N.º 44, jueves 29 de febrero de 2024
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1079
ORDEN de 14 de febrero de 2024, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Residencia Calzada.
El 15 de noviembre de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Residencia Calzada, acordada por el patronato de la fundación el 17 de abril de 2023, y elevada a escritura pública que se otorgó en Gernika-Lumo el 11 de agosto de 2023 ante el notario D. Alfonso Ansola Horcajo (número de protocolo: 753). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.
Mediante la referida documentación se modifican los estatutos de la fundación en lo referente a:
–. Artículo 18 (Personal al servicio de la Fundación. Dirección del centro Residencia Calzada. Las Hijas de la Caridad.) se elimina la potestad de la Congregación de las hijas de la Caridad para designar el cargo de director/a del centro, ante la imposibilidad de su nombramiento. La redacción actual les atribuye la capacidad de designar vocal en la junta del patronato.
Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Residencia Calzada, referida a la variación de la capacidad de nombramiento del cargo de director/a del centro, así como de miembros del patronato, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada ante el notario D. Alfonso Ansola Horcajo el 11 de agosto de 2023 (número de protocolo: 753).
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de febrero de 2024.
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,
OLATZ GARAMENDI LANDA.