N.º 149, miércoles 31 de julio de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE
3733
RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto de comunicaciones de la estación de Anoeta».
Los estudios de demanda realizados con la puesta en servicio en los próximos años de la Pasante Ferroviaria de Donostia, que conlleva la apertura de tres nuevas estaciones, mejorando la accesibilidad a la zona de Benta Berri y La Concha, prevén un importante incremento del número de personas viajeras.
En el caso de Anoeta, que actualmente cuenta con cerca de 3.000 personas viajeras/día, se estima que esta cifra pueda llegar a multiplicarse por tres a largo plazo. Esto ha llevado a tener que estudiar, con este nuevo escenario, la funcionalidad de la estación, que actualmente cuenta con un acceso único situado en el sentido dirección Amara así como adecuar la estación, en zona de andenes.
El cumplimiento de los criterios basados en las especificaciones fijadas en la NFPA-130/2014 conlleva a la necesidad de disponer de un segundo vestíbulo de acceso a la estación y de analizar y diseñar, en su caso, las salidas de emergencia necesarias.
En este sentido, se está realizando el proyecto de obra civil y arquitectura necesario para la realización de este nuevo acceso y la remodelación del existente, el cual no incluye las instalaciones asociadas, ni las posibles modificaciones en las instalaciones existentes.
Por tanto, se hace necesaria la definición de las instalaciones tanto del segundo vestíbulo de la estación de Anoeta como de la remodelación del actual, para disponer de una estación adaptada a los criterios de diseño de ETS.
El objeto del proyecto consiste en la redacción del Proyecto de instalaciones del segundo vestíbulo de la estación de Anoeta. Lote I. Proyecto de comunicaciones, el cual incluye la definición y valoración de dichas instalaciones para su ejecución por contrata de las obras necesarias para la instalación y puesta en marcha.
Incluye las nuevas instalaciones asociadas tanto al nuevo vestíbulo como a la remodelación del existente. Incluye la definición del diseño, fabricación, suministro, instalación, pruebas y puesta en marcha de las Instalaciones de Comunicaciones de la estación de Anoeta, de tal manera que se consiga disponer de un sistema de explotación con las debidas condiciones de funcionalidad y seguridad, según los requerimientos establecidos por Euskal Trenbide Sarea.
La finalidad de la obra es la siguiente:
• Dotar a la estación de Anoeta, en ambos vestíbulos, nuevo y remodelado, de unas instalaciones de Comunicaciones que optimicen las condiciones de explotación según los requerimientos establecidos por Euskal Trenbide Sarea.
• Posibilitar la explotación de la ampliación de la estación desde el Puesto de Mando de Amara.
No es objeto del presente proyecto las actuaciones de obra civil o arquitectura de la estación, ni el equipamiento propio del sistema de ticketing. No obstante, se describen en el proyecto las interfaces con todos ellos.
Tampoco es objeto del presente proyecto las actuaciones en las instalaciones de suministro eléctrico a las instalaciones ferroviarias (red 2,2 kV, cuadros BT, etc.). Sí es objeto, el tendido del cableado eléctrico desde dichos cuadros eléctricos al equipamiento de comunicaciones.
El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende trescientos treinta y cuatro mil trescientos veintiún euros con noventa y seis céntimos (334.321,96), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de cuatrocientos ochenta y un mil trescientos noventa euros con diecinueve céntimos (481.390,19), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de trescientos noventa y siete mil ochocientos cuarenta y tres con trece céntimos (397.843,13).
El plazo de ejecución estimado para las obras es de once (11) meses.
Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2.b) del Decreto 11/2021, de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.
Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Aprobar el «Proyecto de comunicaciones de la estación de Anoeta» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de cuatrocientos ochenta y un mil trescientos noventa euros con diecinueve céntimos (481.390,19), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de once (11) meses.
Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.
Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de julio de 2024.
La Directora de Infraestructuras del Transporte.
(Disposición adicional del Decreto 11/2021, de 19 de enero, vigente según disposición transitoria primera del Decreto 18/2024, de 23 de junio)
El Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes,
LUIS PEDRO MARCO DE LA PEÑA.