N.º 100, jueves 23 de mayo de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
2478
RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2024, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, por la que se reconoce a Zubigune Fundazioa como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de «Operador industrial de calderas».
N.º Expte.: EXA/2024/002.
ANTECEDENTES DE HECHO
Uno.– Zubigune Fundazioa, presentó ante la Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, solicitud para su reconocimiento como Entidad de Formación de Profesionales Autorizados, en la siguiente especialidad:
– Operador industrial de calderas.
Dos.– Se acompaña la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, presentada junto con la solicitud, en particular:
– Datos de identificación de la entidad:
• G75051698.
• Zubigune Fundazioa.
• Etarte bidea 9.
• 20170 Usurbil (Gipuzkoa).
– Descripción de los recursos humanos de la entidad para la impartición de la acción formativa concreta para la que se hace esta solicitud.
– Especificación del curso a desarrollar en formato presencial, detallando temario, metodología, organización, gestión de las prácticas, y sistemas de examen/evaluación previstos.
– Convenio con Usurbilgo Lanbide Eskola para utilizar sus instalaciones.
Tres.– Los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente han verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial.
En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Uno.– El Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Dos.– La tramitación del expediente se ha realizado conforme con lo establecido en el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial.
Tres.– En caso de que el curso se realice en instalaciones distintas a Usurbilgo Lanbide Eskola, estas deberán cumplir lo establecido en el artículo 22 del citado Decreto 63/2006, estando ubicadas en el Territorio de esta Comunidad Autónoma. Se requerirá una visita previa a las mismas para verificar su idoneidad.
Vistos los preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación,
RESUELVO:
1.– Reconocer a la entidad Zubigune Formazioa, como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de:
– Operador industrial de calderas.
2.– Disponer la inscripción de Zubigune Fundazioa, en el Registro Especial de Entidades Reconocidas para la Formación de Profesionales Autorizados, con el número de registro: ERF-129.
3.– Dado que cada curso se realizará en las instalaciones de los clientes, en la solicitud de cada curso se deberá especificar dicha ubicación y su equipamiento, al objeto de que, previamente a la realización del curso, sea autorizada. Para ello, mediante visita del personal técnico correspondiente, se verificará su idoneidad y el cumplimiento de la normativa vigente, en especial lo señalado en el artículo 22 del citado Decreto 63/2006.
4.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, en virtud de lo establecido en el artículo 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En San Sebastián, a 6 de mayo de 2024.
El Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa,
AGUSTÍN AROSTEGI ARTETXE.