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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, lunes 15 de abril de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1807

ORDEN de 26 de marzo de 2024, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Centro Asociado de la UNED-Bizkaia, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

El 28 de diciembre de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Centro Asociado de la UNED-Bizkaia, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, acordada por el patronato de la fundación el 25 de octubre de 2023, y elevada a escritura pública que se otorgó en Bilbao, el 19 de diciembre de 2023 ante el Notario D. José Ignacio Garriga Gamarra (número de protocolo: 1334). Asimismo, también se modifican diferentes aspectos como el domicilio fundacional, el listado ejemplificativo de fines, las personas beneficiarias, la composición del patronato, la duración del patronato y la liquidación y destino del patrimonio sobrante entre otras. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Mediante la referida documentación se modifican los estatutos de la fundación en lo referente a:

– Se adaptan los estatutos a la Ley 9/2016 de 2 de junio, de Fundaciones del Pais Vasco, adecuando la terminología.

– Artículo 3 (fines fundacionales) se enumeran las actividades necesarias para desarrollar los fines fundacionales, realizando funciones docentes e investigadoras especialmente, permaneciendo los fines invariables.

– Artículo 4 (domicilio y ámbito territorial) la Fundación tendrá su domicilio en Portugalete (Bizkaia), parque Ignacio Ellacuría n.º 3.

– Artículo 5 (personas beneficiarias) las actividades de la Fundación revertirán en beneficio del conjunto de ciudadanos/as que cursen carreras y estudios tutotizados por el Centro Asociado, estableciendo un orden para la designación concreta de las personas beneficiarias.

– Artículo 8 (composición del patronato o Junta Rectora) estará constituido por un número mínimo de diez (10) y un máximo de doce (12) miembros.

– Artículo 11 (duración del patronato) el cargo de patrono/a tendrá una duración indefinida.

– Artículo 35 (liquidación y destino del patrimonio sobranto) los bienes y derechos resultantes de la liquidación se destinarán a las personas públicas fundadoras, en proporción a su aportación realizada en el momento de la constitución o con posterioridad.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Centro Asociado de la UNED-BIZKAIA, para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco e incorporar las modificaciones enumeradas en la parte expositiva con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada ante el Notario D. José Ignacio Garriga Gamarra el 19 de diciembre de 2023 (número de protocolo: 1334).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de marzo de 2024.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental