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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 161, martes 20 de agosto de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
3996

RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2024, del Director de Centros y Planificación, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden de cuarta modificación de la Orden por la que se fijan las normas básicas que han de regular la elaboración, en cada curso académico, del calendario escolar de los centros docentes de los niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco sostenidos con fondos públicos.

La Dirección de Centros y Planificación ha elaborado un proyecto de Orden que tiene como objeto modificar la Orden de 10 de marzo de 2008 (Orden por la que se fijan las normas básicas que han de regular la elaboración, en cada curso académico, del calendario escolar de los centros docentes de los niveles no universitarios de la CAPV sostenidos con fondos públicos) para que en las enseñanzas deportivas de régimen especial se pueda impartir docencia fuera del periodo comprendido entre el 1 de septiembre de cada año y el 30 de junio del año siguiente, así como cualquiera de los siete días de la semana, incluyendo domingos, y durante otros periodos considerados no lectivos, si las características del alumnado, de la modalidad o especialidad de enseñanza deportiva así lo requieren.

Los trámites realizados hasta la presente Resolución son los siguientes:

Conforme lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre la participación de los ciudadanos y ciudadanas en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, se ha sustanciado consulta pública previa a la elaboración del texto de la norma a través de anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En ella se ha recabado la opinión de los ciudadanos y ciudadanas afectadas y de las organizaciones o asociaciones que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto, acerca de los extremos en aquella referidos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, el Consejero de Educación dictó con fecha de 20 de junio de 2024 la correspondiente Orden de inicio en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 16 del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

A su vez, siguiendo lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, la Consejera de Educación dictó, con fecha 31 de julio de 2024, Orden de aprobación previa del proyecto de Orden objeto de tramitación. En la Orden se adjuntó la propuesta de norma.

De acuerdo con lo previsto en artículo 17 de la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, los trámites de consulta previa, audiencia e información pública que contempla esta ley se deben realizar siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas, y no concurra alguna de las causas de excepción previstas en este artículo.

A tal efecto, se somete el proyecto de Orden de cuarta modificación de la Orden por la que se fijan las normas básicas que han de regular la elaboración, en cada curso académico, del calendario escolar de los centros docentes de los niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco sostenidos con fondos públicos, al trámite de información pública, que será efectivo por un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En virtud de las competencias atribuidas por el por el artículo 16 del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco,

DISPONGO:

Primero.– Someter al trámite de información pública el proyecto de Orden de cuarta modificación de la Orden por la que se fijan las normas básicas que han de regular la elaboración, en cada curso académico, del calendario escolar de los centros docentes de los niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco sostenidos con fondos públicos, por un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.– A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones por la ciudadanía, el contenido del proyecto indicado estará disponible en la Dirección de Centros y Planificación del Departamento de Educación, sita en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián n.º 1, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/).

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de agosto de 2024.

El Director de Centros y Planificación,

EUGENIO JIMENEZ IBAÑEZ.


Análisis documental