población presente en la CAPV Álava es el Territorio Histórico que aglutina el 90-95 % de esta especie. Al Oeste de la provincia alavesa (Municipios de Ribera Alta, Kuartango, Añana y Valdegovía) se localizan aproximadamente el 30 % de los territorios de águila real de toda la CAPV. La densidad de águila real en un radio reducido en el entorno de Cantoblanco es muy elevada, hay seis territorios de cría de la especie. Uno de los territorios de nidificación utilizados hoy en día por una pareja de águilas reales está a unos 800 metros del aerogenerador CA-01 proyectado; asimismo, 3 parejas reproductoras más tienen su área de nidificación y cría a menos de 5-6 km del ámbito de la posición del proyecto, y otras dos parejas a menos de 10 km. De acuerdo al estudio de avifauna presentado por el promotor se han registrado situaciones potencialmente peligrosas para la especie, tanto en vuelos nupciales, donde el macho realizaba picados en el cordal de Cantoblanco (en una ocasión), como en vuelos de defensa ante el hostigamiento provocado por córvidos, o bien recorriendo a baja altura el cordal donde están proyectados los aerogeneradores. Concretamente, en el estudio se indica que se han registrado 52 contactos con la especie, sobrevolando el área de estudio, en vuelo de desplazamiento o campeo. En 33 ocasiones los avistamientos han sido localizados dentro de la envolvente de 1 km alrededor de los aerogeneradores y 14 de estos vuelos fueron identificados como potencialmente peligrosos por su proximidad al área de barrido de las palas de los aerogeneradores proyectados. Asimismo, en este estudio se indica que la pareja de Barrón tiene 4 posaderos habituales desde donde vigila su territorio de cría, uno de esos posaderos está próximo al aerogenerador CA-02.

A juicio del informe del Servicio de Sostenibilidad Ambiental y del Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, al riesgo de colisión con los aerogeneradores se une la transformación y pérdida de un espacio o hábitat vital para esta especie, con una incidencia gravísima a nivel de Álava y del País Vasco. El Grupo Alavés de Defensa y Estudio de la Naturaleza (Gaden, asociación cuyos objetivos principales son la protección del medio natural y la investigación, y que ha colaborado con la Diputación Foral de Álava en varios estudios de la situación poblacional y los parámetros reproductores del águila real) justifica que la construcción del parque eólico proyectado no solamente podría tener riesgos por colisión con los aerogeneradores para la especie, sino que para la pareja situada próxima a uno de los aerogeneradores supondría la pérdida de hábitat que no podría compensar ampliando su territorio, aunque dicho territorio sea de más baja calidad, ya que no dispone de más superficie al estar rodeada de otras zonas de nidificación ya ocupadas por otras parejas. Para su argumentación utiliza los datos de investigación del parque eólico de Badaia, los datos provienen de los trabajos realizados dentro del control de colisiones y cambios de comportamiento de la avifauna especificado en el Programa de Vigilancia Ambiental del parque eólico de Badaia que consistió en la captura en el año 2005 del macho adulto de la pareja más cercana al parque eólico de Badaia, con el objeto de instalarle un transmisor GPS. El águila real radiomarcada tenía cinco grandes zonas donde fue localizada con una mayor frecuencia y una de ellas es la sierra de Cantoblanco. La construcción de esta instalación industrial tan cerca de su zona de nidificación supuso un cambio comportamental de esta pareja y eliminó de facto una gran parte de su territorio de campeo y de caza. Asimismo, consideran que para los «volantones» de águila real, que se mantienen en el territorio natal durante 3-4 meses, supone un riesgo muy elevado de accidentes instalar aerogeneradores muy próximos a los nidos donde nacen. Consideran también que la construcción de un parque eólico en las proximidades de nidificación podría tener consecuencias en el éxito reproductor de la especie. De acuerdo a la tasa de reproducción estudiada en la pareja de Techa entre los años 1992-1996 la tasa fue de 1 pollo/año; una vez instalado el parque eólico de Badaia en el año 2006, hasta el 2011 la tasa de reproducción fue de 0,33 pollos/año. Si se compara con una pareja de águila real la más alejada del parque eólico en ese mismo periodo (2006-2011) la tasa de reproducción es de 0,83 pollos/año. Por lo tanto, en el caso del águila real además de la mortalidad directa conlleva una destrucción o pérdida de calidad de hábitat para la especie que puede llegar a condicionar, localmente, la distribución de la especie. Seo BirdLife también considera que el proyecto del parque eólico además del riesgo de mortalidad por colisión con los aerogeneradores, puede traer la destrucción, alteración y pérdida de calidad del hábitat para la especie.

Tal y como ha señalado Gaden, si se analizan los datos de seguimiento del ejemplar radiomarcado en el marco de plan de vigilancia del parque eólico de Badaia, el área de campeo de la pareja de Techa, durante los años en que se pudo realizar el seguimiento, se encontraba desplazada hacia el Oeste respecto a lo que sería esperable. Conforme a la función Kernel, el ave hacía un uso mucho más importante de la mitad oriental del cordal de Cantoblanco y de Arkamo que de la zona de aerogeneradores de Badaia.

– Alimoche común (Neophron percnopterus): especie incluida dentro del Anexo I Directiva Aves, como vulnerable en el CVEA, y vulnerable en el CEEA. Con relación a la población presente en la CAPV de acuerdo con el último censo hay 55 territorios, 20 en Álava, 22 en Bizkaia y 13 en Gipuzkoa. En la provincia de Álava los territorios ocupados muestran una repartición espacial bastante amplia, pero con cierta concentración en las comarcas con mayor disponibilidad de roquedos, como Sierra Sálvada, Toloño-Cantabria, Izki, Valderejo-Peña Karria. Según los datos aportados por la Diputación Foral de Álava a menos de 6 kilómetros del parque eólico proyectado existen 3 territorios de alimoche (Tuyo, Jokano y Luna) cada uno con varios nidos de alimoche y esta sierra es utilizada periódicamente por la especie como área de campeo y alimentación. De acuerdo al estudio de avifauna presentado por el promotor no ha habido constancia de la utilización de ninguno de estos nidos durante el periodo reproductor correspondiente al ciclo anual de seguimiento de avifauna realizado. No obstante, revisando el seguimiento que se realiza en el parque eólico de Badaia para el alimoche entre 2006-2021 se observa que ha existido alternancia entre los años en los que los nidos de Jokano y Tuyo han sido ocupados, y en los que las parejas han llegado a reproducirse, y años en que no parece observarse actividad en Tuyo. Según el estudio de avifauna presentado por el promotor, se registraron avistamientos puntuales alrededor del CA-06. En relación con los siniestros registrados en el parque eólico de Badaia, en el 2016 se localizó un alimoche muerto por un aerogenerador. Gaden considera que aparte del posible impacto de colisión, puede haber pérdida, ocupación y transformación de hábitas naturales, biotopos, áreas de alimentación y refugio para la especie.

