N.º 130, miércoles 3 de julio de 2024
- Otros formatos:
- PDF (177 KB - 3 Pág.)
- EPUB (168 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
3205
RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2024, de la Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, que modifica la Resolución de 19 de junio de 2023, por la que se otorgan subvenciones destinadas a organizaciones de personas consumidoras para sufragar los gastos de funcionamiento y de asistencia jurídica en el ejercicio 2023.
Primero.– Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, la Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, hace pública la convocatoria de ayudas económicas destinadas a las Organizaciones de Personas Consumidoras para sufragar los gastos de atención a las personas consumidoras y de asistencia jurídica para el ejercicio 2023.
Segundo.– Por Resolución de 19 de junio de 2023, de la Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo, se concedieron las siguientes ayudas económicas a las organizaciones de personas consumidoras:
Euskal Herriko Kontsumitzaileen Batasuna – EHKB / Unión de Consumidores de Euskadi – UCE.
CIF: G48247076.
(Véase el .PDF)
Euskal Kontsumitzaileen Elkartea – ACUV/EKA / Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca – ACUV/EKA.
CIF: G48305833.
(Véase el .PDF)
Asociación de Usuarios Financieros de Euskadi – ASUFIN.
CIF: G04937959.
(Véase el .PDF)
Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción – FACUA Euskadi.
CIF: G95889390.
(Véase el .PDF)
ACUBI, Asociación de Consumidores y Usuarios del Bidasoa.
CIF: G20172045.
(Véase el .PDF)
Tercero.– El artículo 15 de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, establece que el pago del 75 % de la subvención se hará efectivo al momento de su resolución favorable, y el 25 % restante una vez justificados los gastos.
Cuarto.– Presentadas por las entidades beneficiarias la justificación con el contenido exigido en la correspondiente resolución de convocatoria de la subvención concedida, se han detectado las siguientes desviaciones entre la cuantía justificada y el presupuesto admitido para realizar el cálculo de la subvención:
Asociación de Usuarios Financieros de Euskadi – ASUFIN.
(Véase el .PDF)
El artículo 16 de la Resolución del 21 de diciembre de 2022, establece que, si en la justificación de los gastos, se produce una desviación superior al 25 %, se perderá el derecho a la subvención, excepto que se justifique que se han cumplido todos los objetivos por los que se concedió la ayuda económica. En este supuesto, se procederá a la minoración de la subvención concedida.
Quinto.– Queda acreditado que la Asociación de Usuarios Financieros de Euskadi – ASUFIN, ha cumplido con los objetivos por los cuales se concedió la ayuda económica.
Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y especial aplicación, por la presente la Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.
DISPONE:
1.– Modificar la Resolución de 19 de junio de 2023, en relación a la subvención concedida a la Asociación de Usuarios Financieros de Euskadi – ASUFIN, en los siguientes conceptos y cantidades:
Asociación de Usuarios Financieros de Euskadi – ASUFIN.
(Véase el .PDF)
2.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo en el plazo de mes desde el día siguiente al de su notificación.
3.– Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de junio de 2024.
Por suplencia de la Directora de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo (Orden de 9 de noviembre de 2023, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo).
El Viceconsejero de Turismo y Comercio,
JESÚS MARÍA GARCÍA DE COS.