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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 120, jueves 20 de junio de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
2979

ACUERDO de 11 de junio de 2024, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por el que se aprueba el acuerdo alcanzado en la Comisión de Planificación conjunta del PTGAS de 17 de mayo de 2024, sobre el tratamiento en bolsas de la UPV/EHU, del ofrecimiento de los contratos-programas, los programas de ejecución temporal de larga duración y contratos laborales de duración indefinida regulados en el artículo 23 bis de la Ley 14/2021, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

El Acuerdo de 18 de julio de 2017, sobre configuración y gestión de las bolsas de trabajo y ordenación de sus integrantes, publicado por Resolución de la Rectora de 2 de mayo de 2018 (BOPV n.º 93, de 16 de mayo de 2018) no incluye los llamamientos para los contratos-programa o programas de ejecución temporal entre los llamamientos extraordinarios que se recogen en el artículo 12, por lo que su oferta se ha venido ejerciendo como llamamientos ordinarios del artículo 11.

Si bien la cobertura de estas necesidades no tiene un reflejo automático en la relación de puestos de trabajo, a nadie se le escapa que el plazo de ejecución para dar cumplimento a las mismas es prolongado en el tiempo, con la limitación legalmente establecida en cuanto a su duración y, en ciertos casos, estas necesidades devienen en plazas o puestos de naturaleza estructural.

Además, hay que añadir que el Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, ha modificado la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, estableciendo la posibilidad de contratación laboral indefinida en el ámbito del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para actividades científico-técnicas y que requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos de I+D+I.

Estos hechos han suscitado el cuestionamiento acerca del tratamiento que debería tener en bolsa el ofrecimiento de estos contratos-programas, programas de ejecución temporal.

En consecuencia, a propuesta de esta Gerencia, tras el acuerdo alcanzado en la Comisión de Planificación conjunta del PTGAS de 17 de mayo de 2024, el Consejo de Gobierno

ACUERDA:

Primero.– Ratificar el acuerdo de la Comisión de Planificación conjunta del PTGAS de 17 de mayo de 2024 sobre el tratamiento en bolsas de la UPV/EHU del ofrecimiento de los contratos-programas, los programas de ejecución temporal de larga duración y contratos laborales de duración indefinida regulados en el artículo 23 bis de la Ley 14/2021, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación que figura en el Anexo I.

Segundo.– El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Contra el presente acuerdo podrán interponer las personas interesadas recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, contados ambos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Leioa, a 11 de junio de 2024.

La Rectora,

EVA FERREIRA GARCÍA.

El Secretario General,

AITOR ZURIMENDI ISLA.

ACUERDO DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN CONJUNTA DEL PTGAS DE 17 DE MAYO DE 2024 SOBRE EL TRATAMIENTO EN BOLSAS DE LA UPV/EHU DEL OFRECIMIENTO DE LOS CONTRATOS-PROGRAMAS, LOS PROGRAMAS DE EJECUCIÓN TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN Y CONTRATOS LABORALES DE DURACIÓN INDEFINIDA REGULADOS EN EL ARTÍCULO 23 BIS DE LA LEY 14/2011, DE 1 DE JUNIO, DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN

El Acuerdo de 18 de julio de 2017, sobre configuración y gestión de las bolsas de trabajo y ordenación de sus integrantes, publicado por Resolución de la Rectora de 2 de mayo de 2018 (BOPV n.º 93, de 16 de mayo de 2018) no incluye los llamamientos para los contratos-programa o programas de ejecución temporal entre los llamamientos extraordinarios que se recogen en el artículo 12, por lo que su oferta se ha venido ejerciendo como llamamientos ordinarios del artículo 11.

Si bien la cobertura de estas necesidades no tiene un reflejo automático en la relación de puestos de trabajo, a nadie se le escapa que el plazo de ejecución para dar cumplimento a las mismas es prolongado en el tiempo, con la limitación legalmente establecida en cuanto a su duración y, en ciertos casos, estas necesidades devienen en plazas o puestos de naturaleza estructural.

Además, hay que añadir que el Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, ha modificado la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, estableciendo la posibilidad de contratación laboral indefinida en el ámbito del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para actividades científico-técnicas y que requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos de I+D+I.

Estos hechos han suscitado el cuestionamiento acerca del tratamiento que debería tener en bolsa el ofrecimiento de estos contratos-programas, programas de ejecución temporal.

Por ello, ante la necesidad de dar cobertura a las necesidades existentes y a la vista de los antecedentes expuestos, en aras a una mayor eficacia y eficiencia administrativa, la representación de las organizaciones sindicales y de la UPV/EHU alcanzan el siguiente

ACUERDO

Incluir como llamamientos del artículo 12 las ofertas que se realicen para la cobertura de las necesidades de personal derivadas de los contratos-programas previstos en el Plan Universitario 2023-2026, así como las que se precisen para los programas de ejecución temporal de larga duración, entendiendo como tal las de duración superior al año y los contratos de duración indefinida regulados en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

En Leioa, a 17 de mayo de 2024.


Análisis documental