N.º 111, viernes 7 de junio de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
2779
DECRETO 68/2024, de 28 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el barrio Ametzaga de Güeñes, en el municipio de Güeñes.
El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el barrio Ametzaga de Güeñes», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.
Con fecha 20 de julio de 2023, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 191, de 4 de octubre de 2023, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2023, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública y a trámite de audiencia, no habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo.
Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados, por las siguientes circunstancias formuladas por el solicitante:
«La red de abastecimiento de agua potable que parte desde el depósito Ametzaga de Güeñes está compuesta por dos tuberías de Fibrocemento de diámetros DN150 y DN100 con las que se abastece a los barrios de Aranguren y La Perenal. Además, existe una línea de distribución al barrio Ametzaga, que abastece a las viviendas con número 1, 3, 4 y 5 del citado barrio.
El fibrocemento es un material calificado como rechazable en redes de abastecimiento por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia (en adelante CABB) debido a la dificultad de explotación de las mismas así como de los reiterados problemas de fugas y averías. Esto provoca cortes de suministro de agua potable para realizar las actuaciones de reparación de las mismas y, de manera adicional, repercute en otro tipo de consecuencias tales como: medioambientales (pérdidas de agua), daños a terceros y empeoramiento del servicio prestado a los abonados de la zona.
Ante los antecedentes descritos se consideró necesario llevar a cabo la redacción de un proyecto que contemplara la renovación de la red de abastecimiento a fin de sustituir las redes de abastecimiento actualmente existentes ya que las mismas se encuentran en una situación que no garantizan un suministro continuado a los abonados de dichos barrios.
Concretamente, en este proyecto se utilizarán conducciones de Fundición Dúctil (FD) y Polietileno de Alta Densidad (PEAD), tratándose estos últimos de materiales habitualmente utilizados en redes de distribución y cuya vida útil y nivel de servicio prestado es notablemente superior a las conducciones de fibrocemento.
De manera complementaria, se instalará una nueva conducción que sirva a modo de desagüe del depósito Ametzaga así como las acometidas domiciliarias y elementos complementarios (válvulas, bocas de riego contra incendios...) necesarios en el entorno.
La instalación de estas nuevas conducciones conllevará la mejora en el servicio prestado a los abonados y evitará las reiteradas roturas, molestias y fugas de agua».
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de mayo de 2024,
DISPONGO:
Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de mejora de la red de abastecimiento en el barrio Ametzaga de Güeñes».
DISPOSICIÓN FINAL
Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de mayo de 2024.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,
IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.