– Águila de Bonelli (Aquila fasciata): especie incluida dentro del Anexo I Directiva Aves, en peligro de extinción en el CVEA, y vulnerable en el CEEA. En la CAPV se distribuye únicamente por el Territorio Histórico de Álava. De acuerdo al estudio de avifauna presentado por el promotor, esta especie no ha sido detectada en ninguna ocasión. Sin embargo, en el citado estudio se considera que el entorno del proyecto puede presentar unas características compatibles con el hábitat adecuado para la especie, si bien señala que la alta densidad de águila real en el territorio hace poco probable que el águila de Bonelli pueda asentarse en el mismo.

De acuerdo al informe del Servicio de Sostenibilidad Ambiental y del Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, los ejemplares radioseguidos (se aportan registros en un mapa) demuestran que la zona de Cantoblanco es frecuentada como corredor natural en sus desplazamientos rutinarios por las sierras de Arkamo, Árcena y Valdegovía, pero también como zona de reposo y refugio, dormidero y oteadero.

De los datos de los ejemplares radioseguidos se observa que 12 ejemplares (el 25,5 % de los ejemplares radiomarcados) han utilizado o utilizan en mayor o menor medida el entorno de Cantoblanco. El uso realizado de estas Sierras es como corredor natural en los desplazamientos exploratorios y dispersivos de las crías, como zona de establecimiento natural de los jóvenes e inmaduros durante el periodo de dispersión juvenil y también como territorio utilizable en el proceso de recolonización de los valles que bordean Cantoblanco y Arkamo. Las zonas más frecuentadas de acuerdo a los últimos datos de radioseguimiento son los alrededores de CA-01, CA-02, CA-03, CA-04, dos de los individuos radioseguidos también usan la zona del CA-07 y CA-08.

Tanto la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismos de la DFA como Gaden y Seo BirdLife consideran que es un ámbito que constituye enclave estratégico para la recuperación de esta especie.

– Milano real (Milvus milvus): especie incluida dentro del Anexo I de la Directiva Aves, en peligro de extinción en el CVEA, y en peligro de extinción en el CEEA. El tamaño de la población en Euskadi presenta un mínimo de 54 territorios (32 en Gipuzkoa, 12 en Álava y 2 en Bizkaia). En el caso de Álava, la población estimada ronda las 12-14 parejas, la mayor parte situadas al Este del territorio, muy cerca de la comunidad autónoma de Navarra. Álava acoge un contingente de cierta importancia de ejemplares invernantes de origen más norteño. En el último censo de invierno realizado se obtuvo un mínimo de 299 milanos reales en dormideros y una estima para Álava de 448 aves. El grueso de esas poblaciones se centra en la comarca de Aiara-Ayala y las sierras occidentales. De acuerdo al seguimiento que realiza la Diputación Foral de Álava a esta especie se estima que la población invernante en las estribaciones de Sierra Sálvada y Gibillo puede ser como mínimo de 100 individuos. Destaca la provincia de Álava por el número de dormideros activos inventariados, 9. De acuerdo al estudio de avifauna presentado por el promotor es una de las especies más vulnerables al riesgo de colisión con los aerogeneradores. Se han detectado 58 ejemplares y se ha registrado esta especie en 43 ocasiones. Se ha producido 23 contactos en la envolvente de 1 km alrededor de la alineación de aerogeneradores, observándose 3 situaciones de peligro de colisión, 5,2 % del total de los registros. El índice de sensibilidad avifaunística es alto debido a su comportamiento y tipo de vuelo y su estado de conservación. En relación con los siniestros registrados en el parque eólico de Badaia, en el 2018 se localizó un milano muerto por un aerogenerador.

– Buitre leonado (Gyps fulvus): especie incluida dentro del Anexo I Directiva Aves, de interés especial en el CVEA e incluida en el Listado de especies en régimen de protección especial. Ocupa las zonas montañosas de los tres Territorios Históricos, localizándose las principales buitreras en las sierras occidentales alavesas de Valderejo, Sobrón y Sierra Sálvada. No obstante, el área de campeo y de alimentación se extiende prácticamente por toda la Comunidad Autónoma, aunque la franja costera es poco frecuentada. Conforme al último censo de 2019, la población de buitre en Álava se encuentra en torno a las 500 parejas. Entre los años 2014 y 2019 se han perdido 250 parejas, de las cuales un centenar han desaparecido de la zona de Sobrón-La Torca. Entre los años 2017 y 2019 la población ha parecido estabilizarse. Según datos proporcionados por la Diputación Foral de Álava, actualizados en 2024, en un radio de 8 km del parque eólico existe 1 pareja en Arkamo (Subijana-Morillas) y 2 parejas en Caranca. Asimismo, en un radio de 5 km se localizan 2 posaderos, uno en Arkamo (Arriano) y otro en Aprikano (Subijana-Morillas).

Según el estudio de avifauna presentado por el promotor es la especie con más avistamientos en el entorno de los aerogeneradores proyectados de Cantoblanco. Se han observado 689 individuos y se ha registrado esta especie en 301 ocasiones. Se ha producido 487 contactos en la envolvente de 1 km alrededor de la alineación de aerogeneradores, observándose 151 situaciones de peligro de colisión, 21,9 % del total de los registros. La zona donde mayor número de contactos se produce es entre los aerogeneradores CA-02 y CA-04, estando el punto con mayor número de observaciones registradas en el entorno del aerogenerador CA-03.

