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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 118, martes 18 de junio de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
2931

RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2024, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, por el que se reconoce a CIFP Usurbil LHII, como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de «Operador industrial de calderas».

Expediente: EXA/2024/003

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– CIFP Usurbil LHII, presentó ante la Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, solicitud para su reconocimiento como Entidad de Formación de Profesionales Autorizados, en la siguiente especialidad:

– Operador industrial de calderas.

2.– Se acompaña la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, presentada junto con la solicitud, en particular:

Datos de identificación de la entidad:

CIFP Usurbil LHII.

Etarte bidea 9 (B.º Zubieta).

20170 Usurbil (Gipuzkoa).

Descripción de los recursos humanos de la entidad para la impartición de la acción formativa concreta para la que se hace esta solicitud.

Especificación del curso a desarrollar en formato presencial, detallando temario, metodología, organización, gestión de las prácticas, y sistemas de examen/evaluación previstos.

3.– Los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente han verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial.

En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– El Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

2.– La tramitación del expediente se ha realizado conforme con lo establecido en el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial.

3.– En caso de que el curso se realice en instalaciones distintas a CIFP Usurbil LHII, estas deberán cumplir lo establecido en el artículo 22 del citado Decreto 63/2006, estando ubicadas en el territorio de esta Comunidad Autónoma. Se requerirá una visita previa a las mismas para verificar su idoneidad.

Vistos los preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

1.– Reconocer a la entidad CIFP Usurbil LHII, como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de:

– Operador industrial de calderas.

2.– Disponer la inscripción de CIFP Usurbil LHII, en el Registro Especial de Entidades Reconocidas para la Formación de Profesionales Autorizados, con el número de registro: ERF-130.

3.– En el caso de que el curso se realizara en las instalaciones de los clientes, en la solicitud de cada curso se deberá especificar dicha ubicación y su equipamiento, al objeto de que, previamente a la realización del curso, sea autorizada. Para ello, mediante visita del personal técnico correspondiente, se verificará su idoneidad y el cumplimiento de la normativa vigente, en especial lo señalado en el artículo 22 del citado Decreto 63/2006.

4.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, en virtud de lo establecido en el artículo 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En San Sebastián, a 6 de junio de 2024.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa,

AGUSTÍN AROSTEGI ARTETXE.


Análisis documental