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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 118, martes 18 de junio de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2929

RESOLUCIÓN 71/2024, de 11 de junio, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se autoriza la sexta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación a la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 4 de junio, el Acuerdo por el que se autoriza la sexta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación a la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se autoriza la sexta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación a la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de junio de 2024.

La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

MARIA BEGOÑA OTALORA ARIÑO.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 71/2024, DE 11 DE JUNIO, DE LA DIRECTORA DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SEXTA MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES EN RELACIÓN A LA CONSTRUCCIÓN DE LA VARIANTE SUR FERROVIARIA DE BILBAO

El artículo 11.1.g) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes las funciones correspondientes a ferrocarriles.

Corresponde a la Administración General del Estado la competencia exclusiva en materia de obras públicas de interés general y de ferrocarriles y de transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.21 y 24 de la Constitución.

La Comunidad Autónoma de Euskadi ostenta competencias exclusivas en obras públicas de interés comunitario, en ferrocarriles y transportes que transcurran por el territorio de la Comunidad Autónoma, así como las de promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del País Vasco y las competencias de ordenación del territorio y urbanismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.25, 31, 32 y 33 del Estatuto de Autonomía.

En sesión celebrada el día 23 de mayo de 2017, el Consejo de Gobierno autorizó la suscripción de un Convenio de Colaboración con el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Hacienda y Función Pública y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con el fin de establecer los términos para desarrollar las actuaciones precisas para la construcción de la Variante Sur de Bilbao, y encomendar a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi la redacción de estudios informativos, redacción de proyectos de construcción de plataforma para doble vía, la contratación y ejecución de las obras, la colaboración en la gestión administrativa de los expedientes expropiatorios, así como las direcciones de obra y cualquier otro tipo de servicios que la ejecución de las obras de la Variante Sur ferroviaria de Bilbao requieren. El citado Convenio se suscribió con fecha 12 de julio de 2017.

Estos trabajos que se han encomendado en relación a la Variante Sur ferroviaria, se han distribuido en dos fases:

– La primera fase se corresponde con el tramo que discurre entre el Túnel de Serantes y Olabeaga, que va desde el P.K. 0+000 hasta el 12+200 aproximadamente.

– La segunda fase se corresponde con el tramo Barakaldo-Basauri, desde el P.K. 9+750 hasta el 19+500 aproximadamente.

El Convenio de Colaboración suscrito, preveía que los trabajos encomendados por parte del Ministerio de Fomento y ADIF a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrían abordarse directamente por esta o, a través del ente público de derecho privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea (en adelante ETS), entidad creada por Ley 6/2004, de 21 de mayo, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, cuyo objeto es la elaboración de proyectos, construcción, conservación y mantenimiento, así como la administración y gestión de las infraestructuras ferroviarias competencia de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, si así se acuerda por el órgano competente de la Administración General Vasca.

De acuerdo a los términos señalados en el acuerdo de encomienda, se estimó que, para una más eficaz consecución de los intereses públicos, procedía la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, de las actuaciones precisas para la construcción de la Variante Sur de Bilbao, todo ello en base a lo establecido en la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea. La citada encomienda fue aprobada por el Gobierno Vasco en sesión celebrada en fecha 26 de julio de 2017 y posteriormente modificada en Consejos de Gobierno de fecha 26 de diciembre de 2018 y 14 de abril de 2020.

El Convenio suscrito el 12 de julio de 2017 establecía una vigencia de 4 años. Sin embargo, y al objeto de seguir trabajando en los términos fijados en el citado Convenio, y de esa forma seguir avanzando en la definición de estudios y proyectos para la ejecución de las obras objeto del mismo, con fecha 8 de julio de 2021, se ha suscrito una adenda de prórroga y modificación, en la que además de prorrogar en 4 años más la vigencia del Convenio inicial, se introducían diversas modificaciones.

Todo esto requirió la tercera modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, que fue aprobada en fecha 28 de septiembre de 2021. La previsión en la evolución de los estudios informativos y, sobre todo, en las obras de construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao, requirieron una cuarta y una quinta modificación de la encomienda que fueron aprobadas en Consejos de Gobierno de fechas 26 de julio de 2022 y 19 de septiembre de 2023. El coste previsto de las actuaciones recogidas en esta última modificación, se estimaron en la cantidad de cuatrocientos cincuenta millones doce mil trescientos dieciocho euros con sesenta y nueve céntimos (450.012.318,69 euros).

Las últimas previsiones detalladas por el Ente Público Red Ferroviaria Vasca / Euskal Trenbide Sarea (ETS) nos determinan de una manera bastante real, aunque siempre estimativa, de cómo puede ser la evolución de los diferentes expediente recogidos en la modificación del estudio informativo de la fase I (Túnel Serantes-Olabeaga), como en los diferentes proyectos constructivos integrados en esta fase y divididos en 4 lotes. De la misma forma, se pueden extrapolar estas mismas conclusiones al desarrollo del estudio informativo de la fase 2 (Barakaldo-Basauri).

Por el contrario, y en lo que se refiere al epígrafe de las obras correspondientes a la fase 1, hoy en día, todas las estimaciones son bastantes hipotéticas, ya que no se dispone de unos presupuestos cerrados ni de una planificación clara de las mismas. Como datos a destacar, con fecha 16 de abril de 2024, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha formulado la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «Estudio Informativo de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao. Fase I».

