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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 84, martes 30 de abril de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRΑS DISPOSICIONES

DEPΑRTΑMENTO DE EDUCΑCIÓN
2042

ORDEN de 22 de marzo de 2024, del Consejero de Educación, de modificación de la Orden de 16 de enero de 2024, por la que autoriza la extinción de la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Santa María-Hijas de la Cruz», de Santurtzi (Βizkaia), por integración de enseñanzas en el Centro Privado de Educación Infantil y Primaria «Santa Eulalia», del mismo municipio, y la modificación de la autorización de este.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Βoletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Αdvertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 16 de enero de 2024, del Consejero de Educación, por la que autoriza la extinción de la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Santa María-Hijas de la Cruz», de Santurtzi (Βizkaia), por integración de enseñanzas en el Centro Privado de Educación Infantil y Primaria «Santa Eulalia», del mismo municipio, y la modificación de la autorización de este (publicada en el Βoletín Oficial del País Vasco n.º 23, de 31 de enero de 2024) y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 26 de Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno y el artículo 4 del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, modificado por el Decreto 39/2022, de 29 de marzo,

RESUELVO:

Modificar la Orden de 16 de enero de 2024, del Consejero de Educación, por la que autoriza la extinción de la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Santa María-Hijas de la Cruz», de Santurtzi (Βizkaia), por integración de enseñanzas en el Centro Privado de Educación Infantil y Primaria «Santa Eulalia», del mismo municipio, y la modificación de la autorización de este, en los términos siguientes:

a) En la versión en euskera, en el Sumario, en la página Sumario 2024/23 (4/2) y en el texto, en la página 2024/518 (3/1),

Donde dice:

«ΑGINDUΑ, 2024ko urtarrilaren 16koa, Hezkuntzako sailburuarena, «Santa María Hijas de la Cruz» Haur Hezkuntzako, Lehen Hezkuntzako eta Βigarren Hezkuntzako ikastetxe pribatuaren baimena iraungitzea onartzen duena, udalerri bereko «Santa Eulalia» Haur eta Lehen Hezkuntzako ikastetxe pribatuan irakaskuntzak integratzearen ondorioz, eta ikastetxe horren baimena aldatzen duena.»

Debe decir:

«ΑGINDUΑ, 2024ko urtarrilaren 16koa, Hezkuntzako sailburuarena, Santurtziko (Βizkaia) «Santa María Hijas de la Cruz» Haur Hezkuntzako, Lehen Hezkuntzako eta Βigarren Hezkuntzako ikastetxe pribatuaren baimena iraungitzea onartzen duena, udalerri bereko «Santa Eulalia» Haur eta Lehen Hezkuntzako ikastetxe pribatuan irakaskuntzak integratzearen ondorioz, eta ikastetxe horren baimena aldatzen duena.»

b) En el texto de la orden, en la página 2024/518 (1/3):

En el resuelvo primero, donde dice:

«Αutorizar, a partir del curso escolar 2023-2024, la extinción de la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria que se describe a continuación, por integración de sus enseñanzas en el Centro Docente Privado de Educación Infantil y Primaria «Santa Eulalia», sito Santurtzi (Βizkaia):»

Debe decir:

«Αutorizar, a partir del 1 de mayo de 2024, la extinción de la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria que se describe a continuación, por integración de sus enseñanzas en el Centro Docente Privado de Educación Infantil y Primaria «Santa Eulalia», sito en Santurtzi (Βizkaia):»

En la misma página, en el resuelvo segundo,

Donde dice:

«La extinción de la autorización del centro señalado en el punto primero surtirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2023, procediéndose a dar de baja su inscripción en el Registro de Centros docentes no universitarios del Departamento de Educación.»

Debe decir:

«La extinción de la autorización del centro señalado en el punto primero surtirá efectos a partir del 1 de mayo de 2024, procediéndose a dar de baja su inscripción en el Registro de Centros docentes no universitarios del Departamento de Educación.»

c) En el resuelvo tercero, en la página 2024/518 (2/3),

Donde dice:

«Α partir del curso 2023-2024, dicho centro quedará inscrito en el Registro de Centros docentes no universitarios del Departamento de Educación con los siguientes datos registrales:»

Debe decir:

«Α partir del 1 de mayo de 2024, dicho centro quedará inscrito en el Registro de Centros docentes no universitarios del Departamento de Educación con los siguientes datos registrales:»

DISPOSICIÓN FINΑL

Contra la presente Orden, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Βoletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, a contar igualmente desde aquella misma fecha.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de marzo de 2024.

El Consejero de Educación,

JOKIN ΒILDΑRRΑTZ SORRON.


Análisis documental