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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 111, viernes 7 de junio de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
2782

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto de electrificación de la variante del Topo».

El anterior Departamento de Vivienda, Transportes y Obras Públicas solicitó a ETS que procediera a definir las actuaciones necesarias para convertir las líneas ferroviarias existentes de Donostialdea en un sistema Subterráneo de altas prestaciones.

Con estas premisas, ETS adjudicó la redacción del Estudio Informativo del Metro de Donostia-San Sebastián, en octubre de 2009. Dentro del citado contrato, los trabajos se dividieron en varios estudios independientes:

• Estudio de funcionalidad y de demanda del Metro de Donostia / San Sebastián.

• Estudio Informativo del tramo Lugaritz-Anoeta.

• Estudio Informativo del Intercambiador de Riberas de Loiola.

• Estudio Informativo del tramo Irun-Hondarribia.

Posteriormente, el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial adoptó la decisión de reconsiderar el diseño básico de la nueva línea entre Lugaritz y Morlans; modificación que requería la redacción y tramitación de un nuevo Estudio Informativo del Tramo Lugaritz – Easo. Dicho Contrato de Obra Civil no incluye las Instalaciones, siendo necesaria la redacción de proyectos para su definición.

Como consecuencia, se considera necesaria la redacción de tres (3) proyectos de Instalaciones de Ferrocarril:

• Señalización.

• Comunicaciones.

• Electrificación.

El proyecto a aprobar, que se redacta a solicitud de Euskal Trenbide Sarea (ETS), tiene por objeto estudiar, definir y valorar el equipamiento necesario para la ejecución del Proyecto de Electrificación de catenaria de la Variante del Topo, de tal manera que se disponga de unas instalaciones con las debidas condiciones de funcionalidad y seguridad para la explotación del Sistema Ferroviario en este tramo.

Como premisa general se debe observar que todos los equipos y sistemas a definir deben ser completamente compatibles con los actualmente instalados en el resto de la Línea de ETS.

El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende dos millones setecientos siete mil seiscientos doce euros con un céntimo (2.707.612,01), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de tres millones ochocientos noventa y ocho mil seiscientos noventa euros con cincuenta y tres céntimos (3.898.690,53).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de trece (13) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2.b) del Decreto 11/2021 de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el «Proyecto de electrificación de la variante del Topo» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de tres millones ochocientos noventa y ocho mil seiscientos noventa euros con cincuenta y tres céntimos (3.898.690,53), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de trece (13) meses.

Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de mayo de 2024.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.


Análisis documental