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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 13, miércoles 17 de enero de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
229

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2023, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión entre la Dirección General del Organismo Autónomo Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia / Academia Vasca de Policía y Emergencias y la Dirección General de Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea / Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), sobre la gestión material de celebración de Cursos de Capacitación Lingüística en el primer perfil lingüístico de la Ertzaintza y en el segundo perfil lingüístico de la Ertzaintza, y de impartición de euskera al alumnado de los Cursos de Ingreso en la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía del País Vasco.

Habiéndose suscrito por el Organismo Autónomo Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia / Academia Vasca de Policía y Emergencias y Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea / Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos el Acuerdo referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida.

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de encomienda de gestión entre el Organismo Autónomo Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia / Academia Vasca de Policía y Emergencias y Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea / Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos, sobre Encomienda de la Gestión material de celebración de Cursos de Capacitación Lingüística en el primer perfil lingüístico de la Ertzaintza y en el segundo perfil lingüístico de la Ertzaintza, y de impartición de euskera al alumnado de los Cursos de Ingreso en la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía del País Vasco.

En Arkaute, a 28 de diciembre de 2023.

El Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,

ANDRÉS ZEARRETA OTAZUA.

ANEXO

Acuerdo de encomienda de gestión entre el Organismo Autónomo Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia / Academia Vasca de Policía y Emergencias y Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erankundea / Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), para la celebración de cursos de capacitación en el primer y en el segundo perfil lingüístico de la Ertzaintza, y de impartición de euskera al alumnado de los Cursos de Ingreso en la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía del País Vasco.

REUNIDOS:

De una parte, D. Andres Zearreta Otazua, Director General del Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias (AVPE), nombrado por Decreto 219/2020, de 6 de octubre, del Lehendakari.

De otra, D. Bingen Zupiria Gorostidi, Consejero de Cultura y Política Lingüística, nombrado por Decreto 29/2020, de 7 de septiembre, del Lehendakari, en calidad de Presidente del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE), conforme a lo previsto en la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y de regulación de los euskaltegis.

DECLARAN:

Primero.– Que la Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia, conforme a la Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi, es un Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, entre cuyas competencias se encuentra la de programar, organizar y desarrollar los cursos de capacitación lingüística para los funcionarios y funcionarias de la Ertzaintza, según el Decreto 30/1998, de 24 de febrero, en su nueva redacción dada por Decreto 76/2012, de 22 de mayo.

Segundo.– Que el Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia carece de los medios humanos y materiales suficientes para la ejecución de todos los Cursos de Capacitación en el primer perfil lingüístico de la Ertzaintza y en el segundo perfil lingüístico de la Ertzaintza, convocados por el órgano competente para ello, así como para la impartición al alumnado de los Cursos de Ingreso en la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía del País Vasco, siendo preciso encomendar tal actividad a una entidad que, disponiendo de tales recursos, la lleve a cabo en las mejores condiciones de especialidad.

Tercero.– Que el instituto HABE, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos, es un Organismo Autónomo de carácter administrativo, adscrito al Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

Cuarto.– Que el instituto HABE cuenta con una organización y medios precisos para atender las necesidades de la Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia, expresadas anteriormente.

Quinto.– Por todo lo anterior, las partes reunidas, en la condición en que intervienen, acuerdan formalizar el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.– La Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia y el Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos/Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea (HABE) acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 29 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco, que HABE lleve a cabo la gestión material de los Cursos de Capacitación Lingüística en el primer perfil lingüístico de la Ertzaintza y en el segundo perfil lingüístico de la Ertzaintza, así como la impartición de euskera al alumnado de los Cursos de Ingreso en la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía del País Vasco, que le sean encomendados por la Academia Vasca de Policía y Emergencias por razón de no disponer el primero de los medios humanos y materiales precisos para ello.

Segunda.– La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades por parte de HABE, con el alcance que en cada caso se señala:

a) La impartición de Cursos de Capacitación Lingüística en el primer y en el segundo perfil lingüístico de la Ertzaintza, en los centros de Arkaute, Erandio y/u Oiartzun, a los alumnos y alumnas que designe la Academia Vasca de Policía y Emergencias o la Dirección de Recursos Humanos del Departamento de Seguridad, así como al alumnado de los Cursos de Ingreso en la Categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía del País Vasco.

b) La evaluación del nivel de aprovechamiento y asistencia por parte de los alumnos y alumnas que participen en los diferentes cursos que se impartan.

c) Proporcionar a la Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia cuanta información demande en relación al programa y los alumnos y alumnas del mismo y, en especial, sobre los niveles de aprovechamiento y asistencia del alumnado.

Tercera.– Los gastos originados por la gestión material objeto de esta encomienda se imputarán al presupuesto de la Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia, previa facturación por parte de HABE, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 4 de agosto de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se fijan los precios públicos de los servicios que presta y las actividades que realiza el Organismo Autónomo HABE, y en lo referente a los gastos derivados de los desplazamientos del profesorado externo de los euskaltegis, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio. Asimismo, los gastos derivados de los materiales didácticos entregados a los alumnos y alumnas se abonarán conforme a las facturas presentadas.

Se establece un presupuesto máximo limitativo de la encomienda de gestión entre el Organismo Autónomo Polizia eta Larrialdikeako Euskal Akademia / Academia Vasca de Policía y Emergencias y Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erankundea / Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE) para el ejercicio 2023 de setecientos mil euros (700.000,00 euros), IVA incluido, con cargo a la partida 2023 2074501000 1.22240.23700 2019/001386.

Cuarta.– La presente encomienda de gestión tendrá vigencia desde el día de su firma hasta el día 31 de diciembre de 2023, y podrá ser prorrogada anualmente por mutuo acuerdo de ambas partes, hasta un máximo de cuatro años, prórrogas que estarán condicionadas a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para el ejercicio correspondiente.

Quinta.– La presente encomienda de gestión, que tiene la naturaleza prevista en el artículo 29 la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco, así como en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia.

Sexta.– Es responsabilidad del Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptima.– La Academia Vasca de Policía y Emergencias / Polizia eta Larrialdietako Euskal Akademia, cederá a HABE los datos personales de los alumnos y alumnas, que sean necesarios para la gestión de los cursos que se impartan, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 40 del Anexo I a la Orden de 2 de septiembre de 2003, del Consejero de Interior, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Departamento de Interior y del Organismo Autónomo «Academia de Policía del País Vasco» adscrito al mismo y modificaciones posteriores.

Octava.– La presente encomienda de gestión se extinguirá, además de por expiración de su plazo de vigencia, y sin perjuicio de la terminación de las actuaciones en curso, por las siguientes causas:

a) Por mutuo acuerdo de las partes.

b) Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización de las actuaciones encomendadas.

c) Por el incumplimiento de las condiciones previstas en el presente acuerdo previa denuncia de cualquiera de las partes debidamente notificada. La vigencia de la encomienda de gestión expirará a los tres meses de la notificación de la voluntad de extinción de la misma.

En prueba de conformidad con lo expuesto, ambas partes suscriben la encomienda de gestión.

En Arkaute, a 1 de diciembre de 2023.

El Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,

ANDRÉS ZEARRETA OTAZUA.

El Presidente de Helduen Alfabetatze eta Berreuskalduntzerako Erakundea,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.


Análisis documental