En relación con los siniestros registrados en el parque eólico de Badaia, entre el año 2000-2021 se han registrado 31 buitres muertos por aerogeneradores.

– Halcón peregrino (Falco peregrinus): especie incluida dentro del Anexo I Directiva Aves, como rara en el CVEA y e incluida en el Listado de especies en régimen de protección especial. En la CAPV la población de esta especie se encuentra bien repartida. La población residente se ve acrecentada en invierno por la llegada de ejemplares europeos que pasan aquí la época más desfavorable. Según datos de la Diputación Foral de Álava, entre los años 2000 y 2016 se han contabilizado 6 territorios en un radio de 7 km del parque eólico.

El área de campeo para esta especie en el entorno del proyecto se acota al corredor de Lacozmonte y el valle de Añana. Según el estudio de avifauna presentado por el promotor los avistamientos de esta especie en el entorno inmediato del parque eólico proyectado son puntuales. Se han registrado 24 contactos de esta especie, con 5 ejemplares en total en la envolvente de 1 km alrededor de la alineación de aerogeneradores. Uno de ellos realizó un vuelo en situación de peligro potencial, que representa el 4,2 % del total de los registros. Pero según el informe del Servicio de Sostenibilidad Ambiental y del Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava los halcones que tienen el territorio de cría en el entorno de Cantoblanco utilizan la parte más alta de esta sierra como oteadero para cazar en el Valle de Lacozmonte y la zona que se proyecta elevar los aerogeneradores es utilizada para ciclear, elevándose para desplazarse a zonas más alejadas de su territorio y también como corredor natural en los desplazamientos diarios en busca de alimento.

– Alcotán europeo (Falco subbuteo): especie considerada rara en el CVEA e incluida en el Listado de especies en régimen de protección especial. En la CAPV se comporta como especie estival, apareciendo bien entrada la primavera, aunque suele ser escaso. Se estima que la población nidificante en el territorio del País Vasco oscila en torno a la treintena parejas. El hábitat ideal para esta especie son las campiñas con prados bordeados por bosquetes y pinares maduros. El entorno de los Montes de Cantoblanco y Tuyo, junto a los medios abiertos del fondo de los valles, representan un excelente territorio para esta especie. Se constata que esta especie utiliza las laderas boscosas de Cantoblanco para la cría.

Según el estudio de avifauna presentado por el promotor se ha registrado esta especie en 12 ocasiones, con un total de 18 ejemplares avistados, todos ellos localizados en el cordal de Cantoblanco. Un elevado porcentaje de estos contactos (61,1 %) corresponden a vuelos en situación de peligro potencial, protagonizados por 11 individuos. La zona donde mayor número de contactos se produce es entre los aerogeneradores CA-02 y CA-03.

En el estudio de avifauna presentado por el promotor se indica que, tras el análisis del grado de sensibilidad a la implantación del proyecto y el estatus de conservación de las especies detectadas, se han identificado las siguientes especies como las más vulnerables, cuya evolución de la población es desfavorable y tienen en el área de estudio sus territorios de cría: el Milano real (Milvus milvus), al presentar una población muy amenazada, el Águila real (Aquila chrysaetos), Alcotán europeo (Falco subbuteo) y Halcón peregrino (Falco peregrinus). Entre las medidas propuestas en el EsIA para las fases de construcción, explotación y desmantelamiento, no figura ninguna medida dirigida a prevenir el riesgo de colisión. Las medidas propuestas en fase de explotación son relativas a las actuaciones a realizar una vez se produzcan los accidentes (retirada de los restos de las aves colisionadas para no atraer especies carroñeras, retirada de otros animales muertos y otras medidas a determinar por el órgano competente, una vez detectadas altas tasas de colisión en uno o varios de los aerogeneradores).

De acuerdo al informe del Servicio de Sostenibilidad Ambiental y del Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava se estima que la adopción de medidas protectoras o correctoras no permite la minimización de los impactos hasta niveles admisibles para las aves necrófagas, rapaces rupícolas y forestales catalogadas, por lo tanto consideran que los efectos son permanentes e irreversibles por lo que el impacto del proyecto es crítico, supera el umbral de aceptable. Gaden y Seo BirdLife también consideran que el impacto del proyecto sobre la avifauna es crítico.

De acuerdo al informe de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco se considera que las medidas de diseño del propio proyecto, como las medidas y el plan de vigilancia planteados son insuficientes a la vista de los datos arrojados en el estudio de avifauna presentado por el promotor, por lo que propone incorporar nuevas medidas al proyecto y rediseñar el plan de vigilancia con los criterios que en el informe se proponen. A parte de la necesidad de rediseñar la ubicación o la eliminación directa de los aerogeneradores CA-02 (por su proximidad a uno de los nidos del águila real), CA-03 y CA-04 (por el alto índice de vulnerabilidad espacial que tienen para la avifauna), el informe recoge que es necesario contar en todos los aerogeneradores con sistemas para la detección remota de aves y sistemas automáticos de aviso y parada (Sistemas 3DObserver o equivalente) y condicionantes para la programación de estos. Consideran necesario el cese de la actividad de las turbinas durante las noches con un paso migratorio importante o con condiciones meteorológicas adversas. También consideran que hay que pintar las hélices y se recomienda el uso de flashes de luz para la advertencia aeronáutica.

Respecto a las medidas propuestas por la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco el promotor responde que no es necesario la reubicación o eliminación de los aerogeneradores indicados y en relación a los sistemas de detección remota de aves, dadas las características del emplazamiento (zona de nieblas frecuente) consideran que la vigilancia humana resulta más eficaz en la protección de la avifauna que el empleo de sistemas automáticos.

De acuerdo al estudio de quirópteros presentado por el promotor, de carácter anual, iniciado el 15 de febrero de 2022, se han identificado en el ámbito de influencia directa del parque eólico un total de 16 especies distintas de murciélago, tal y como se refleja en la siguiente tabla. Todas estas especies se encuentran en alguna categoría de amenaza del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina (CVEA), del Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (LESRPE) o incluidas dentro del Anexo II o IV de la Directiva Comunitaria relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitat).

De estas 16 especies, 2 están en peligro de extinción y 3 son vulnerables y el resto son de interés especial según el CVEA. Conforme a Guidelines for consideration of bats in windfarm projetcts de UNEP/Eurobats, 9 de estas especies tienen riesgo alto de colisión.

(Véase el .PDF)

Las especies Pipistrellus pipistrellus (de interés especial) y Pipistrellus kuhlii (de interés especial) han resultado ser las más numerosas, superando los 3.700 y los 2.700 registros respectivamente, estas dos especies tienen un riesgo alto de colisión. El resto de las especies presentes están por debajo de los 30 registros a excepción de las especies Miniopterus schreibersii (vulnerable) que ronda los 200 registros, y que tiene alto riesgo de colisión y los 100 para Pipistrellus nathusii (de interés especial), también con alto riesgo de colisión. Se analiza la actividad de cada especie en función de la hora y el número total de vuelos, también se indica el índice de actividad de cada especie por meses para el caso de los transectos y para el estudio de la altura.

El estudio de quirópteros presentado por el promotor, aunque identifica alguno de los principales refugios de quirópteros de la zona no ha realizado prospección de ninguno de ellos. El estudio no detalla si se han utilizado estaciones de registro automático a nivel de suelo y, en su caso, el número de estaciones. Solamente se deja constancia del empleo de una estación automática en la torre meteorológica a una sola altura, no especificada, en vez de a dos alturas. Estos y otros requisitos relativos al estudio preoperacional figuran en los protocolos citados en el documento de alcance de este proyecto.

En el estudio presentado por el promotor se indica que se puede constatar una alta densidad de quirópteros en algunos puntos del cordal de Cantoblanco, correspondiéndose con la época de mayor actividad de poblaciones locales, entre los meses de mayo a julio principalmente. Esta alta densidad ha tenido lugar en la franja horaria pasada la medianoche, de 00:30 horas a 04:00 horas aproximadamente, coincidiendo con temperaturas suaves y escaso viento. Además, se afirma que no se trata de un fenómeno puntual. Se indica que esta concentración significa que son zonas de paso en el periodo de mayor actividad de la población de quirópteros provenientes en su mayoría de los refugios limítrofes.

Este órgano ambiental dispone del trabajo «Colonias y principales refugios de quirópteros de la Zona de Especial Conservación de Arkamu-Gibillo-Arrastaria» realizado por la asociación Salvagoro en el marco de una subvención del Departamento de Desarrollo, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco. En dicho estudio se prospectaron un total de 37 refugios subterráneos, así como casas y caseríos abandonados, iglesias, ermitas y puentes, abarcando un año natural completo. A lo largo del estudio se han detectado 19 de las 23 especies que existen en la CAPV: Rhinolophus ferrumequinum, Rhinolophus hipposideros, Myotis emarginatus, Myotis daubentonii, Pipistrellus pipistrellus, Pipistrellus kuhlii, Pipistrellus pygmaeus, Hypsugo savii, Eptesicus serotinus, Nyctalus leisleri, Nyctalus lasiopterus, Barbastella barbastellus, Plecotus auritus, Miniopterus schreibersii y Tadarida teniotis. Se han citado por primera vez en el área de estudio y de manera concluyente cuatro especies de quirópteros: Myotis emarginatus, Hysugo savii, Tadarida teniotis y Nyctalus lasiopterus.

Asimismo, en el trabajo realizado para el Plan Conjunto de Gestión de quirópteros que habitan refugios subterráneos y edificaciones en la Comunidad Autónoma del País Vasco (Gobierno Vasco y Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, 2018) se identifica un refugio prioritario en la sierra de Tuyo, aproximadamente a 6 km del emplazamiento del parque eólico. En este refugio prioritario se han prospectado las siguientes especies con diferente grado de amenaza en el Catálogo Vasco: Miniopterus schreibersii (vulnerable), Plecotus austriacus (de interés especial), Myotis nattererii (de interés especial), Rhinolophus hipposideros (de interés especial) y Rhinolophus ferrumequinum (vulnerable).

En torno al 75 % de todas las especies detectadas en los mencionados refugios han sido asimismo detectadas en el estudio anual de quirópteros que incorpora el EsIA.

El EsIA indica que la actual ubicación de algunos de los aerogeneradores podría ser susceptible de generar algún tipo de afección a la población de quirópteros que atraviesan el cordal. Para poder eliminar o minimizar los impactos generados por dicho proyecto sobre los quirópteros el promotor propone como medida «excepcional» limitar la velocidad de arranque de los aerogeneradores a velocidades de viento superiores 5 m/s.

De acuerdo al informe del Servicio de Sostenibilidad Ambiental y del Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava se estima que la adopción de medidas protectoras o correctoras no permite la minimización de los impactos hasta niveles admisibles por lo que considera que el impacto es crítico. Gaden también considera que no se puede minimizar el número de quirópteros que se esperan que mueran por colisiones con las turbinas, ya que por lo general estas estimaciones siempre se quedan cortas y sumadas a las del resto de parque eólicos que ya existen en la zona va a suponer sin lugar a dudas un impacto muy importante para este grupo faunístico.

Respecto a la flora, vegetación y hábitats de interés comunitario afectados por el proyecto el promotor presenta un estudio botánico específico que incorpora el EsIA (texto refundido). Según la documentación presentada se prevé la afección a las siguientes formaciones vegetales de interés:

(Véase el .PDF)

En relación a la flora amenazada el proyecto afecta a Sideritis ovata, con el grado de protección «de interés especial», concretamente se localiza en un talud que será necesario alterar para adecuar el camino existente a los requerimientos de acceso. Cabe señalar que Narcissus asturiensis, con el grado de protección «De interés especial», no ha sido localizada en campo presumiblemente por su temprana floración, pero se indica que, de identificarse poblaciones en la zona de obras, puesto que se reproduce mediante bulbos, estas podrán ser fácilmente retiradas junto con la tierra vegetal y volver a ser plantadas.

De acuerdo al informe de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco las medidas de restauración propuestas por el promotor están muy lejos de corregir y compensar el impacto generado sobre la vegetación. Por otra parte, la afección temporal a masas forestales autóctonas que precisan de tiempos muy dilatados para su restitución, no se puede equiparar a la afección temporal sobre otro tipo de formaciones. En este sentido considera necesario redactar un «Plan de Compensaciones» que asegure una compensación equivalente a los HIC eliminados, bien sea mediante la restauración de bosque autóctono (proporción 1:2 eliminado:restaurado), la realización de actuaciones de mejora de los bosques autóctonos del entorno que refuercen su valor ecológico y/u otro tipo de actuaciones (inversión en proyectos de recuperación de especies, etc.), e incluso soluciones mixtas. Asimismo, señala que este plan debiera ser validado por la Diputación Foral de Álava. Sin embargo, el Servicio de Sostenibilidad Ambiental y el Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava consideran en su informe que el proyecto se sitúa en un área clave de transición atlántico-mediterránea muy singular, así como por las características de riqueza y diversidad de hábitats y de especies catalogadas alcanzaría una magnitud crítica y que no debería asumirse.

Por su parte, el Servicio de Montes de la Diputación Foral de Álava incide en la afección del proyecto sobre la vegetación y los hábitats en montes de utilidad pública (MUP). Se trata de montes en régimen de consorcio con las entidades locales propietarias de los mismos y en los cuales la Diputación Foral de Álava ha realizado importantes inversiones económicas para la reforestación con coníferas y frondosas, dirigidas a reforzar la función ambiental y social atribuida a los montes catalogados como MUP.

3.2.2.– Afección a Red Natura 2000 y a la coherencia de la red y otros espacios de interés naturalístico.

En relación con la afección a Red Natura 2000, el estudio de impacto ambiental contiene un Estudio de afección a Red Natura 2000 (texto refundido) y que, según el promotor, ha sido elaborado tomando como referencia las directrices y criterios establecido por el MITECO para la evaluación de afecciones sobre Red Natura 2000 (2018).

Hay que atender en lo que a esta cuestión respecta a la Guía de Evaluación de planes y proyectos en relación con espacios Natura 2000: orientación metodológica sobre el artículo 6, apartados 3 y 4, de la Directiva 92/43/CEE, actualizada en el año 2021. Conforme a la citada guía, al determinar los espacios Natura 2000 que pueden resultar afectados, se han de tomar en consideración todos los aspectos del plan o proyecto que podrían tener posibles efectos en cualquier espacio Natura 2000 situado dentro de la zona de influencia del plan o proyecto, entre otros:

– Los espacios Natura 2000 situados en los alrededores del plan o proyecto (o a cierta distancia) que alberguen fauna que pueda desplazarse a la zona del proyecto y, a continuación, muera o sufra otras repercusiones (por ejemplo, pérdida de zonas de alimentación o reducción del área de distribución).

– Los espacios Natura 2000 cuya conectividad o continuidad ecológica pueda verse afectada por el plan o proyecto.

Tal y como se recoge en la citada guía, se deben valorar asimismo los efectos acumulativos con otros proyectos en la zona de influencia.

El análisis aportado por el promotor se refiere básicamente a las afecciones directas que pudieran derivarse del proyecto sobre ES2110006 ZEC «Baia ibaia / Río Baia», ES2110010 ZEC «Zadorra Ibaia / Río Zadorra» y ES2110004 ZEC «Arkamu-Gibillo-Arrastaria».

El análisis realizado inicialmente por el promotor no permite evaluar las repercusiones del proyecto sobre los espacios Natura 2000 en su área de influencia, cuestión que ya ha sido señalada en los informes de las administraciones afectadas competentes en la protección y gestión del patrimonio natural. Por lo tanto, desde el órgano ambiental se ha requerido al promotor que profundice en el análisis de las repercusiones del proyecto sobre estos espacios, partiendo de la información de las áreas de campeo de las especies presentes, especialmente de las especies de avifauna y quirópteros que requieren de extensos territorios, y teniendo en cuenta que algunas de estas especies son objeto de conservación de la Zona Especial de Conservación (ZEC) Arkamu-Gibillo-Arrastaria y de otros espacios protegidos en torno al emplazamiento.

A continuación, se detallan algunos aspectos del análisis realizado en el estudio de impacto ambiental:

En relación a la afección a ES2110006 ZEC «Baia ibaia / Río Baia» y ES2110010 ZEC «Zadorra Ibaia / Río Zadorra» se indica que, dado que la línea eléctrica transcurrirá soterrada, no cabe esperar que se produzcan impactos directos durante la fase de funcionamiento. No obstante, consideran que el trazado de la línea solapa con el espacio aéreo de la zona periférica de protección de la ZEC Río Zadorra a lo largo de 24 metros. Si bien, a priori, la distancia al cauce (casi 100 metros) garantizaría la no afección a las especies clave identificadas en este espacio, Avión zapador (Riparia riparia) y Martín pescador (Alcedo atthis) -sus desplazamientos habituales se concentran en la ribera y el propio cauce-, sin embargo, se han detectado avistamientos de aves rapaces y planeadoras desplazándose a través del corredor fluvial cuya trayectoria intercepta el recorrido de la línea. En este sentido, consideran que la instalación de los dispositivos anticolisión y antielectrocución previstos en el proyecto, reducirán considerablemente la probabilidad del impacto.

En cuanto a la posible repercusión del proyecto sobre la aves necrófagas y rupícolas, objeto de conservación de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria y de la ZEPA Sierra Sálvada, Buitre leonado (Gyps fulvus), Alimoche (Neophron percnopterus), Halcón peregrino (Falco peregrinus), Milano real (Milvus milvus) y Chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), el EsIA aporta información que demuestra la utilización por parte de este tipo de aves del espacio que será ocupado por el parque eólico. Asimismo, en cuanto a la posible repercusión del proyecto sobre los quirópteros, elementos clave de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria, el EsIA aporta información que demuestra una alta densidad de quirópteros en algunos puntos del cordal de Cantoblanco. El promotor indica en su estudio de quirópteros «que la morfología de la sierra de Cantoblanco, con su dispersión geográfica y sus áreas de interés natural próximas, traza una conectividad ecológica con áreas de enlace que sitúa a este cordal como zona de conexión entre espacios núcleo, brindándola de un carácter de continuidad territorial». En relación a la afección sobre los quirópteros el promotor recoge que «Actualmente no existen estudios que ayuden a definir con exactitud cuáles son las rutas de dispersión de este grupo de mamíferos presente en estos espacios y su relación con su entorno próximo y con Cantoblanco en particular ya que esto únicamente podría comprobarse mediante la captura y el marcaje de individuos durante largos periodos de estudio. Con todo y lo que se conoce, no es de prever que el cordal ocupado por los aerogeneradores en Cantoblanco suponga ningún problema relevante para los murciélagos».

