N.º 148, martes 30 de julio de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
3704
RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2024, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se acuerda la cuarta modificación de la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y dar publicidad de la dotación presupuestaria resultante.
I.– Mediante Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el BOE n.º 155, de 30 de junio de 2021, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia. El RD 477/2021 acordaba la concesión directa de las ayudas previstas de conformidad con los criterios de distribución, así como la distribución resultante de los fondos correspondientes para la financiación de las actuaciones subvencionables, por importe de 660 millones de euros y que, para el caso de la Comunidad Autónoma de Euskadi, ascendía a 37.173.437 euros.
II.– Mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, publicada en el BOPV n.º 197, de 1 de octubre de 2021, se procedió a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
III.– Posteriormente, se procedió a modificar el contenido de las bases del programa incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de:
– La Resolución de 20 de abril de 2022, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de modificación de la Resolución de 22 de septiembre de 2021, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOPV n.º 84, de 3 de mayo de 2022).
– La Resolución de 29 de junio de 2022, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de segunda modificación de la Resolución de 22 de septiembre de 2021, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOPV n.º 137, de 15 de julio de 2022).
IV.– Mediante Resolución de 8 de julio de 2022, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a modificar la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y se dio publicidad de la dotación presupuestaria resultante (BOPV n.º 143, de 26 de julio de 2022).
El incremento de la dotación económica recogido en la citada Resolución tenía dos orígenes diferenciados:
a) Por una parte, un importe adicional de 37.173.436,99 euros, materializados por Resolución de la Presidenta de IDAE de fecha 10 de junio de 2022, en la que se acordó conceder a la Comunidad Autónoma del País Vasco, un importe adicional de 37.173.436,99 euros para el programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
b) Por otra parte, un importe adicional y complementario a los recursos procedentes de los Fondos PRTR de 20.000.000 euros, de los recursos propios del EVE.
V.– Por medio de la Resolución de 5 de abril de 2023, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a reasignar el importe correspondiente a cada programa de incentivos, relativo al presupuesto ampliado del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021.
VI.– Mediante Resolución de 11 de octubre de 2023, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a modificar la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y se dio publicidad de la dotación presupuestaria resultante (BOPV n.º 204, de 25 de octubre de 2023), con un importe adicional de 12.242.486,40 euros (una vez detraídos los gastos indirectos correspondientes de 378.633,60 euros), proveniente de fondos otorgados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
VII.– Mediante Resolución de 30 de noviembre de 2023, del Director General del Ente Vasco de la Energía, se procedió a modificar la dotación presupuestaria del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establecido mediante Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, y se dio publicidad de la dotación presupuestaria resultante (BOPV n.º 235, de 12 de diciembre de 2023), con un importe adicional de 27.738.773,55 euros (una vez detraídos los gastos indirectos correspondientes de 1.459.935,45 euros), proveniente de fondos otorgados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La dotación económica resultante tras dicho incremento destinada a este Programa Incentivos con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (106.765.574,23 euros) queda distribuido en función de las siguientes cuantías para cada uno de los programas de incentivos:
(Véase el .PDF)
VIII.– Conforme a lo establecido en el Real Decreto 477/2021 y previa solicitud realizada al efecto, mediante Resolución de la Presidenta de IDAE de fecha 27 de junio de 2024, se acordó conceder a la Comunidad Autónoma del País Vasco, un importe adicional de 4.127.323,00 euros, con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, para el programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– Modificar la Resolución de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOPV n.º 197, de 1 de octubre de 2021).
Esta cuarta modificación conlleva el incremento de la dotación económica destinada a este Programa de Incentivos, con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en los siguientes términos:
a) Incremento por una cuantía de 4.127.323,00 euros, proveniente de fondos otorgados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en aplicación de lo recogido en el artículo 10.3 del RD 477/2021 y de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidenta de IDAE de fecha 27 de junio de 2024.
Dicho incremento se repartirá entre las componentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con cargo a las cuales está financiado este programa de incentivos de conformidad con el siguiente detalle:
(Véase el .PDF)
b) La dotación económica resultante tras este incremento destinada a este programa de incentivos (110.892.897,23 euros) queda distribuido en función de las siguientes cuantías para cada una de las componentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con cargo a las cuales está financiado este programa de incentivos:
(Véase el .PDF)
Segundo.– El incremento de cada una de las componentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con cargo a las cuales está financiado este programa será objeto de reparto entre los programas de incentivos que conforman presente programa de ayudas en función de las necesidades que se aprecien en cada uno de los programas de incentivos y, en todo caso, en cumplimiento del reparto final que apruebe el IDAE entre las diferentes Comunidades Autónomas y sujeto a las condiciones previstas en la Resolución de la Presidenta de IDAE de fecha 27 de junio de 2024, teniendo en cuenta que:
(i) El incremento de la componente 7 podrá ser destinado al programa de incentivos 4 y/o al programa de incentivos 6.
(ii) El incremento de la componente 31 podrá ser destinado:
– En lo que se refiere a la categoría de generación, al programa de incentivos 1, al programa de incentivos 2 y/o al programa de incentivos 4, en todos ellos para la categoría de generación.
– En lo que se refiere a la categoría de almacenamiento, al programa de incentivos 1, al programa de incentivos 2, al programa de incentivos 3, al programa de incentivos 4 y/o al programa de incentivos 5, en todos ellos para la categoría de almacenamiento.
En todo caso, el reparto final del incremento de cada una de las componentes entre los programas de incentivos que conforman el presente programa de ayudas será aprobado mediante la correspondiente Resolución del Director General de EVE, para su posterior publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tercero.– En lo que respecta al régimen de complementariedad entre esta cuarta ampliación de la dotación económica con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la cuantía adicional máxima y complementaria de 20.000.000 Euros que el EVE destinó al Programa de Incentivos con fondos propios consignados en el Presupuesto del EVE mediante Resolución del Director General del EVE de 8 de julio de 2022 (BOPV n.º 143, de 26 de julio de 2022), se estará a lo establecido en el resuelvo segundo de la citada Resolución.
Cuarto.– Disponer la publicación íntegra en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.
Quinto.– Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Bilbao, a 15 de julio de 2024.
El Director General del Ente Vasco de la Energía,
IÑIGO ANSOLA KAREAGA.