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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 93, martes 14 de mayo de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2261

ORDEN de 22 de abril de 2024, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Arma Plaza, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y el cambio de denominación a Fundación Arma Plaza Fundazioa.

En fecha 9 de febrero de 2024 ha tenido entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, la escritura pública de cambio de denominación y modificación de Estatutos otorgada el 24 de noviembre de 2023 por la fundación, ante el Notario de Hondarribia, D. Rafael Lacort Usieto (1284 de su protocolo).

En la referenciada escritura pública se incorpora certificado expedido el día 2 de octubre de 2023 por la Secretaria del Patronato de la Fundación con el visto bueno del Presidente, de las reuniones del Patronato celebradas los días 22 de noviembre de 2018, 1 de octubre de 2020 y 6 de octubre de 2022, en las que se adoptaron por unanimidad, entre otros, el acuerdo de modificar el artículo 1 de los estatutos relativo a la denominación y modificar los estatutos de la Fundación para su adaptación de los mismos a la Ley 9/2016, de 2 de junio de Fundaciones del País Vasco.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 1 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Arma Plaza y cambio de denominación a Fundación Arma Plaza Fundazioa, así como la adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, con la fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 24 de noviembre de 2023, ante el Notario de Hondarribia, D. Rafael Lacort Usieto (número 1284 de su protocolo).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de abril de 2024.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental