N.º 241, miércoles 20 de diciembre de 2023
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DISPOSICIONES GENERALES
DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
5638
RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2023, del Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2024, presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 11 de diciembre de 2023, ha adoptado el Acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación para general conocimiento.
ACUERDO
En la Dirección de Servicios del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo han tenido entrada las solicitudes de revisión de tarifas presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2024.
Las tarifas correspondientes al transporte urbano de viajeros en auto-taxi están sujetas a la normativa de control de precios en la modalidad de «precios autorizados de ámbito autonómico», a tenor del artículo 16.4 del Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio sobre Medidas Urgentes de carácter fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica (BOE n.º 139, de 8 de junio).
La Comisión de Precios de Euskadi ejerce dicha competencia de acuerdo con el Decreto 35/2010, de 2 de febrero, regulador de la Comisión de Precios de Euskadi (BOPV n.º 31, de 16 de febrero), y de la Orden de 15 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento de revisión de precios autorizados y precios comunicados (BOPV n.º 128, de 6 de julio).
Las normas mencionadas están dirigidas a conseguir un cierto equilibrio económico, teniendo también su justificación en la necesidad de vigilar los mecanismos de formación de los precios respecto del coste de la vida.
Una vez analizado los expedientes de revisión de las tarifas presentadas para el año 2024, se consideran suficientes y ajustadas a los conceptos incluidos dentro de la estructura de costes de prestación del servicio.
En su virtud, la Comisión de Precios de Euskadi acuerda:
Primero.– Autorizar las tarifas del servicio urbano de auto-taxi para el año 2024, presentadas por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi que a continuación se indican, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido:
1.– Ayuntamientos de Aretxabaleta, Bergara y Eskoriatza de la comarca de Alto Deba:
(Véase el .PDF)
2.– Ayuntamientos de Deba, Eibar, Elgoibar, Mendaro, Mutriku y Soraluze-Placencia de las Armas, de la comarca de Bajo Deba:
(Véase el .PDF)
3.– Ayuntamientos de Hondarribia e Irun, de la comarca de Bidasoa:
(Véase el .PDF)
4.– Ayuntamientos de Beasain, Idiazabal, Segura y Zegama, de la comarca de Goierri:
(Véase el .PDF)
5.– Ayuntamientos de Legazpi y Zumarraga, de la comarca de Alto Urola:
(Véase el .PDF)
6.– Ayuntamientos de Azkoitia, Azpeitia y Beizama, de la comarca de Urola Medio:
(Véase el .PDF)
7.– Ayuntamientos de Villabona y Zizurkil, de la comarca de Tolosaldea:
(Véase el .PDF)
8.– Ayuntamiento de Barakaldo:
(Véase el .PDF)
9.– Ayuntamiento de Bilbao:
(Véase el .PDF)
10.– Ayuntamiento de San Sebastián:
(Véase el .PDF)
Segundo.– El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2024.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de diciembre de 2023.
El Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi,
JESÚS MARÍA GARCÍA DE COS.