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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 231, lunes 4 de diciembre de 2023


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
5403

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2023, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se procede a corregir errores contenidos en la Resolución de 29 de junio de 2023, por la que se convoca procedimiento selectivo para ascenso a la categoría de Agente Primero y Agente Primera de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local de Euskadi.

El artículo 18.2.a) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores de composición que se produzcan en la publicación, siempre que alteren o modifiquen su contenido o pueda suscitar dudas al respecto, se rectificarán de oficio por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, o a instancia del órgano o entidad interesada. Y en su letra b) que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de esa índole en el texto de la Resolución de 29 de junio de 2023, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para ascenso a la categoría de Agente Primero y Agente Primera de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local de Euskadi, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 144, de 31 de julio de 2023, se procede a su corrección:

En la página 2023/3696 (12/27), en la Base Décima, apartado 2:

Donde dice:

2.– El conocimiento de Euskera se valorará como mérito para aquellas plazas que no sea requisito, hasta un máximo de 25 puntos, otorgando a quienes lo tengan acreditado, o se les haya reconocido o equiparado de conformidad con lo establecido en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (BOPV n.º 219, de 15 noviembre de 2010), e igualmente en el Decreto 47/2012, de 3 de abril de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el siguiente baremo:

– Perfil lingüístico B1: 10 puntos.

– Perfil lingüístico B2: 20 puntos.

– Perfil lingüístico C1: 25 puntos.

Debe decir:

2.– El conocimiento de Euskera se valorará como mérito para aquellas plazas que no sea requisito, hasta un máximo de 25 puntos, otorgando a quienes lo tengan acreditado, o se les haya reconocido o equiparado de conformidad con lo establecido en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (BOPV n.º 219, de 15 noviembre de 2010), e igualmente en el Decreto 47/2012, de 3 de abril de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el siguiente baremo:

– Perfil lingüístico 1: 14 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 20 puntos.

– Perfil lingüístico 1: 30 puntos.

En la página 2023/3696 (19/27), en el Anexo I:

Donde dice:

Anexo I

Plazas ofertadas

(Véase el .PDF)

Debe decir:

Anexo I

Plazas ofertadas

(Véase el .PDF)

En Arkaute, a 16 de noviembre de 2023.

El Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias,

ANDRÉS ZEARRETA OTAZUA.


Análisis documental