El promotor evalúa la afección a la Red Natura 2000 analizando por separado la afección a la avifauna objeto de conservación de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria y de la ZEPA Sierra Salvada y la afección a los quirópteros. En ambos casos concluye que el proyecto es compatible con la conservación de la integridad de la ZEC: «no se contempla que el parque eólico proyectado vaya a causar sobre la ZEC de Arkamo impactos adicionales a los descritos tanto en el Estudio de Impacto Ambiental, como en el Estudio de Avifauna anual o en la presente Adenda, por lo que la información disponible apunta a que el proyecto será compatible con la conservación de la integridad de la ZEC Arkamo –y de todos los espacios de la Red Natura 2000 existentes en su entorno–, y que no comprometerá la coherencia ecológica de la Red» y «a la luz de la información actualmente disponible y la recogida en el presente trabajo, se considera que la puesta en funcionamiento del parque eólico Cantoblanco no va a comprometer los objetivos de conservación establecidos para las especies de quirópteros en los espacios de la Red Natura 2000 circundantes».

De acuerdo al informe del Servicio de Sostenibilidad Ambiental y del Servicio de Patrimonio Natural de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava el proyecto ocasionaría impactos críticos sobre la avifauna silvestre y quirópteros protegidos y sobre los hábitats naturales y flora catalogada, que no son asumibles, por lo que se afectaría a la conectividad ecológica al afectarse muy seriamente a los procesos ecológicos esenciales entre espacios de la Red Natura 2000. Asimismo, se afectaría de forma permanente e irreversible a elementos clave y objetivos de conservación de la Red Natura 2000, causando un perjuicio muy grave sobre la integridad y coherencia de dicha Red.

El informe de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco considera que ni el diseño del proyecto, ni las medidas propuestas en el EsIA dan suficientes garantías para asegurar que el parque eólico no generará una afección significativa sobre las aves que son objeto de conservación de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria, especialmente las aves necrófagas y rupícolas que son elementos clave del espacio y que en el caso de continuar con la tramitación del proyecto sería necesario adoptar una serie de medidas, entre ellas, la eliminación de dos aerogeneradores.

3.2.3.– Afección a la geomorfología y al paisaje.

La morfología accidentada del cordal en el que se proyecta el parque eólico motiva la ejecución de importantes excavaciones y rellenos para la construcción de plataformas, acondicionar los accesos y abrir nuevos viales internos entre los aerogeneradores. Según datos extraídos del proyecto, el volumen de movimiento de tierras asciende a un total de 713.431 m3, correspondiendo 420.020 m3 a desmontes y 293.411 m3 a rellenos o terraplenes. Con relación a los impactos ocasionados en la morfología y paisaje de esta sierra, el Servicio de Montes del Departamento de Sostenibilidad, Agricultura y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava señala «que las modificaciones que va a sufrir la orografía de la cumbre y los accesos, con desmontes y terraplenes que llegan a alcanzar los 60 m de anchura en planta, con las nuevas cimentaciones y firmes, y con la eliminación de la vegetación en unas 26 ha (permanente y temporal), es tal, que van a alterar las funciones que desempeña de carácter protector y ambiental, no observándose la posibilidad de que la cumbre pueda volver a su estado original; es decir, la obra supone un impacto crítico por su irreversibilidad». Esta cuestión también ha sido señalada en el informe de la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo del citado Departamento de la Diputación Foral de Álava, así como por las Juntas Administrativas afectadas por el proyecto.

3.3.– Valoración del órgano ambiental.

La explotación del parque eólico de Badaia y la posible instalación del parque eólico de Cantoblanco, en una zona con una importante concentración de territorios de águila real y la proximidad de los nuevos aerogeneradores a dos áreas de nidificación, puede tener importantes repercusiones en la disponibilidad del hábitat y en el éxito reproductor de la especie y, en consecuencia, afectar negativamente a su distribución y estado de conservación en el Territorio Histórico de Álava y en la CAPV. En el caso de que las parejas se reprodujeran con éxito, los polluelos de águila real realizan vuelos alrededor del nido durante al menos 3 o 4 meses desarrollando habilidades de caza y vuelo y este aprendizaje supone un riesgo muy elevado de colisión con los aerogeneradores CA-01 y CA-02.

La ocupación de las zonas de nidificación o campeo por las instalaciones e infraestructuras del parque eólico puede ocasionar una pérdida o alteración del hábitat que es tanto más importante cuanto más extensa y permanente es esta ocupación y cuanta mayor calidad o relevancia tiene el hábitat en cuestión. Esta incidencia se incrementa si se producen efectos acumulativos o sinérgicos con otros parques eólicos (varias zonas de caza afectadas en un mismo territorio de cría, por ejemplo) y no existen alternativas que compensen este efecto.

El estudio de avifauna presentado por el promotor se ha centrado únicamente en analizar el uso del espacio de una de las parejas de águila real, en concreto, la que utiliza los cortados de Barrón y Guinea y los oteaderos de Cantoblanco. Sin embargo, no se puede obviar que la instalación del parque eólico de Cantoblanco junto con el parque eólico existente de Badaia, en el entorno de las Sierras de Arkamo, repercutirá negativamente en el dominio vital de esta especie con 6 territorios en un radio de 10 km entorno al parque eólico. La explotación de dos parques eólicos en Badaia y Cantoblanco puede comprometer seriamente la conservación de al menos tres parejas de águila real en esta zona de Álava, en concreto los territorios de Techa, Barrón y Hereña. La consideración de la acción combinada de varios factores como son la evitación por los ejemplares adultos de las zonas con aerogeneradores, la necesidad de extensas áreas de campeo y alimentación y la competencia intraespecífica, nos lleva a concluir que el proyecto puede ocasionar la pérdida de hasta un 50 % de los territorios en el entorno del proyecto y que dicha pérdida es ambientalmente inasumible. No existen medidas que puedan evitar, corregir o compensar la desaparición de territorios de esta especie del Anexo I de la Directiva Aves, incluida asimismo en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas y que cuenta con una población reducida en CAPV, con tan solo 14 parejas, de las cuales 12 se encuentran en Álava.

Tal y como se ha señalado, esta sierra es una zona de alto interés desde el punto de vista de la avifauna por las siguientes razones: existe una alta concentración de puntos de nidificación en su entorno, constituye área de campeo y alimentación para numerosas parejas de aves rapaces que nidifican en escarpes próximos y este cordal es asimismo frecuentado por un buen número de especies amenazadas incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves y Catálogos de especies amenazadas. Solamente con la prospección de un ciclo anual, en la que se han realizado 2 visitas mensuales (24 días de muestreo de 365 días), se han podido detectar 119 especies en la zona de estudio. Si nos centramos en el cordal de Cantoblanco, se han identificado 71 especies diferentes, de las cuales 44 corresponden a aves rapaces y planeadoras. De acuerdo al estudio de avifauna, se ha observado, entre otras, que 9 especies catalogadas (águila calzada, abejero común, alimoche, buitre leonado, milano real, alcotán europeo, águila real, aguilucho pálido, culebrera europea) utilizan con frecuencia el espacio aéreo del cordal de Cantoblanco. Además, en relación al águila de Bonelli, aunque el estudio de avifauna realizado no ha constatado ninguna observación, los ejemplares radioseguidos confirman la presencia de esta especie en el cordal de Cantoblanco de forma constante. Por lo tanto, teniendo en cuenta estos datos, es evidente que la zona presenta un valor excepcional desde el punto de vista de avifauna.

En relación al riesgo de colisión con los aerogeneradores proyectados, hay que señalar que las posiciones CA-02, CA-03, CA-04, CA-05 y CA-06 son usadas por 9-12 especies diferentes de rapaces y planeadoras, con presencia significativa en dichas posiciones. Algunas de estas especies (águila real, alimoche, buitre leonado, milano real, águila de Bonelli) se caracterizan por su longevidad y baja tasa de reproducción, así como por su dificultad de maniobra debido a su capacidad de carga alar y forma alar. También hay que tener en cuenta que en esta sierra las nieblas son frecuentes, lo que hace que disminuya la visibilidad que tienen las aves y aumenta el riesgo de colisión. Por lo tanto, a partir de los datos de uso del espacio que realizan las aves en el entorno de la Sierra de Cantoblanco y de las condiciones meteorológicas adversas, la mortalidad que puede ocasionar esta instalación puede afectar a especies con altos niveles de amenaza.

Las medidas propuestas por el promotor para evitar el riesgo de colisión para la avifauna son insuficientes y las que se pudieran articular al objeto de evitar impactos críticos (para que el riesgo de colisión se pudiera considerar asumible) no serían proporcionales para poder considerar sostenible el balance entre la producción energética y la afección ambiental que provocaría el proyecto.

Las afecciones sobre las aves que se han descrito ponen asimismo en riesgo los objetivos establecidos en el Plan Conjunto de Gestión de aves necrófagas del País Vasco. La instalación de este proyecto puede incidir en la dinámica poblacional del alimoche y buitre leonado y puede comprometer el mantenimiento de poblaciones viables a largo plazo.

En lo que respecta al águila de Bonelli, especie en peligro de extinción que dispone de un plan de gestión, la Dirección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava ha informado que el ámbito del proyecto es un enclave estratégico para la recuperación de esta especie. Los registros GPS de los ejemplares marcados en el marco del proyecto Aquila a-LIFE, en el que participa el citado organismo, han mostrado que esta sierra es una de las zonas más frecuentadas por la población flotante de esta especie y presenta un especial interés como corredor natural en los desplazamientos exploratorios y dispersivos de las crías, como zona de establecimiento natural de los juveniles e inmaduros durante el periodo de dispersión juvenil y también como territorio en proceso de recolonización por la especie.

Este cordal montañoso se localiza en una posición central y elevada entre varios ámbitos protegidos por su interés medioambiental y paisajístico, por lo que ejerce una función de nexo o conexión vital para el mantenimiento de los procesos ecológicos entre los espacios naturales protegidos y la conservación de las especies asociadas a dichos espacios, entre las que se encuentran especies amenazadas y en riesgo de desaparición.

De acuerdo al Decreto 230/2015, de 15 de diciembre, por el que se designa Zona Especial de Conservación Arkamu-Gibillo-Arrastaria (ES2110004) y se aprueban sus medidas de conservación, y las de la Zona de Especial Protección para las Aves Sierra Sálvada (ES0000244) y al Decreto 47/2016, de 15 de marzo, por el que se designa Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena (ES2110024) Zona Especial de Conservación y Zona de Especial Protección para las Aves, con sus medidas de conservación, los citados espacios naturales albergan una de las mayores riquezas de especies en la CAPV y son parte del dominio vital, entre otras especies, del Buitre leonado (Gyps fulvus), Alimoche (Neophron percnopterus), Halcón peregrino (Falco peregrinus), Milano real (Milvus milvus), Chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), Búho real (Bubo bubo) y águila de Bonelli (Aquila fasciata, con Área de Interés Especial en Sobrón). El EsIA aporta información que demuestra que las citadas especies frecuentan la sierra donde se proyecta el parque eólico y la utilizan en sus desplazamientos. Por lo tanto, tal y como se ha indicado anteriormente en esta Resolución, el proyecto de parque eólico supone un riesgo para la aves necrófagas y rupícolas objeto de conservación de los espacios de la Red Natura 2000 en su área de influencia.

