N.º 51, lunes 11 de marzo de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1250
ORDEN de 12 de febrero de 2024, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Fundación Biobizz.
El 9 de junio de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la fundación denominada Fundación Biobizz. A la solicitud se adjuntó escritura pública de constitución otorgada a la misma fecha, en Bilbao, ante el notario D. Francisco Arriola Garrote (número de protocolo: 455).
El 12 de diciembre de 2023 fue aportada escritura de subsanación de la anterior, tras el requerimiento notificado al efecto por el protectorado el 22 de noviembre de 2023.
El primer programa o plan de actuación de la fundación consta protocolizado en la escritura.
La persona fundadora es la sociedad Biobizz Worldwide, S.L. (CIF B98076631), inscrita en el Registro Mercantil de Gipuzkoa: tomo 1367, folio 111, hoja SS-7373.
El 31 de enero de 2024, reunida la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco al objeto de valorar la solicitud de inscripción en lo referente a la licitud e interés general de los fines de la fundación, así como a la viabilidad de la misma, emitió informe favorable al efecto.
Igualmente, el Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido, con fecha de 8 de febrero de 2024, el informe preceptivo sobre la constitución de la fundación.
Según establece el artículo 3 de sus estatutos, la fundación denominada Fundación Biobizz se constituye con el siguiente fin de interés general:
«Los fines de interés general que persigue la fundación serán de carácter social, cultural, medioambiental, deportivo y educativo, con especial atención al cuidado de la vida y del medioambiente».
Conforme dispone el artículo 4 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en el polígono Lezama-Leguizamón de Etxebarri (Bizkaia), calle Gorbeia 11-21. La fundación desarrollará sus actividades, principalmente, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La dotación inicial de la fundación es de treinta y seis mil quinientos (36.500) euros, cuya aportación se realiza, de conformidad con el apartado segundo del artículo 12 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, por la sociedad fundadora. Se acredita a través de la certificación bancaria, de fecha 7 de febrero de 2023.
Según consta en la escritura pública de constitución, el primer patronato estará compuesto por las siguientes personas:
– Presidente: D. José Luis Pinheiro Bartolo.
– Secretaria: Dña. Nancy Fernández Villa.
– Tesorero: D. Edward Winkelman.
Todas las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio.
Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de constitución, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 7 a 12 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 41 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la fundación denominada Fundación Biobizz, bajo el número de registro F-489, así como la composición de su patronato, en los términos previstos en las escrituras públicas otorgadas el 9 de junio y el 7 de diciembre de 2023, en Bilbao, ante el notario D. Francisco Arriola Garrote (números de protocolo: 552 y 1017, respectivamente).
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 12 de febrero de 2024.
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,
OLATZ GARAMENDI LANDA.