N.º 115, jueves 13 de junio de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
2851
RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2024, de la Delegada Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para la instalación correspondiente al proyecto de nuevo tramo de L.S.M.T. de 13,2 kV S.C. «4549 L08 Gernika Kanala Kosta» de enlace entre el C.T. «Meorio Barria» (901168480) y el nuevo C.T. «Islas Bekobarria» (901168610), en el término municipal de Gautegiz Arteaga (Bizkaia).
Expediente: 48-AT-Y-2022-00118.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.– Con fecha 7 de octubre de 2022, la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., solicita autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para el proyecto de nuevo tramo de L.S.M.T. de 13,2 kV S.C. «4549 L08 Gernika Kanala Kosta» de enlace entre el C.T. «Meorio Barria» (901168480) y el nuevo C.T. «Islas Bekobarria» (901168610), en el término municipal de Gautegiz Arteaga (Bizkaia).
2.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 48/2020 de 31 de marzo del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre, se publica el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud en el BOPV de fecha 9 de abril de 2024, en el BOB de fecha 9 de abril de 2024 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
3.– Con fecha 27 de marzo de 2024 se remitió al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, petición de presentación del condicionado técnico que considerasen oportuno.
4.– Dentro de los plazos reglamentarios, no se han presentado alegaciones ni condicionados técnicos.
5.– Con fecha 14 de agosto de 2023, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, envió solicitud de informe de impacto ambiental (Evaluación de Impacto Ambiental simplificada) del proyecto de referencia a la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco.
6.– Con fecha 25 de octubre de 2023, la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco inició el trámite de consultas a los organismos y personas interesadas. Una vez analizados los informes recibidos, se procede a emitir el informe de impacto ambiental, con lo siguiente:
Los impactos más significativos se producirán durante la fase de obras, dadas la naturaleza y las características del proyecto.
Vistas las características del ámbito y de la actividad que se pretende, y considerando las medidas protectoras y correctoras propuestas por el promotor, así como las que se dictan en el informe de impacto ambiental, no se prevén efectos negativos significativos sobre ninguno de los aspectos del medio señalados.
Las medidas protectoras y correctoras se ejecutarán de acuerdo con la normativa vigente, de acuerdo con lo establecido en los apartados siguientes y, en lo que no se oponga a lo anterior, de acuerdo con lo previsto en la documentación presentada por el promotor, a través del órgano sustantivo, ante la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular.
Todas estas medidas deberán quedar integradas en el conjunto de los pliegos de condiciones para la contratación de las obras, y dotadas del consiguiente presupuesto que garantice el cumplimiento de las mismas. Asimismo, se aplicarán las buenas prácticas en obra.
Todo ello queda reflejado en la Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Director de Calidad Ambiental y Economía Circular, por la que se formula el informe de impacto ambiental del proyecto de nuevo tramo LSMT de 13,2 kV SC «4549 L08 Gernika-Kanala Kosta» entre el CT «Meorio Barria» y el nuevo CT «Islas Bekobarria» (Bizkaia), publicada en el BOPV de fecha 22 de enero de 2024.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1.– La Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia es el órgano competente para la tramitación y resolución del presente expediente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
2.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 48/2020, de 31 de marzo del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.
3.– La Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.
4.– Informe favorable de la Delegación Territorial de Administración Industrial del Departamento en Bizkaia, de fecha 23 de mayo de 2024.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
RESUELVO:
Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto de nuevo tramo de L.S.M.T. de 13,2 kV S.C. «4549 L08 Gernika Kanala Kosta» de enlace entre el C.T. «Meorio Barria» (901168480) y el nuevo C.T. «Islas Bekobarria» (901168610), en el término municipal de Gautegiz Arteaga (Bizkaia).
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:
1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen; y atendiendo a lo establecido en el informe de impacto ambiental (mencionado en los antecedentes de esta resolución).
2.– El plazo de puesta en marcha será de tres años contado a partir de la presente Resolución.
3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.
4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
En Bilbao, a 24 de mayo de 2024.
La Delegada Territorial de Administración Industrial de Bizkaia,
MARÍA JESÚS MARKAIDA URIARTE.