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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 103, martes 28 de mayo de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
2559

DECRETO 62/2024, de 14 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de renovación de la red primaria de saneamiento. Colector minero. Tramo Putxeta-Muskiz. Fase 3, en los municipios de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena y Muskiz.

El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de renovación de la red primaria de saneamiento. Colector minero. Tramo Putxeta-Muskiz. Fase 3», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha 2 de mayo de 2023, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia N.º 111, de 9 de junio de 2023, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2023, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado una alegación, según consta en el expediente administrativo.

Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados, por las siguientes circunstancias formuladas por el solicitante:

«El tramo actual del colector Minero en el tramo entre Putxeta y Muskiz (Cotorrio), presenta dos problemáticas diferenciadas:

Por un lado, el trazado actual del colector transcurre prácticamente en su totalidad dentro de la zona de protección del río, franja definida a 15 m a cada lado del río Cotorrio, y en ciertas zonas incluso invade la zona de dominio público hidráulico. Eso hace que en época de avenidas la cota de la lámina de agua del río sea superior a la cota de tapa de algunos pozos de registro.

Por otro lado, en dicho tramo debido a la fuerza del río y a un elevado grado de erosionabilidad del suelo, el terreno junto al río sufre desprendimientos y erosión, sobre todo en la zona de los meandros existentes, afectando en gran medida a la conducción, arquetas y escolleras de protección».

«La renovación del actual colector se contempla en tres fases o tramos, este proyecto se corresponde con la fase 3, situada entre el barrio de Putxeta y el pozo Gerente (TM de Abanto-Zierbena)».

«El colector actual presenta varias patologías en el tramo proyectado, en la revisión realizada en junio de 2016 entre otras se detectaron: Dos cruces del río Cotorrio sin tapada suficiente, tramos en contrapendiente entre los pozos ZM22 al ZM32, deformaciones del colector entre los tramos ZM25 al ZM32, daños en el tramo ZM29 al ZM30 y arquetas en mal estado (PR-24, PR-25, PR-26, PR- 33, PR-34, PR-35, PR-36, PR.37, PR-41, PR.42 y PR.43).

Con el paso del tiempo las citadas patologías están yendo a mayor, pudiendo en algún momento llegar a comprometer la integridad del colector. En caso de rotura, verterían las aguas recogidas en el sistema de saneamiento a cauce natural, con la consecuente afección al medio receptor. Por todo ello, se requiere de una pronta sustitución del actual colector a fin de eliminar las afecciones que las patologías actuales puedan estar generando en el río Cotorrio, así como evitar el riesgo de una posible rotura del colector».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de mayo de 2024,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de renovación de la red primaria de saneamiento. Colector minero. Tramo Putxeta-Muskiz. Fase 3».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 14 de mayo de 2024.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental