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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 16, lunes 22 de enero de 2024


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
317

RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2024, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición y convalidación de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de niveles básico, cualificado y fumigador, a los alumnos de los cursos números 826 a 827.

HECHOS

Primero.– Se han organizado los cursos que se relacionan a continuación:

– Curso n.º 826, impartido por Fundación Laboral de la Construcción: curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 827, convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C, cursos realizados en otras CCAA de usuario profesional de productos fitosanitarios, de nivel básico, que dan derecho a la obtención del carné tipo B, y cursos realizados en otras CCAA, de nivel fumigador, que da derecho a la obtención del carné tipo F.

Los dos cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, en la parte B, para el nivel cualificado, y en la parte C, para el nivel fumigador, del Anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B, C y F, respectivamente.

Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.

Vistos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación, y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.

Segundo.– El artículo 17.1.b) del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la expedición de carnés de usuario profesional de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.– De nivel básico, del curso 826, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.

2.– De nivel cualificado, nivel básico y nivel fumigador, del curso 827, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo II a la presente Resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de enero de 2024.

El Director de Agricultura y Ganadería,

JORGE GARBISU BUESA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental