N.º 119, miércoles 19 de junio de 2024
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Nombramientos, situaciones e incidencias
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2941
ORDEN de 11 de junio de 2024, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de destinos del Concurso de traslados de carácter autonómico entre el personal funcionario de carrera del Cuerpo de maestras y maestros de la Comunidad Autónoma Vasca.
Mediante Resolución de 13 de mayo de 2024 de la Directora de Gestión de Personal del Departamento de Educación, se hace pública la adjudicación provisional de destinos del Concurso de Traslados de carácter autonómico 2023-2024 entre el personal funcionario de carrera del cuerpo de maestros y maestras de la Comunidad Autónoma Vasca.
Se han revisado las reclamaciones presentadas contra dicha Resolución que hace pública la adjudicación provisional de destinos y se han incluido las renuncias aceptadas. Además, se ha procedido a corregir errores advertidos en la Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Directora de Gestión de Personal, por la que se hace pública la relación definitiva de participantes admitidas y admitidos con baremo de méritos y excluidas y excluidos.
Por lo tanto, teniendo en cuenta lo indicado y de conformidad con lo dispuesto en la base vigesimoctava de la Orden de 22 de noviembre de 2023 del Consejero de Educación, por la que se convoca Concurso de Traslados de ámbito autonómico entre personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV de 1 de diciembre de 2023),
DISPONGO:
Primera.– Aprobar la adjudicación definitiva del Concurso de Traslados del personal funcionario de carrera del cuerpo de maestras y maestros de la Comunidad Autónoma Vasca, contenida en el listado que a continuación se relaciona:
Anexo I, listado de participantes funcionarios y funcionarias de carrera del cuerpo de Maestras y Maestros a los que se les ha concedido destino.
Segunda.– Ordenar la exposición del anexo anterior en la página web del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-educacion/ y en la dirección https://hezigunea.euskadi.eus a partir del mismo día de la publicación en el BOPV de la presente Orden. Asimismo, se expondrá en el mismo lugar la lista alfabética de renuncias y reclamaciones estimadas, desestimadas y parcialmente estimadas con indicación de la causa.
Tercera.– Los nombramientos surtirán efectos económicos y administrativos desde el día 1 de septiembre de 2024, produciéndose el cese en los Centros de procedencia con efectos de 31 de agosto de 2024.
Cuarta.– Quedarán sin efecto los destinos erróneamente adjudicados a los maestros y maestras que no cumplan los requisitos exigidos para la participación en esta convocatoria de Concurso de Traslados, sin que el hecho de aparecer en el anexo correspondiente a esta Orden, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de la convocatoria.
Quinta.– Las maestras y maestros que reingresen al servicio activo como consecuencia del Concurso presentarán del 2 al 4 de septiembre de 2024, la documentación a que se refiere la base trigésima de la Orden de 22 de noviembre de 2023 (BOPV de 1 de diciembre de 2023), de convocatoria de Concurso de Traslados.
Sexta.– Las personas reingresadas a que hace referencia la base quinta de la presente Orden deberán presentar certificado de no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad de indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, emitido por el Registro Central de delincuentes sexuales. No obstante, no deberán presentarlo quienes hayan dado el consentimiento expreso para la consulta de dicho dato, por el Departamento de Educación, a través de los sistemas electrónicos de interoperabilidad (portal de educación Hezigunea accediendo a su espacio restringido, mediante usuario y contraseña en el apartado «Protección del menor»).
Séptima.– Las plazas obtenidas en la presente Orden son irrenunciables. No obstante, cuando se participe simultáneamente por distintos cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se deberá optar por aquel en que desea permanecer en activo en el curso escolar 2024-2025, en el plazo de diez días naturales siguientes a la publicación de la Orden de adjudicación definitiva de destinos en el BOPV. De no realizarse dicha opción, se deberá tomar posesión en el puesto obtenido correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo. Las plazas o puestos a los que no se opte tendrán la consideración de vacantes desiertas y se cubrirán reglamentariamente en la forma que determinen las Administraciones educativas.
Octava.– Las maestras y maestros en este Concurso de Traslados que hayan presentado documentación original para la acreditación de méritos alegados, podrán retirarla por sí o por persona debidamente autorizada en la Delegación Territorial a través de la cual hayan concursado, concluido el plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo contra la presente Orden.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de junio de 2024.
El Consejero de Educación,
JOKIN BILDARRATZ SORRON.