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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 224, jueves 23 de noviembre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5267

RESOLUCIÓN 2121/2023, de 14 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por delegación del Consejo de Administración del citado Ente Público, por la que se adjudican las ayudas destinadas a Corporaciones Locales.

Por Acuerdo de 30 de mayo de 2023, del Consejo de Administración del ente público Osakidetza, fue aprobada la convocatoria y bases reguladoras para la concesión de ayudas a corporaciones locales del año 2023.

Presentadas las solicitudes y valoradas las mismas por la Comisión nombrada al efecto, se ha elevado propuesta de adjudicación de ayudas para su resolución por la Directora General de Osakidetza.

Así, en cumplimiento de la base 7 de la convocatoria y en virtud de la delegación recibida del Consejo de Administración de Osakidetza.

RESUELVO:

Primero.– Conceder a las Corporaciones Locales que a continuación se mencionan las correspondientes ayudas, en la cuantía y por los conceptos que se detallan para cada una de ellas, quedando sometida la concesión y abono correspondiente al cumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria y por la Comisión de ayudas.

(Véase el .PDF)

Las concesiones que anteceden están sometidas a la condición de aceptación de las mismas por la corporación local de que se trate, así como al resto de requisitos señalados en la convocatoria.

El pago de la ayuda, se realizará por Osakidetza, mediante la oportuna transferencia y previa justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió, mediante documento del beneficiario según el caso; de honorarios profesionales por la redacción del proyecto, de certificaciones de obra, valoradas y firmadas por el Arquitecto-Director, o de las facturas justificativas de la adquisición del mobiliario, cuyo presupuesto ha sido aceptado con anterioridad, así como del Acuerdo Plenario, Acuerdo de la Comisión de Gobierno o Decreto de la Alcaldía, aprobando el pago.

El plazo máximo de presentación de la documentación para realizar el pago será el 31 de diciembre de 2024 y las obras habrán de llevarse a cabo por los procedimientos legalmente establecidos.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV.

Tercero.– Remitir a las Corporaciones Locales adjudicatarias el correspondiente documento de aceptación, que deberán devolver debidamente cumplimentado en el plazo de 15 días naturales a contar desde su notificación.

Contra la presente Resolución, que es definitiva, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Administración de Osakidetza, en el plazo de un mes, contando a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción de Ley 4/1999. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de acceso directo a la vía contenciosa mediante el pertinente recurso contencioso-administrativo.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de noviembre de 2023.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.


Análisis documental