Desde el punto de vista presupuestario, se ha intentado recoger una estimación anualizada de las obras, reflejando, lo recogido en los presupuestos aprobados, tanto en la Administración General de la CAPV como en ETS para el ejercicio 2024.

Todas estas consecuencias requieren una sexta modificación de las anualidades previstas en la quinta modificación aprobada en 2023, al objeto de amoldar la distribución presupuestaria acordada al grado de ejecución de los trabajos, sin superar el coste total inicialmente previsto y suscrito en la adenda de prórroga y modificación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, y previa la correspondiente deliberación, en sesión celebrada el día 4 de junio de 2024, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.– Modificar los puntos 4. Antecedentes, Documentos de referencia y Planteamiento General y 7. Valoración y abono de los trabajos de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea aprobada el 26 de julio de 2017 y modificada el 26 de diciembre de 2018, 14 de abril de 2020, 28 de septiembre de 2021, 26 de julio de 2022 y 19 de septiembre de 2023 para la realización de determinadas actividades en relación a la construcción de la Variante Sur Ferroviaria de Bilbao

Segundo.– Las condiciones concretas en que se llevará a cabo la citada modificación de la encomienda son las que figuran como Anexo al citado Acuerdo.

Tercero.– Publicar la presente encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco.

ANEXO

4.– Antecedentes, documentos de referencia y planteamiento general.

El 12 de julio de 2017 se ha suscrito el Convenio de Colaboración por parte del Ministerio de Fomento, Ministerio de Hacienda y Función Pública, Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la Variante Sur ferroviaria de Bilbao.

La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, colaborará con la Administración General del Estado y ADIF en la contestación de las alegaciones al Estudio Informativo de la Fase 1 y en su caso se encargará de la redacción de su modificación, y de la redacción del estudio informativo de la Fase 2; la redacción del proyecto de construcción de plataforma, la contratación y ejecución de las obras, la colaboración en la gestión administrativa de los expedientes expropiatorios, la dirección de obra y cualquier otro tipo de servicios que la ejecución de las obras de la Variante Sur ferroviaria de Bilbao para su primera fase requiere.

Estos trabajos de la Variante Sur ferroviaria de Bilbao, serán abordados por parte de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en las siguientes fases:

– La Fase 1 se corresponde al tramo que discurre entre el Túnel de Serantes-Olabeaga que discurre desde el P.K. 0+000 hasta el 12+200 aproximadamente.

– La Fase 2 se corresponde con el trabajo Barakaldo-Basauri, desde el P.K. 9+750 hasta el 19+500 aproximadamente.

Asimismo el Convenio prevé que los trabajos encomendados por parte del Ministerio de Fomento y ADIF a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrán abordarse directamente por esta Administración o, a través del ente público de derecho privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea (en adelante ETS), entidad creada por Ley 6/2004, de 21 de mayo, cuyo objeto es la elaboración de proyectos, construcción, conservación y mantenimiento, así como la administración y gestión de las infraestructuras ferroviarias competencia de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, si así se acuerda por el órgano competente de la Administración General vasca.

El coste aproximado de todas las actividades y obras encomendadas, tanto en lo que se refiere a la primera fase como a la segunda fase, es de 464,65 millones de euros (IVA incluido), en base a los conceptos y anualidades que se recogen posteriormente. Al amparo de la disposición adicional cuarta de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi procederá a realizar las correspondientes minoraciones del cupo en compensación por los gastos de ejecución de las obras de la Fase 1, así como los costes de los servicios que, como consecuencia del Convenio de referencia de fecha 12 de julio de 2017, modificado y prorrogado el 8 de julio de 2021, abordará la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi tanto en la Fase 1, como en la Fase 2, tras la presentación de las correspondientes certificaciones de obras o de servicios, a excepción del coste referido a la modificación del Estudio Informativo de la Fase 1:

Fase 1 (Túnel de Serantes – Olabeaga).

(Véase el .PDF)

Fase 2 (Barakaldo – Basauri).

(Véase el .PDF)

La Administración General conforme determina el Convenio afrontará con cargo a sus propios recursos financieros la modificación del Estudio Informativo de la primera fase, Túnel de Serantes-Olabeaga. El coste de la redacción de la modificación del Estudio Informativo, se estima en 746.615,61 euros (IVA incluido).

7.– Valoración y abono de los trabajos.

Los trabajos encomendados tienen una valoración estimada de cuatrocientos sesenta y cuatro millones seiscientos cincuenta y un mil ochocientos seis euros con ochenta y nueve céntimos (464.651.806,89 EUR), en base a los siguientes conceptos:

(Véase el .PDF)

Los créditos de compromiso asociados a los trabajos encomendados, salvo los relativos a la modificación del Estudio Informativo de la primera fase, Túnel de Serantes-Olabeaga, se encuentran en los Presupuestos de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, que, como Ente Público de Derecho Privado, se incorporan a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que son aprobados por Ley para cada ejercicio presupuestario.

El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificarse los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación por parte de ETS de la factura a conformidad de la Administración.


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