Es necesario valorar asimismo que en el parque Eólico de Badaia, localizado a 4,5 km medidos en planta al NE del proyecto y cuyo aerogenerador más próximo se localiza a tan solo 300 m de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria, se han registrado muertes de buitre, alimoche y de milano real, todas ellas especies objeto de conservación de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria. En relación a la tasa de mortalidad de los quirópteros en el parque de Badaia, los datos de detección de cadáveres son muy escasos, probablemente debido a la ausencia de una metodología y esfuerzo uniformes a lo largo de los años de explotación del parque eólico. Los quirópteros presentes de la zona también están considerados elementos clave para la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria.

La ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria y la ZEPA Sierra Salvada se consideran zonas prioritarias para la conservación de los murciélagos; concretamente destaca la presencia en dichos espacios de al menos 19 especies de quirópteros de las 23 especies conocidas de la CAPV. De acuerdo al estudio anual de quirópteros presentado por el promotor, en el cordal de Cantoblanco se han identificado un total de 16 de estas especies, el 72 % de las especies conocidas en la CAPV, con alta densidad de quirópteros en algunos puntos del cordal. Tal y como ha indicado el promotor, esta elevada concentración significa que son zonas de paso en el periodo de mayor actividad de la población de quirópteros provenientes en su mayoría de los refugios limítrofes. Algunos de estos refugios se localizan en la ZEC de Arkamu-Gibillo-Arrastaria y en la sierra de Tuyo, siendo este último de carácter prioritario. Asimismo, el promotor indica que la ubicación actual de algunos de los aerogeneradores podría ser susceptible de generar afección a los quirópteros que atraviesan el cordal. No hay que olvidar por otra parte que existe evidencia científica de que las tasas de mortalidad reales de quirópteros se alejan mucho de las estimaciones realizadas en los estudios del uso del espacio.

Destaca por su importancia la mortandad que pueda originar sobre las especies Hypsugo savii, Miniopterus schreibersii, Nyctalus noctula, Barbastella barbastellus, Rhinolophus ferrumequinum, Rhinolophus hipposideros y Rhinolophus euryale dada las obligaciones legales derivadas de su inclusión en categorías elevadas de amenaza en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, en el equivalente vasco o en el Anexo II de la Directiva Hábitats. Miniopterus schreibersii, es de hecho la tercera especie más abundante del emplazamiento y las ZEC circundantes fueron declaradas parte de la Red Natura 2000 en base a la presencia significativa de esta y otras especies de quirópteros.

En resumen, de la evaluación de los impactos del parque eólico de Cantoblanco se concluye que el mismo puede originar mortandad de diversas especies de aves y murciélagos que proceden de territorios y refugios limítrofes y realizan importantes desplazamientos y que son objeto de conservación de los espacios Red Natura 2000 en la zona de influencia del parque eólico. Por lo tanto, atendiendo a la información y datos recabados no existe seguridad de que no se vayan a producir afecciones significativas sobre las aves necrófagas y rupícolas objeto de conservación de los espacios de la Red Natura 2000 que circundan el emplazamiento y en particular a las especies objeto de conservación de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria y la ZEC y ZEPA Valderejo-Sobrón-Sierra de Arcena, Buitre leonado (Gyps fulvus), Alimoche (Neophron percnopterus), Halcón peregrino, (Falco peregrinus), Milano real (Milvus milvus) y Chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax) y águila de Bonelli (Aquila fasciata), ni sobre las poblaciones de quirópteros objeto de conservación de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria.

Por otro lado, tal y como se ha puesto de relevancia en los informes y alegaciones presentados por las administraciones públicas y personas afectadas, y se ha podido constatar sobre el terreno, la zona de cumbres de la sierra donde se propone instalar el parque eólico presenta una orografía muy accidentada, con importantes desniveles. El proyecto contempla la ejecución de excavaciones y rellenos de gran magnitud para ejecutar accesos, viales y plataformas, salvando las fuertes pendientes de las laderas y de la zona de cumbres. El proyecto conlleva asimismo la eliminación de una extensa superficie de formaciones vegetales y masas forestales que constituyen hábitats de interés comunitario y hábitats de fauna silvestre de especial interés de conservación, además de ejercer una función protectora del monte. En definitiva, la ejecución del parque eólico e infraestructuras asociadas implicará una intensa transformación del paisaje de la sierra de Cantoblanco y el valle de Lacozmonte, que han sido objeto de catalogación como Áreas de Especial Interés Paisajístico. No existen medidas correctoras o compensatorias que puedan hacer asumible este impacto, ya que la magnitud de las actuaciones previstas hace imposible restituir la morfología de la montaña a su estado original, ni lo más próximo a dicho estado, una vez finalice la vida útil del parque eólico.

De todo lo anterior, se concluye que el proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre la avifauna y los quirópteros amenazados, así como sobre la morfología y el paisaje.

Las medidas propuestas por el promotor no son suficientes para prevenir, corregir o compensar el potencial impacto y las que se pudieran articular no serían proporcionales para poder considerar sostenible el balance entre la producción energética y la afección ambiental del proyecto.

Respecto a la conclusión de la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000, teniendo en cuenta el artículo 6.3 de la Directiva Hábitat, no hay garantía que el proyecto no vaya a afectar a la integridad ecológica de la ZEC Arkamu-Gibillo-Arrastaria, entendiendo dicha integridad en el sentido de mantener los hábitats y especies en un estado de conservación favorable garantizando su supervivencia a largo plazo.

Por tanto, atendiendo a todo lo expuesto, en aplicación de los principios de precaución y acción cautelar y de acción preventiva, corrección y compensación de los impactos sobre el medio ambiente a los que se debe sujetar, entre otros, el procedimiento de evaluación ambiental este órgano ambiental valora con carácter desfavorable el proyecto de parque eólico Cantoblanco e infraestructuras asociadas, promovido por Euskal Haizie, S.L.U., en los Términos Municipales de Añana, Ribera Alta, Iruña de Oca y Vitoria-Gasteiz (Álava).

Segundo.– Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Delegación de Administración Industrial de Álava y al promotor, Euskal Haizie, S.L.U.

Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Declaración de Impacto Ambiental en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Indicar que de acuerdo al artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de julio de 2024.

Por ausencia del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, y de conformidad con la Disposición Adicional Primera del Decreto 68/2021 de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

El Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental,

AITOR ALDASORO ITURBE.

(Véase el .PDF)

Análisis documental