N.º 232, martes 5 de diciembre de 2023
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
5436
RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2023, del Viceconsejero de Salud, por la que se conceden becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario.
Por Orden de 4 de julio de 2023 (BOPV n.º 167, de 1 de septiembre de 2023) de la Consejera de Salud, se convocaron becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario, por un importe de 180.000,00 euros.
En los artículos 6 y 7 de dicha Orden se establece que las solicitudes de becas y ayudas serán resueltas por el Viceconsejero de Salud, a propuesta de la Comisión de Valoración nombrada al efecto por la Consejera de Salud, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
Las becas y/o ayudas recogidas en la Orden de Convocatoria podrán no estar incluidas dentro del ámbito de exención previsto en el apartado 9 del artículo 9 de las Normas Forales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, referida a las becas (Álava. Norma Foral 33/2013. Bizkaia. Norma Foral 13/2013. Gipuzkoa. Norma Foral 3/2014).
Por todo lo expuesto, vistas las solicitudes presentadas a esta convocatoria y considerada la propuesta de la Comisión de Valoración,
RESUELVO:
Primero.– Conceder las becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario a las personas y en las cuantías que se determinan en el Anexo I
Segundo.– Denegar las solicitudes presentadas por las personas relacionadas en el Anexo II, por los motivos allí expresados.
Tercero.– Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de noviembre de 2023.
El Viceconsejero de Salud,
JOSÉ LUIS QUINTAS DIEZ.