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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, martes 14 de noviembre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
5120

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2023, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de superestructura de vía del tramo Lugaritz-Easo y obra de conexión de Morlans».

Mediante Resolución de fecha 13 de marzo de 2023 se aprobó el «Proyecto de superestructura de vía del tramo Lugaritz-Easo y obra de conexión de Morlans».

La pasante del Topo Lugaritz-Easo consiste en una variante ferroviaria subterránea de 4,5 km que comienza a unos 90 m de la salida de la estación de Lugaritz con una obra de entronque con el actual túnel Lugaritz-Amara, y tras recorrer el centro de San Sebastián enlaza de nuevo con la vía actual en el soterramiento de Morlans. El tramo discurre en su mayor parte con un túnel de vía doble, ejecutándose a cielo abierto solo su tramo final, en la que un falso túnel conecta la nueva variante con la vía existente en Morlans.

La actuación tiene tres nuevas estaciones subterráneas: Bentaberri, La Concha y Easo.

Las obras se han dividido en 2 tramos: Lugaritz-Miraconcha y Miraconcha-Easo. Ambas obras actualmente en ejecución no comprenden la superestructura de vía, ni la obra de conexión de falso túnel situado entre el PK 1+943 del tramo Miraconcha-Easo y el final del trazado en su conexión con el soterramiento de Morlans, ni la ventilación de emergencia correspondiente al testero lado Anoeta de la caverna de Easo, motivo por el cual en mayo de 2021 fue convocado el concurso de Asistencia Técnica para la Redacción del Proyecto de superestructura de vía del tramo Lugaritz-Easo y obra de conexión de Morlans.que fue adjudicado a la empresa TYPSA.

Por otro lado, se está definiendo la variante de Mercancías que conecta en Morlans con la vía general. El tramo final de esta obra deberá ejecutarse a la vez que la conexión en Morlans de la pasante del topo por lo que su definición está incluida en el alcance del presente Proyecto, en el tramo en que ambas obras coinciden.

El objeto del proyecto constructivo es aportar la documentación necesaria para definir las obras de construcción de la superestructura de vía del tramo Lugaritz-Easo del Metro Donostialdea, así como la de la obra de conexión entre el final del túnel en el PK 1+943 y la vía actual en Morlans.

A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones.

Este órgano es competente para la tramitación de los expedientes de expropiación necesarios para la ejecución de las actuaciones en materia de infraestructura del transporte, según lo dispuesto en el artículo 16.2.c) del Decreto 11/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario modificada por la Ley 26/2022, de 19 de diciembre, la aprobación de proyectos de líneas ferroviarias, tramos de las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las preexistentes que requiera la utilización de nuevos terrenos, supondrá, a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos, la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma.

No obstante, aunque se entienda que la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados se encuentra implícita en la aprobación del proyecto, los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, establecen la obligación de formular la relación descriptiva de dichos bienes y derechos y someterla al trámite de información pública, a fin de que puedan formularse alegaciones y aportar datos en orden a la rectificación de los posibles errores de la misma y a la correcta determinación de los interesados.

Por lo cual, vistas las disposiciones citadas y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de superestructura de vía del tramo Lugaritz-Easo y obra de conexión de Morlans» al objeto de que, durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución, puedan presentarse alegaciones a los efectos de subsanar los posibles errores de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.2 y concordantes de la Ley 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, dirigiéndose para ello a la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes (calle Donostia-San Sebastián, 1 – Lakua 1, 01010 Vitoria-Gasteiz).

Durante el referido plazo, la relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de octubre de 2023.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental