Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 206, viernes 27 de octubre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4911

ORDEN de 10 de octubre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Juan Morera Vilella, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

El 20 de abril de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Juan Morera Vilella, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, acordada por el patronato de la fundación el 19 de febrero de 2023, y elevada a escritura pública que se otorgó en San Sebastián el 18 de abril de 2023 ante el Notario D. Martín Gabarain Astorqui (número de protocolo: 528). Asimismo también se traslada el domicilio de la fundación y se incorporan nuevas formulas de reunión del patronato. Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Mediante la referida documentación se modifican los estatutos de la fundación en lo referente a:

– Se adaptan los estatutos a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, adecuando la terminología.

– Se traslada el domicilio de la Fundación dentro del mismo municipio de Donostia / San Sabastián de su ubicación anterior en Paseo de la Fe n.º 23 a la Calle Francisco Grandmontagne n.º 1, planta 1.ª, Edificio Zurriola, dicha modificación está recogida en el artículo 4 del nuevo texto refundido.

– Se incorporan nuevas fórmulas para adoptar acuerdos, así como posibilitar la celebración de reuniones del patronato a través de videoconferencia, multiconferencia telefónica o sistemas análogos.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Juan Morera Vilella, para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y traslado de domicilio con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada ante el Notario D. Martín Gabarain Astorqui el 18 de abril de 2023 (número de protocolo: 528).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de octubre de 2023.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental