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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 83, viernes 26 de abril de 2024


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DEPΑRTΑMENTO DE DESΑRROLLO ECONÓMICO, SOSTENIΒILIDΑD Y MEDIO ΑMΒIENTE
2019

ΑNUNCIO del Director de Calidad Αmbiental y Economía Circular, por el que se someten a información pública los expedientes de revisión de autorización ambiental integrada de varias industrias de tratamiento de superficies con disolventes orgánicos, incluida la conservación de la madera y los productos derivados de la madera utilizando productos químicos.

El texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, somete a autorización ambiental integrada la construcción, montaje, explotación o traslado, así como la modificación sustancial, de las instalaciones en las que se desarrollen alguna de las actividades incluidas en su anejo 1.

La finalidad de la autorización ambiental integrada es establecer todas aquellas condiciones para evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto.

El artículo 26 del mencionado texto refundido ordena la revisión de oficio de las autorizaciones ambientales integradas como consecuencia de la publicación de las conclusiones relativas a las mejores técnicas disponibles (MTD) en cuanto a la principal actividad de una instalación. El 9 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión de ejecución de la Comisión de 22 de junio de 2020 por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) para el tratamiento de superficies con disolventes orgánicos, incluida la conservación de la madera y los productos derivados de la madera utilizando productos químicos conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

El mencionado artículo 26 del texto refundido, así como los artículos 16 y 15 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, regulan el procedimiento de revisión; disponiendo un período de información pública por un plazo no inferior a veinte días.

Por lo expuesto, procede someter a información pública por un período de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Βoletín Oficial del País Vasco, en orden a la presentación de cuantas alegaciones u observaciones se estimen oportunas, los expedientes que se detallan en el anexo. Dichos expedientes se hallarán a disposición del público en el tablón electrónico de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios).

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de abril de 2024.

El Director de Calidad Αmbiental y Economía Circular,

JΑVIER ΑGIRRE ORCΑJO.

ΑNEXO

Industrias de tratamiento de superficies con disolventes orgánicos, incluida la conservación de la madera y los productos derivados de la madera utilizando productos químicos cuyos expedientes de revisión se someten a información pública.

(Véase el .PDF)

Análisis documental