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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 12, martes 16 de enero de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
210

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2023, del Director de Actividad Física y Deporte, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Actividades Subacuáticas.

A la vista de la redacción de la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Actividades Subacuáticas inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 30 de julio de 1986 con el número 117.

Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Actividades Subacuáticas, celebrada el 15 de diciembre de 2023, aprobó la modificación de los artículos de los Estatutos de la Federación y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.

Se considera que la modificación de los Estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

RESUELVO:

Primero.– Aprobar en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación estatutaria de los artículos 3, 19.5 y 28.5 de los Estatutos de la Federación Vasca de Actividades Subacuáticas, quedando redactados de la siguiente manera:

Artículo 3.– La Federación Vasca de Actividades subacuáticas tiene su domicilio en la calle paseo de Anoeta n.º 7 de Donostia-San Sebastián, CP: 20014. Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Artículo 19.5.– Cuando las circunstancias así lo aconsejaran, la Asamblea podrá celebrarse de forma telemática, utilizando sistemas de videoconferencia o similares, garantizando el sistema de reconocimiento de asistentes y votación, incluso votación secreta para los asuntos que así se recojan en los presentes estatutos.

Artículo 28.5.– Siempre que lo acepten expresamente todos sus miembros, la Junta Directiva podrá adoptar sus acuerdos mediante correo electrónico, fax, videoconferencia y medios técnicos análogos. En estos supuestos el acta correspondiente se redactará acompañando los justificantes de los faxes, correos electrónicos y soportes correspondientes.

Segundo.– Notifíquese en el plazo legal establecido.

Tercero.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2023.

El Director de Actividad Física y Deporte,

GORKA ITURRIAGA MADARIAGA.


Análisis documental