N.º 80, martes 23 de abril de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
1944
DECRETO 40/2024, de 9 de abril, por el que se autoriza a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A. y se autoriza a las personas representantes de las acciones titularidad directa o indirecta de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi a prestar su conformidad a la modificación del artículo 2 de los estatutos sociales de dicha sociedad.
El ente SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial participa en el capital social de la sociedad pública Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A., siendo el accionista mayoritario de la misma.
El objeto social de la sociedad Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A. consiste en estimular y promover la iniciativa y la inversión industrial, mediante la construcción de un complejo de pabellones industriales y la instalación de infraestructuras y dotación de equipamiento en inmuebles, gestionando su explotación mediante fórmulas de arriendo, transferencia de propiedad, u otras cualesquiera, incluso, la cesión en precario, realizando la promoción, comercialización de locales y servicios, la selección e invitación a empresas candidatas a implantarse en él, empresas que realizarán actividades en materias de tecnología avanzada, estimulando, en particular, el campo de la electrónica e informática (hardware y software) aplicada a productos, procesos y servicios, prosiguiendo con la gestión permanente y explotación de los servicios obligados en este tipo de instalaciones: Proceso de textos, Télex, dibujo de ordenador, conexión con bases de datos, alquiler de ordenador, de maquinaria de oficinas, salas de reuniones y atención telefónica personalizada.
La sociedad Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A. precisa acudir a una ampliación de capital para la financiación de la reconstrucción del edificio Lancor & Consoni.
El Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial ha solicitado autorización para concurrir a la ampliación de capital de la sociedad Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A. Esta autorización es necesaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 110.1 de la Ley del Patrimonio de Euskadi cuyo texto refundido fue aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, que establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto.
En la operación prevista el ente SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial concurriría a dicha ampliación de capital por un importe total de 7.000.000 de euros, equivalente al 70 % de la totalidad de la ampliación propuesta, con lo que su participación en Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A. será del 71,14 % de su capital social.
La ampliación de capital conlleva una nueva redacción del artículo de los estatutos sociales de las sociedades de capital. Por ello, es de aplicación el artículo 111.2 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, que establece que la conformidad de los representantes de las acciones titularidad, directa o indirecta, de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma a la aprobación de los estatutos sociales y sus modificaciones será autorizada por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento a que se encuentre vinculada la sociedad.
En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente y del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 9 de abril de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1.– Autorizar a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la toma de participación en la ampliación del capital social de la sociedad Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A. por importe de siete millones (7.000.000) de euros, equivalente al 70 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta sociedad será del 71,14 %.
Artículo 2.– Autorizar a las personas representantes de las acciones titularidad de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial para prestar su conformidad a la modificación del artículo 2 de los estatutos sociales de la sociedad Parque Tecnológico-Teknologi Elkartegia, S.A. como consecuencia de la ampliación de capital, cuya redacción recogerá la nueva cifra de capital social.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 9 de abril de 2024.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,
MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.
El Consejero de Economía y Hacienda,
PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.